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Se viene la «fogata de la bronca y olla popular» de los enfermeros porteños contra Larreta

La protesta contra los «salarios de miseria» convocada por la Asociación de Licenciados en Enfermería se concretará el martes, a partir de las 13, en la sede de la jefatura de Gobierno, ubicada en Uspallata 3160, en el barrio porteño de Parque Patricios.

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El-Argentino-Enfermeros porteños reclaman mejores salarios y reconocimiento.

Los trabajadores y las trabajadoras de la salud, nucleados en la Asociación de Licenciados en Enfermería (ALE), anunciaron para el martes una movilización a la sede del Gobierno de la Ciudad con la realización de una «fogata de la bronca y olla popular» contra «los salarios y aguinaldos de miseria», informaron voceros gremiales.

La protesta de ALE se concretará el martes a partir de las 13, en la sede de la jefatura de Gobierno, ubicada en Uspallata 3160, en el barrio porteño de Parque Patricios.

«Esta semana recibimos la liquidación de nuestros aguinaldos y son realmente un cachetazo como regalo de navidad de Larreta».

“Hemos recibimos un cachetazo como ´regalo de navidad´ de (Horacio Rodríguez) Larreta: aguinaldos de miseria para la primera línea de pelea contra el coronavirus”, informaron voceros de prensa de ALE.

En ese sentido, Andrea Ramírez, enfermera del Hospital Ramos Mejía y referente de ALE dijo: “Esta semana recibimos la liquidación de nuestros aguinaldos y son realmente un cachetazo como regalo de navidad de Larreta».

«Tenemos salarios por debajo de la canasta de pobreza, y ahora porque nuestros sueldos tienen items en negro, además, nos liquidan un aguinaldo con 30 o 40 % de recorte: es escandaloso”, completó.

Por su parte, Carolina Cáceres, enfermera del Hospital Tornú y secretaria de prensa de la Federación de Profesionales de la Salud de CABA, completó: “Convocamos a asamblea de emergencia y constatamos que la indignación es muy grande en todos los hospitales porteños», agregó.

«Por eso, -añadió- resolvimos convocar a esta acción de lucha para mañana a las 13 con una fogata de la bronca, donde vamos a mostrar los miserables recibos de sueldo que recibimos, con una olla popular y brindis con agua, para mostrar cómo termina el año la primera línea que expone su vida frente a la pandemia”.

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La Cámara de Casación Penal porteña resolvió sobre la portación de un arma de fuego de uso civil

La Sala III del tribunal se pronunció en la causa «B., L. A.» sobre el requerimiento de juicio y los agravantes de pena previstos para la portación de armas de fuego de uso civil.

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El Argentino Diario-Arma de fuego-Pistola-Revolver.
El fallo de la Sala III repasa los agravantes que definen la pena por portación de armas en la Ciudad.

La Sala III de la Cámara de Casación Penal de la Ciudad de Buenos Aires resolvió la causa «B., L. A.», vinculada a la portación de un arma de fuego de uso civil. El fallo, del 19 de agosto de 2026 y registrado bajo el número de causa 4403/2025-1, según consta en el repositorio de jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad (JURISTECA), abordó el requerimiento de juicio formulado en el expediente y los agravantes de pena previstos para este tipo de delito.

Qué se discutió en el expediente

El tribunal analizó el requerimiento de juicio formulado por la fiscalía contra el imputado, identificado en el expediente como L. A. B., por la tenencia y portación de un arma de fuego de uso civil. La resolución se centró en las circunstancias agravantes que la normativa penal prevé para este delito, un aspecto que suele definir tanto la calificación legal del hecho como la magnitud de la eventual pena.

El delito de portación de armas y sus agravantes

La portación de arma de fuego de uso civil está tipificada en el artículo 189 bis del Código Penal, que prevé un esquema de agravantes según antecedentes penales del portador, la falta de habilitación para portar armas o el contexto en el que se produce la tenencia. Estas circunstancias son las que habitualmente definen si un caso se resuelve como contravención, delito de tenencia simple o portación agravada.

Un fallo que ordena el criterio de la Casación porteña

Las resoluciones de la Cámara de Casación Penal de la Ciudad sobre requerimientos de juicio en causas de portación de armas son relevantes porque fijan el criterio que luego aplican los juzgados de primera instancia al momento de calificar hechos similares, en un fuero que concentra buena parte de los casos de tenencia y portación de armas cometidos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala III de Casación Penal de la Ciudad resolvió la causa «B., L. A.» (4403/2025-1), fallada el 19 de agosto de 2026.
  • El caso trata sobre la portación de un arma de fuego de uso civil y el requerimiento de juicio formulado por la fiscalía.
  • El tribunal analizó los agravantes de pena previstos por el artículo 189 bis del Código Penal.
  • El fallo aporta un criterio de referencia para causas similares en la Justicia porteña.
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