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Educación

El Gobierno publicó el calendario escolar 2026

Las fechas provincia por provincia.

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El Ministerio de Capital Humano dio a conocer el calendario escolar 2026 para todo el país. Allí se fijan las fechas de inicio de clases, receso invernal y cierre del ciclo lectivo en cada provincia y en la Ciudad de Buenos Aires.

Ministerio de Capital Humano

Si bien la mayoría arranca en marzo, hay jurisdicciones que adelantan el comienzo a la segunda quincena de febrero. También hay diferencias en el período de vacaciones de invierno.

🏫 Provincia de Buenos Aires

Inicio: 2 de marzo Receso invernal: 20 al 31 de julio Cierre: 22 de diciembre

🏙️ Ciudad de Buenos Aires

Inicio: 25 de febrero Receso invernal: 20 al 31 de julio Cierre: 18 de diciembre

📍 Catamarca

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Chaco

Inicio: 2 de marzo – Receso: 20 al 31 de julio – Cierre: 18/12

📍 Chubut

Inicio: 23 de febrero – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Córdoba

Inicio: 2 de marzo – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 18/12

📍 Corrientes

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Entre Ríos

Inicio: 2 de marzo – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 18/12

📍 Formosa

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 17/12

📍 Jujuy

Inicio: 23 de febrero – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 La Pampa

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 23/12

📍 La Rioja

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Mendoza

Inicio: 25 de febrero – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 22/12

📍 Misiones

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Neuquén

Inicio: 25 de febrero – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Río Negro

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Salta

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 San Juan

Inicio: 2 de marzo – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 18/12

📍 San Luis

Inicio: 23 de febrero – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 18/12

📍 Santa Cruz

Inicio: 25 de febrero – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Santa Fe

Inicio: 2 de marzo – Receso: 6 al 17 de julio – Cierre: 18/12

📍 Santiago del Estero

Inicio: 18 de febrero – Receso: 20 al 31 de julio – Cierre: 18/12

📍 Tierra del Fuego

Inicio: 24 de febrero – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

📍 Tucumán

Inicio: 2 de marzo – Receso: 13 al 24 de julio – Cierre: 18/12

El objetivo oficial es garantizar al menos 190 días de clase, aunque cada jurisdicción deberá asegurar el cumplimiento efectivo.

Educación

Con cautelar firme y multas en puerta, el Gobierno apeló otra vez antes de pagar los salarios docentes

El juez federal Martín Cormick intimó al Ejecutivo a cumplir de manera total con la cautelar firme que ordena aplicar los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, con recomposición salarial docente y actualización de becas. El Gobierno apeló, pero ya acumula derrota judicial sobre derrota judicial desde diciembre de 2025.

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El Argentino Diario-UBA-Aumento Salarial-Docentes universitarios.
El juez Cormick intimó al Gobierno a cumplir en cinco días con la cautelar sobre la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de multas diarias.

El Decreto 759/2025, la herramienta con la que el gobierno de Javier Milei intentó bloquear la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, suma un nuevo rechazo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, intimó al Estado Nacional a cumplir en cinco días con la medida cautelar que declaró inaplicable la suspensión de la ley, advirtiendo que, de no hacerlo, se activarán multas diarias por cada jornada de demora. El Ejecutivo volvió a apelar.

La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 y, tras el veto presidencial, el Parlamento insistió con mayorías de dos tercios, conforme al artículo 83 de la Constitución Nacional. Pese a esa insistencia legislativa, el Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025, mediante el cual condicionó la aplicación de la norma a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas al presupuesto. El CIN (Consejo Interuniversitario Nacional), la Universidad de Buenos Aires y sindicatos docentes presentaron amparos y la causa tramita en el expediente 39.475/2025.

Un mecanismo que choca con la Constitución

En diciembre de 2025, Cormick hizo lugar a la medida cautelar y declaró inaplicable el decreto presidencial en cuanto suspendía la ejecución de la ley. En su fallo, señaló que la insistencia legislativa del Congreso no admitiría otra solución que la efectiva aplicación de la norma sancionada, y calificó la maniobra oficial como contraria al principio de división de poderes. El magistrado precisó, además, que el Ejecutivo había fundado la suspensión en el artículo 5° de la ley 24.629, una norma de jerarquía inferior al mandato constitucional expreso del artículo 83.

El Estado apeló esa resolución, pero en marzo de 2026 la Sala III de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Sergio Fernández y Eduardo Morán, confirmó la cautelar de primera instancia. La Cámara introdujo un argumento de peso: una ley posterior del Congreso puede válidamente desplazar a una norma anterior, incluso en materia presupuestaria, por lo que no era admisible que el Ejecutivo paralizara su aplicación invocando la ley 24.629. Los argumentos de la administración Milei, según el propio fallo, no merecieron consideración alguna por su falta de seriedad.

Recusaciones rechazadas y una cautelar que no se cumple

El gobierno ensayó una última estrategia procesal: intentó apartar al propio Cormick de la causa, recusándolo por su condición de docente en las universidades nacionales de Avellaneda y José C. Paz. También impugnó al juez de Cámara Sergio Fernández por su actividad en la Universidad de Lomas de Zamora. La Corte Suprema, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, rechazó todas las recusaciones en junio de 2026, señalando que la sola condición de profesor universitario no alcanza para apartar a un magistrado de un expediente.

Con las recusaciones descartadas y la cautelar firme, el expediente siguió su curso. En septiembre de 2026, Cormick revisó una presentación del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación y concluyó que no existía cumplimiento total de la medida. Intimó al Estado a acatar la cautelar en cinco días y anticipó que aplicaría multas diarias por cada jornada adicional de demora. El Ejecutivo volvió a apelar ante la Cámara y analiza si pedirá efecto suspensivo al recurso.

Lo que está en juego: salarios y becas bajo presión

La Ley 27.795 exige actualizar los presupuestos universitarios por inflación y recomponer los salarios de docentes y no docentes según el Índice de Precios al Consumidor, además de actualizar las becas estudiantiles. Los artículos 5° y 6° de la norma, los que ordena aplicar la cautelar, son precisamente los que regulan esa recomposición. La Oficina de Presupuesto del Congreso estableció que el costo total de la ley representa el 0,23% del PBI, un dato que el propio Cormick puso sobre la mesa para cuestionar la proporcionalidad del argumento fiscal esgrimido por la Casa Rosada.

El deterioro salarial del sector docente universitario es parte del diagnóstico que el propio decreto 759/2025 reconoció en sus considerandos, lo que fue utilizado por la Justicia como evidencia del peligro en la demora. Mientras la causa continúa hacia su resolución de fondo sobre la constitucionalidad del decreto, el Estado lleva más de diez meses resistiendo el cumplimiento de una ley que el Congreso sancionó dos veces.

Lo que tenés que saber:

  • El juez Martín Cormick intimó al gobierno a cumplir en cinco días con la cautelar sobre la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de multas diarias.
  • La cautelar, que declara inaplicable el Decreto 759/2025 en cuanto suspende la ley, fue confirmada por la Cámara en marzo de 2026 y es firme.
  • La Corte Suprema rechazó en junio de 2026 los intentos del Ejecutivo de recusar al juez Cormick y a magistrados de Cámara por su condición de docentes universitarios.
  • La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 e insistida con dos tercios tras el veto de Milei; su costo equivale al 0,23% del PBI según la Oficina de Presupuesto del Congreso.
  • El Gobierno apeló la nueva resolución de Cormick ante la Cámara y analiza solicitar efecto suspensivo.
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