Córdoba
Río Cuarto: gana el candidato apoyado por Llaryora
El peronista De Rivas se impone por amplio margen en las elecciones locales
Guillermo De Rivas, candidato del peronismo respaldado por el gobernador Martín Llaryora, se perfila como el virtual ganador de las elecciones para intendente y concejal en la ciudad de Río Cuarto, Córdoba.
Resultados y competencia
De Rivas obtuvo el 37,10% de los votos tras el escrutinio del 54% del padrón electoral, consolidándose como el favorito en esta contienda. Le siguen Gonzalo Parodi, de Primero Río Cuarto, con el 23,12%, y Adriana Nazario, de La Fuerza del Imperio del Sur, con el 21,35%. Mario Lamberghini, del Partido Libertario, alcanzó el 5% de los sufragios. En total, diez candidatos compitieron por suceder a Juan Manuel Llamosas, actual intendente y miembro de Hacemos por Córdoba, quien respaldó la candidatura de De Rivas.
Sin novedades
La jornada electoral transcurrió sin incidentes según confirmó la Junta Electoral Municipal, destacando la normalidad y ausencia de conflictos que pudieran perturbar el proceso democrático.
Participación y perspectivas
Del total de 138.880 personas habilitadas para votar, el 50% ejerció su derecho al voto, reflejando una participación moderada pero significativa en el contexto local. La vicegobernadora de Córdoba, Myrian Prunotto, celebró el resultado, destacando que este «refleja la confianza y el respaldo de los riocuartenses a un proyecto de ciudad que continúa avanzando».
- Guillermo De Rivas lidera con el 37,10% de los votos.
- Participación del 50% del padrón electoral.
- Tranquilidad y normalidad en el desarrollo de la jornada.
- Apoyo significativo de Martín Llaryora a la candidatura de De Rivas.
- Resultado refleja el respaldo a la gestión actual en Río Cuarto.
Córdoba
Fuego en el aula: condenan a un colegio por las quemaduras de una alumna
Un juez de Córdoba ordenó indemnizar a una estudiante de 17 años que pasó 70 días en terapia intensiva y quedó con una incapacidad permanente. El laboratorio no tenía las medidas básicas de seguridad.
Una alumna de 17 años pasó 70 días en terapia intensiva, atravesó decenas de cirugías y quedó con una incapacidad psicofísica permanente y definitiva por las quemaduras que sufrió durante un experimento en la clase de química. Ahora, la Justicia cordobesa condenó al colegio privado al que asistía a indemnizarla y dejó en claro que la seguridad de los estudiantes es responsabilidad de la escuela.
El fallo es del juez Gustavo Massano, titular del Juzgado en lo Civil y Comercial de 51ª Nominación de la ciudad de Córdoba, y fue difundido por el portal oficial Justicia de Córdoba. La resolución alcanza a la institución educativa de gestión privada y a su compañía de seguros, citada en garantía. El portal oficial no difundió el monto de la indemnización ni el nombre del establecimiento. El hecho ocurrió el 6 de septiembre de 2022, durante una clase de química del último año del secundario.
La «serpiente del faraón» que terminó en tragedia
El accidente ocurrió durante una práctica conocida como «la serpiente del faraón», un experimento que implica manipular elementos inflamables para generar una estructura carbonosa negra que crece con forma de serpiente. Mientras dos adolescentes realizaban la actividad, una compañera de curso agregó alcohol a la mezcla y se produjo una deflagración con una expansión de fuego que alcanzó de lleno a la estudiante.
Las quemaduras fueron de extrema gravedad. La joven estuvo internada 70 días en terapia intensiva y tuvo que someterse a decenas de intervenciones quirúrgicas, entre ellas limpiezas, ablaciones y autoinjertos de piel, además de un largo proceso de rehabilitación.
Una docente sola para varios grupos con fuego
El colegio intentó despegarse: argumentó que el daño se debió directamente a la conducta impropia de otra alumna. La aseguradora fue más allá y sostuvo que esa inconducta constituía un caso fortuito, imprevisible o inevitable. El juez rechazó ambas defensas.
Massano precisó que los alumnos no son «terceros extraños» respecto del colegio, sino que están amparados por el deber de custodia e indemnidad del establecimiento, por lo que lo que haga un estudiante no puede eximir a la escuela de su responsabilidad. Para el magistrado, manipular fuego y alcohol es una actividad riesgosa y la conducta irreflexiva de un adolescente forma parte de las contingencias previsibles que la autoridad escolar debe contemplar.
La prueba fue contundente. La pericia técnica en higiene y seguridad y el resto de los elementos de la causa demostraron que el laboratorio no contaba con los elementos básicos de protección personal ni con las medidas de seguridad necesarias. Además, el colegio no aplicó su propio manual de seguridad del laboratorio.
El fallo también apuntó a la falta de supervisión: una sola docente estaba a cargo de controlar al mismo tiempo a varios grupos que hacían la prueba con fuego en paralelo, sin un orden secuencial estricto, sin ayudantes de laboratorio y sin haber revisado antes los recipientes de alcohol que llevaron los propios alumnos.
La educación privada, leída como relación de consumo
Para resolver el caso, el juez consideró la relación entre el establecimiento y los alumnos, o sus padres cuando son menores de edad, como un «verdadero contrato de consumo», y lo encuadró en el régimen de responsabilidad objetiva del artículo 1767 del Código Civil y Comercial de la Nación, que regula la responsabilidad de los establecimientos educativos por los daños que sufren o causan sus alumnos menores de edad mientras están bajo su control.
En esa lógica, el colegio asume el rol de proveedor, como empresa que organiza y ofrece su actividad de enseñanza, y la alumna el de consumidora, como usuaria y destinataria final del servicio. El encuadre tiene una consecuencia directa: la escuela responde por los daños sin que la víctima tenga que probar su culpa, y solo podría liberarse demostrando un caso fortuito, algo que el juez descartó.
El caso deja una advertencia que excede a ese colegio: cuando una escuela cobra por enseñar y organiza actividades riesgosas, no puede trasladar a los chicos ni al azar el costo de no invertir en seguridad ni en personal.
Lo que tenés que saber:
- Un juzgado civil y comercial de Córdoba condenó a un colegio privado a indemnizar a una alumna que se quemó en una clase de química.
- La estudiante, de 17 años, estuvo 70 días en terapia intensiva, pasó por decenas de cirugías y quedó con una incapacidad permanente.
- El accidente ocurrió cuando una compañera agregó alcohol al experimento conocido como «la serpiente del faraón».
- El juez Gustavo Massano rechazó que la culpa fuera de la otra alumna o un caso fortuito y aplicó el artículo 1767 del Código Civil y Comercial.
- La pericia mostró que el laboratorio no tenía elementos básicos de seguridad y que una sola docente supervisaba a varios grupos a la vez.
-
Boxeo15 horasEl Roña Castro murió tras descompensarse en el Bingo de Morón: investigan las causas
-
Fútbol & Goles!17 horasMucha posesión, poco arco: por qué Boca no pudo con Vasco ni con un hombre de más
-
CABA22 horasMano dura como bandera: Jorge Macri suma 600 policías y se burla de sus críticos
-
Papa León XIV19 horasEl Gobierno sostiene el operativo por León XIV pese al diagnóstico del Papa
-
Papa León XIV20 horasLeón XIV despertó lúcido tras la cirugía y el Gobierno se aferra a la visita
-
Servicios5 díasEl Sarmiento vuelve recién el martes, el servicio estará suspendido tres días por obras
-
Alimentación1 díaLas canastas subieron 40% interanual y el salario mínimo no alcanza: los datos del INDEC que Milei no muestra
-
Gestión1 díaMasaragian, tercer titular de Discapacidad en tres semanas: un área a la deriva
