Política 📢
La Coalición Cívica rechazó “escraches y aprietes” a diputados en redes sociales
Es en rechazo a las listas publicadas por el Gobierno con los diputados que votaron “en favor y en contra del pueblo” en el marco de la sesión especial para debatir en particular la ley ómnibus.
El presidente de la Coalición Cívica-ARI, Maximiliano Ferraro, aseguró hoy que el Gobierno nacional busca «crear un nuevo enemigo interno a través de un relato para concentrar poder» y lamentó que traten «de traidores a quienes resguardan la independencia de poderes», en rechazo a las listas publicadas por el Gobierno con los diputados que votaron «en favor y en contra del pueblo» en el marco de la sesión especial para debatir en particular la ley «Bases».
«Con los ‘escraches’ y ‘aprietes’ a través de las redes sociales, ponen a la luz el verdadero objetivo, crear un nuevo relato. No buscan consensos, buscan instalar un nuevo relato. Para algunos el enemigo eran los medios, hoy es ‘la casta’. La búsqueda de un enemigo interno es la más antigua de las prácticas para concentrar poder. Argentina no necesita esto, no necesita violencia institucional, necesita generar consensos para que las voces de todos los argentinos estén representadas», dijo el diputado del bloque Hacemos Coalición Federal en su cuenta personal de X.
En esta misma línea, Ferraro aseguró que «tratan a la ligera de traidores a quienes resguardan la independencia de poderes» y sostuvo que deberían primero «conocer la Constitución Nacional del país que gobiernan».
«Así, sabrían qué actos son considerados traición, entre ellos, otorgar facultades extraordinarias a gobiernos o personas», señaló.
Finalmente, el dirigente de la Coalición Cívica citó el artículo 29 de la Constitución Nacional, el cual indica que «Congreso no puede conceder al Ejecutivo nacional, ni las Legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna».
«Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria», indica el artículo.
El presidente Javier Milei publicó esta madrugada en sus redes sociales una lista de diputados «leales y traidores» según su voto en la sesión especial de ayer en la Cámara de Diputados para tratar en particular la ley «Bases» y expresó que los que votaron en contra «usaron el discurso del cambio para poder rapiñar una banca».
«Aquí la lista de los leales y los traidores que usaron el discurso del cambio para poder rapiñar una banca… Pasen y vean a los enemigos de una mejor Argentina», publicó el Presidente en su cuenta de la red X desde Israel, donde cumple desde ayer una visita oficial.
De esta manera, Milei reposteó una publicación de la cuenta de la oficina del Presidente en la que se «agradece el compromiso legislativo del bloque Frente PRO, encabezado por Cristian Ritondo, del diputado Miguel Ángel Pichetto, y del sector de la UCR que acompañó el proyecto, así como a todos los diputados que este martes votaron a favor en particular de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.
«También destaca la traición a sus votantes por parte de todos los bloques que le dieron la espalda a sus promesas de campaña por una Argentina distinta. El pueblo jamás olvidará los nombres de aquellos que, pudiendo facilitar las reformas que fueron elegidas por el 56% de los argentinos, decidieron seguir haciéndole el juego a la casta», indica la publicación.
Luego, lista los nombres de los diputados que «votaron en favor del pueblo» y a continuación de los que «votaron en contra del pueblo».
Entre los que votaron «en contra del pueblo», la oficina del Presidente menciona a 25 diputados de Hacemos Coalición Federal; entre ellos Nicolás Massot, Maximiliano Ferraro, Natalia de la Sota, Margarita Stolbizer y Florencio Randazzo.
Gremiales
La Cámara del Trabajo le devolvió al Gobierno la reforma laboral que la CGT había logrado frenar
La Cámara Nacional del Trabajo revocó la medida cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) tras la apelación del Gobierno. El fallo de primera instancia del juez Raúl Ojeda, que había paralizado el núcleo de la reforma a pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT), quedó sin efecto en este punto; sin embargo, la discusión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma continúa abierta en los tribunales.
La Cámara revocó la cautelar y reactiva los 82 artículos de la reforma laboral
★ La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar a la apelación presentada por el Gobierno nacional y revocó la cautelar que mantenía en suspenso 82 artículos de la Ley N° 27.802, la denominada reforma laboral sancionada por el Congreso el pasado 28 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026. Con la revocación, los artículos vuelven a estar en vigencia plena mientras continúa la tramitación del juicio de fondo sobre su constitucionalidad.
La medida cautelar original había sido dictada el 30 de marzo por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, el juez Raúl Horacio Ojeda, quien hizo lugar al planteo de la CGT y suspendió provisoriamente las disposiciones más sensibles de la norma: cambios en el cálculo indemnizatorio, la derogación de la ley de teletrabajo, la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), las modificaciones al derecho de huelga, el banco de horas, las limitaciones a la negociación colectiva y el esquema de responsabilidad solidaria en tercerización, entre otros.
Una batalla judicial que el Gobierno peleó por varias vías
El fallo de la Cámara no llegó de manera lineal. El Gobierno recurrió a múltiples estrategias paralelas para levantar la suspensión. Luego de que el propio juez Ojeda concediera el recurso de apelación con efecto devolutivo (lo que mantenía la cautelar vigente mientras tramitaba la apelación), la Procuración del Tesoro de la Nación presentó además un recurso extraordinario de per saltum ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 16 de abril, buscando saltear instancias y obtener una resolución urgente del máximo tribunal. El Ejecutivo argumentó incompetencia del juez laboral, ausencia de caso judicial concreto y gravedad institucional al haberse suspendido una ley emanada del Congreso.
En simultáneo, la jueza federal Macarena Marra González, del fuero Contencioso Administrativo Federal, intervino para reclamar que el expediente principal fuera resuelto por esa cámara y no por el fuero laboral, lo que abrió un conflicto de competencias que también complejizó el trámite. Finalmente, fue la Cámara del Trabajo la que se pronunció primero y revocó la medida cautelar.
Qué artículos recuperan vigencia
Con la revocación, recobran aplicación inmediata los artículos suspendidos más cuestionados por el sindicalismo. Entre ellos: el nuevo esquema de cálculo de indemnizaciones que excluye conceptos como el aguinaldo de la base liquidatoria; el FAL, el fondo de capitalización que reemplaza parcialmente el esquema tradicional de indemnización por despido; las modificaciones al régimen de negociación colectiva que habilitan la primacía de los convenios de empresa por sobre los de actividad, uno de los puntos más resistidos por los gremios; las nuevas reglas sobre teletrabajo, banco de horas y fraccionamiento de vacaciones; las disposiciones que limitan la huelga en servicios esenciales; y los cambios que reducen la responsabilidad solidaria de las empresas en casos de tercerización.
El fallo no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo: la inconstitucionalidad de la norma que la CGT reclama en el expediente principal seguirá su trámite ante la Justicia. Tampoco cancela los efectos de las cautelares dictadas en otros casos, como la que protege el empleo de unos 1.500 agentes judiciales del Juzgado N° 30, ni los fallos que declararon inconstitucional el artículo 55 en Córdoba y La Plata.
Una saga que comenzó antes de la sanción
Como informó este medio desde noviembre de 2025, el conflicto en torno a la reforma laboral no comenzó con la sanción de la ley. La CGT advirtió desde el primer momento que la iniciativa reproducía los contenidos del capítulo laboral del DNU 70/2023, que ya había sido suspendido por la propia Cámara del Trabajo en enero de 2024 y luego declarado inconstitucional por la Sala de feria del mismo tribunal. La central obrera realizó un paro nacional de 24 horas el mismo día del debate en Diputados y presentó amparos ante dos fueros distintos el mismo día en que la ley se publicó en el Boletín Oficial.
La judicialización avanzó con celeridad. En apenas tres semanas desde la promulgación, el juez cordobés Ricardo Gileta declaró inconstitucional el artículo 55, el Tribunal del Trabajo N° 3 de La Plata replicó ese criterio, y el juez Herman Mendel suspendió el traspaso del Fuero Laboral a la Ciudad de Buenos Aires. El 30 de marzo llegó la cautelar más amplia, la del juez Ojeda, que paralizó el grueso de la norma. Ahora, la Cámara revierte esa decisión, aunque la guerra judicial continúa.
El fondo sigue irresuelto y el camino puede llegar a la Corte
La revocación de la cautelar representa un triunfo político importante para el Gobierno de Javier Milei, que necesitaba mostrar resultados concretos de su agenda de desregulación laboral. Pero la pelea dista de estar terminada. Si la Cámara hubiera confirmado la cautelar, el expediente habría escalado directamente a la Corte Suprema. Con la revocación, el escenario es inverso: ahora la CGT y los gremios impugnantes son quienes tienen incentivos para acelerar la tramitación del juicio de fondo o recurrir al máximo tribunal.
Según especialistas en derecho laboral, el recorrido judicial podría extenderse por meses o incluso más de un año. En ese plazo, trabajadores con juicios individuales en curso podrán igualmente plantear la inconstitucionalidad de artículos específicos en cada causa, lo que mantiene la disputa viva juzgado por juzgado. Empleados del Comercio y otros gremios habían presentado también sus propias cautelares con alcances distintos, lo que fragmenta el mapa judicial y dificulta cualquier lectura definitiva.
Puntos clave:
- La Cámara Nacional del Trabajo revocó la cautelar que suspendía 82 artículos de la Ley N° 27.802, a pedido del Gobierno.
- Los artículos más sensibles de la reforma laboral, que estaban suspendidos desde el 30 de marzo por el juez Raúl Ojeda, recuperan vigencia plena.
- El juicio de fondo sobre la inconstitucionalidad de la ley, promovido por la CGT, continúa abierto.
- El Gobierno había apelado por dos vías paralelas: ante la Cámara del Trabajo y mediante un per saltum ante la Corte Suprema presentado el 16 de abril.
- La disputa judicial puede extenderse por meses; los trabajadores con causas individuales conservan el derecho a impugnar artículos específicos en cada juzgado.
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