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Histórico fallo: Google sería ilegal según EEUU

Fue en el marco de una serie de demandas contra las grandes empresas tecnológicas.

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En un fallo sin precedentes y tras cuatro años de juicio, un tribunal federal de Estados Unidos dictaminó que Google es un “monopolio ilegal” que abusó de su poder de mercado para acabar con la competencia.

Se trata de un triunfo histórico del Departamento de Justicia contra los reguladores locales que intentan controlar el poder de los gigantes tecnológicos en la era de Internet.

“Google es un monopolista y ha actuado como tal para mantener su monopolio”, describió en su resolución el juez Amit Mehta. Consideró que la compañía ha violado la Sección 2 de la Ley Sherman Antimonopolio al mantener su monopolio en dos mercados de productos en los Estados Unidos (servicio de búsqueda general y publicidad de texto general) a través de convenios de distribución exclusiva con empresas clientes.

De acuerdo a la acusación del Departamento de Justicia, “Google violó los contratos de la ley federal antimonopolio que exigían que la búsqueda de Google se instalara como opción predeterminada en los teléfonos inteligentes Android, entre otras prácticas que impedían que sus rivales compitieran en igualdad de condiciones».

En su defensa, Google había argumentado que los usuarios «eran libres de cambiar su motor de búsqueda predeterminado y que era fácil hacerlo”.

No se descarta que esta decisión judicial influya en otras demandas antimonopolio de la Casa Blanca contra Google, Apple, Amazon y Meta, el propietario de Facebook, Instagram y WhatsApp.

Vale remarcar que el fallo no incluyó soluciones para el comportamiento de Google. El juez Mehta decidirá ahora eso, lo que podría obligar a la empresa a cambiar su forma de operar o vender parte de su negocio.

Según publicó The New York Times. Google gasta miles de millones de dólares al año para ser el motor de búsqueda automático en navegadores como Safari de Apple y Firefox de Mozilla. El gigante tecnológico destinó a Apple alrededor de 18.000 millones de dólares por ser el predeterminado en 2021.

Geopolítica 🌎

Treinta y dos años después: Rafecas procesó a ocho acusados por el atentado a la AMIA

El juez federal Daniel Rafecas dictó una resolución de más de 600 páginas que avanza sobre las máximas autoridades iraníes y un agente de Hezbollah, con embargos de US$ 500 millones para cada imputado. Es el paso previo al primer juicio oral en ausencia por la masacre que mató a 85 personas el 18 de julio de 1994.

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Rafecas procesó a ocho iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA y dispuso embargos de US$ 500 millones para cada uno.

Ochenta y cinco muertos, 151 heridos y 32 años de impunidad. Ese es el peso que cargó la causa AMIA hasta este lunes, cuando el juez federal Daniel Rafecas procesó a ocho ciudadanos iraníes y libaneses como responsables del atentado más letal de la historia argentina y dispuso embargos por US$ 500 millones para cada uno de los imputados.

La resolución, que supera las 600 páginas, fue dictada en el marco del régimen de juicio en ausencia establecido por la ley 27.784, instrumento que habilitó avanzar en el proceso pese a que los acusados permanecen prófugos en el extranjero y sus países de origen jamás los extraditaron ni los juzgaron. El fallo marca un punto de inflexión histórico: por primera vez, la justicia argentina pone nombre, cargo y responsabilidad penal sobre quienes ordenaron y ejecutaron la bomba que destruyó la sede de la AMIA el 18 de julio de 1994.

La cadena de mando iraní en el banquillo

Según la reconstrucción incluida en el fallo, la decisión de perpetrar el atentado fue adoptada en agosto de 1993 por las máximas instancias del régimen iraní, que encomendaron su ejecución a Hezbollah. La organización montó una red de apoyo regional y local con base en la Triple Frontera.

Rafecas procesó como autores mediatos a cuatro funcionarios de la cúpula del gobierno iraní: Ali Fallahijan, quien entonces era ministro de Inteligencia; Ali Velayati, ministro de Relaciones Exteriores en ese período; Mohsen Rezai, comandante de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, comandante de la fuerza Al Quds, el brazo de operaciones externas de esa fuerza de élite.

En la figura de cómplices necesarios fueron procesados Hadi Soleimanpour, ex embajador de Irán en la Argentina; Mohsen Rabbani, quien se desempeñaba como consejero cultural de la Embajada iraní y que históricamente fue señalado como el articulador local del atentado; y Ahmad Asghari, identificado como agente de inteligencia de la Guardia Revolucionaria.

El octavo procesado es Salman Raouf Salman, también conocido como Samuel El Reda, agente libanés de Hezbollah a quien el magistrado atribuyó la coordinación de la etapa final de la operación. Su rol resulta clave en la cadena operativa: fue quien, según el fallo, articuló el eslabón entre la planificación estratégica iraní y la ejecución en suelo argentino.

La mecánica del crimen: 300 kilos de explosivo y una Renault Trafic

La resolución reconstruye con precisión los pasos operativos del atentado. El 10 de julio de 1994, los responsables adquirieron una camioneta Renault Trafic que fue acondicionada y cargada con 300 kilos de amonal y TNT. Ocho días después, el vehículo fue conducido hasta la sede de la AMIA y detonado, provocando el derrumbe del edificio y la muerte de 85 personas.

Los hechos fueron tipificados como homicidios y lesiones reiteradas, agravados por odio racial o religioso y por el uso de un medio capaz de causar peligro común, además de daño agravado por motivos discriminatorios. Rafecas fue más lejos aún en la calificación: encuadró el atentado como crimen de lesa humanidad y lo tipificó también en la figura de genocidio en los términos del Derecho internacional, una decisión de enorme peso político y jurídico que proyecta la causa más allá de los límites del derecho penal doméstico.

Quiénes quedaron afuera y por qué

El juez dispuso la falta de mérito respecto de Abdallah Salman y Hussein Mouzannar, cuyas responsabilidades no alcanzaron el umbral probatorio requerido para el procesamiento. Tampoco se trató la situación del líder supremo iraní Alí Khamenei, del histórico jefe de operaciones de Hezbollah Imad Mughniyeh ni de Ali Hussein Abdallah, dado que los tres fallecieron, según la resolución, en 2026, 2008 y 2020, respectivamente.

El camino hacia el juicio oral

La resolución de Rafecas no es firme. La Defensa Oficial está habilitada para apelarla y, en ese caso, deberá recorrer las instancias superiores antes de quedar confirmada. Si el procesamiento queda en pie, el juzgado correrá vista a las partes para avanzar hacia el primer juicio oral y público bajo el régimen de ausencia en la causa AMIA, una instancia que la Argentina lleva tres décadas intentando alcanzar.

La ley 27.784 fue precisamente el instrumento que desbloqueó esa posibilidad: permite juzgar a personas que no se encuentran en el país y que sus estados de origen se niegan a entregar. La aplicación de ese régimen a la causa AMIA convirtió lo que parecía un obstáculo procesal permanente en un mecanismo viable para la búsqueda de verdad y justicia.

Lo que tenés que saber

  • El juez Rafecas procesó a ocho iraníes y libaneses por el atentado a la AMIA y dispuso embargos de US$ 500 millones para cada uno.
  • Los cuatro autores mediatos son ex altos funcionarios del gobierno iraní: el ministro de Inteligencia, el canciller, el comandante de la Guardia Revolucionaria y el jefe de la fuerza Al Quds.
  • El atentado del 18 de julio de 1994 mató a 85 personas, hirió a 151 y fue calificado en el fallo como crimen de lesa humanidad y genocidio.
  • La resolución se dictó bajo el régimen de juicio en ausencia (ley 27.784), que permite avanzar con acusados prófugos en el exterior.
  • Si el procesamiento queda confirmado en las instancias superiores, la causa se encamina al primer juicio oral y público por la masacre.
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