Judiciales ⚖️
Cristina cruzó a Macri por el «regalito» que la Corte Suprema le hizo en la Causa Correos
La Corte resolvió que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad intervenga en recursos extraordinarios de tribunales nacionales. El TSJ de CABA es -prácticamente- dominio del propio Macri.
Lo que tenés que saber
- Cristina cuestionó un fallo de la Corte Suprema en favor de Mauricio Macri en la causa del Correo Argentino.
- La ex presidenta calificó la resolución como un “regalo de Navidad” para el ex mandatario y su familia.
- Denunció una “violación flagrante” al ordenamiento constitucional y a la división de poderes.
- La Corte resolvió que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad intervenga en recursos extraordinarios de tribunales nacionales.
- Kirchner criticó a las empresas del grupo Los Grobo por no poder abonar una deuda millonaria tras los gobiernos que “detestan”.
El “regalo de Navidad” de la Corte a Macri
La ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner se expresó en redes sociales sobre un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia que benefició a Mauricio Macri en la causa del Correo Argentino. En su publicación, calificó la decisión como un “regalo de Navidad” del máximo tribunal al líder del PRO, al señalar que el fallo lo exime de pagar una millonaria deuda con el Estado.
“Mejor regalo de Navidad, no se consigue, Papá Noel no vino en trineo… está en el 4to piso de la calle Talcahuano”, ironizó Cristina, en alusión al lugar donde se encuentran los jueces de la Corte. Además, tildó la resolución de «escandalosa e inconstitucional», destacando que el fallo busca evitar que Macri y su familia paguen la deuda por concepto de canon.
Macri en su feudo con la Corte de custodia, los medios aplaudiendo y grandes empresas agropecuarias en default. ¿Escenas de un país fallido?
— Cristina Kirchner (@CFKArgentina) December 28, 2024
Hoy las tapas de Clarín y La Nación le dan las gracias por los servicios prestados y publican fotos, en modo “salida triunfal”, del…
Una decisión inédita que altera el sistema judicial
La ex mandataria hizo hincapié en lo que consideró un cambio radical en el sistema judicial argentino. Aseguró que el fallo de la Corte es «inédito» porque sin una ley del Congreso, convirtió al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad en un órgano encargado de intervenir en los recursos extraordinarios de la Justicia Nacional Ordinaria.
“Es como si la Corte fallara que las sentencias de los tribunales nacionales las resuelva el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Santa Cruz o de Formosa o de Santiago del Estero o de cualquier otra provincia argentina”, explicó Cristina, en un intento por ilustrar la magnitud de la decisión judicial.
Críticas a las empresas y los “gobiernos que detestan”
Además de las críticas al fallo judicial, Cristina aprovechó para referirse a una situación económica que involucra a empresas vinculadas al grupo Los Grobo. La compañía anunció que no podrá abonar una deuda cercana a los 10 millones de dólares con el gobierno. La ex presidenta se mostró sorprendida por el hecho de que empresas que se beneficiaron económicamente bajo gobiernos que «detestan», ahora enfrenten dificultades financieras bajo administraciones con las que están más alineadas políticamente.
“Nunca dejará de ser curioso que empresas que se llenaron de plata con gobiernos que detestan terminan arruinadas con los gobiernos que votan”, concluyó Cristina.
Judiciales ⚖️
Nuevo revés a la reforma laboral: qué artículos suspendió ahora la Justicia
El juez federal Martin Cormick suspendio por tres meses los articulos 10 y 56 de la Ley 27.802, a pedido de colegios de abogados, en un nuevo reves judicial para la reforma laboral del Gobierno nacional.
La decisión del juez federal Martín Cormick, que suspendió por tres meses los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, reabrió la disputa sobre el alcance real de la reforma laboral y dejó en pausa dos de sus resortes más sensibles para los juicios de trabajo.
El fallo tuvo como protagonistas al propio Cormick, a los colegios de abogados que presentaron los reclamos y a la Ley 27.802, conocida como reforma laboral, en un escenario donde **la justicia federal volvió a intervenir sobre el corazón normativo de las relaciones laborales y de la tarea profesional de la abogacía**.
Qué establecían los artículos suspendidos
Los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802 regularon el pago en cuotas de sentencias laborales y definieron la responsabilidad de los abogados por las costas judiciales, al modificar el contenido de los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. La cautelar dictada por Cormick restableció de manera provisoria el texto anterior de esos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo y dejó sin efecto, por el plazo fijado o hasta sentencia definitiva, la aplicación de las nuevas reglas. **La medida cautelar se inscribió en una disputa de fondo sobre quién debía asumir los costos económicos de los litigios laborales y en qué condiciones se podían fragmentar los pagos ordenados en las sentencias.**
La resolución nació de los planteos realizados por distintos colegios de abogados, que objetaron el impacto de la reforma sobre la práctica profesional y sobre la posibilidad de acceso a la justicia de las personas trabajadoras. En su fallo, Cormick aclaró que la decisión tuvo carácter provisorio y que no implicó un pronunciamiento sobre la constitucionalidad de las normas, lo que dejó abierto el escenario para un debate posterior sobre la validez definitiva de los cambios introducidos por la Ley 27.802. **El propio diseño de la cautelar señaló que la discusión de fondo sobre la reforma laboral continuó pendiente y fragmentada en distintos frentes judiciales.**
El historial judicial de la reforma
La suspensión de los artículos 10 y 56 se insertó en un recorrido más amplio de idas y vueltas judiciales alrededor de la reforma laboral. En abril de 2026, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había dejado sin efecto una suspensión previa que afectaba a 82 artículos de la misma ley y había restituido su vigencia, lo que ya había mostrado la dificultad de estabilizar un marco normativo que quedó sometido a una secuencia de cautelares y apelaciones cruzadas. **Cada nuevo fallo sobre la reforma laboral funcionó como un recordatorio de que el equilibrio entre la política económica del Ejecutivo y el control judicial de las leyes permaneció lejos de cualquier consenso estable.**
El movimiento en el fuero laboral coexistió con otros frentes abiertos para el Gobierno nacional. En la misma jornada en que se conoció la medida de Cormick se informó que el Poder Ejecutivo apeló el fallo que le ordenó cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, lo que evidenció que el vínculo entre el Ejecutivo y el Poder Judicial atravesó una etapa marcada por el litigio constante. En ese contexto, la nueva cautelar sobre la reforma laboral se sumó a un mapa judicial en el que la aplicación efectiva de las leyes quedó condicionada por decisiones provisorias y revisiones sucesivas. **La combinación de reformas de alto impacto y respuestas judiciales fragmentadas configuró un escenario en el que la previsibilidad normativa resultó un objetivo cada vez más difícil de alcanzar.**
Lo que tenés que saber
- El juez federal Martín Cormick suspendió por tres meses, o hasta sentencia definitiva, los artículos 10 y 56 de la Ley 27.802, conocida como reforma laboral.
- La medida cautelar fue dictada a partir de reclamos presentados por colegios de abogados y restableció de forma provisoria el texto anterior de los artículos 20 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
- Los artículos suspendidos regulaban el pago en cuotas de sentencias laborales y la responsabilidad de los abogados por las costas judiciales, e incidieron en el reparto de los costos de los litigios.
- En abril de 2026, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había dejado sin efecto una suspensión previa que afectaba a 82 artículos de la reforma y había restituido su vigencia.
- El mismo día en que se informó la nueva cautelar, el Poder Ejecutivo apeló el fallo que le ordenó cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, en un contexto de fuerte judicialización de las políticas públicas.
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