Chaco
Las 13 condenas por femicidios en los que no se halló el cuerpo de la víctima
El crimen de la joven chaqueña, en el que aún no se encuentra su cuerpo, tiene precedentes en la historia judicial Argentina, con juicios en los que se logró condenar a los femicidas.
Por Ian Werbin
El caso de Cecilia Strzyzowski en Chaco, que se investiga como un femicidio a pesar de que aún no fueron hallados sus restos, rememoró una serie de causas en las que la Justicia condenó a los autores a pesar de no contar con el «cuerpo del delito»: según un relevamiento de la organización La Casa del Encuentro, hubo al menos 13 condenas en los últimos 43 años a femicidas que no revelaron qué hicieron con sus víctimas, entre ellos el autor del crimen de Érica Soriano, Daniel Lagostena, y el de Stella Maris Sequeira, el abogado Rubén Carrazzone.
Los asesinatos que menciona el informe, el cual fue elaborado a partir de publicaciones periodísticas, se registraron entre 1989 y 2017: en todos ellos, los femicidas fueron hallados culpables por distintas autoridades judiciales de las provincias de Neuquén, Mendoza, Buenos Aires, Salta, Tucumán y Río Negro y de la ciudad de Buenos Aires, a pesar de no haberse localizado el cadáver de la víctima.
Según recopiló La Casa del Encuentro, los condenados fueron: Salvador Pucci, Diego Estanislao Hervatín, Mauricio Daniel Severi, Daniel Lagostena, Mariano Luque (dos hechos), Aldo Vargas, Roberto Carlos Rejas, César Raúl Villanueva, Rubén Ernesto Carrazzone, Marcos Thola Durán, Victor Purreta y Rodrigo Germán Silva.
En tanto, las respectivas víctimas de los femicidios fueron: María Sebastiana Lara (36), Stella Maris Pugliese, Claudia Marcela Monzón (42), Érica Soriano, (30), Soledad Olivera, (31), Johana Chacón (13), Noelia Johana Rodríguez (22), Milagros Avellaneda (27) y su hijo Benicio Coronel (2), Adriana del Valle Caballero (25), Stella Maris Sequeira (61), Silvia Vázquez Colque (33), Maira Iris Benítez (17) y Andrea Noemí López (25).
Si bien La Casa del Encuentro registró trece casos de este tipo en los que no fue hallado «el cuerpo del delito», y por los cuales fueron condenados sus autores, también existen otros dos casos que no fueron incluidos ya que la organización consideró que no fueron femicidios.
Uno de ellos es el crimen de Annagreth Würgler (28), la turista de nacionalidad suiza vista por última vez en La Rioja en agosto de 2004, por el cual Alcides Cuevas fue condenado a la pena de 18 años de prisión.
El restante fue el asesinato de la artesana Roxana Nuñez (28), quien desapareció en la localidad bonaerense de Tristán Suárez el 1 de marzo de 2009, y por cuyo caso fueron condenados Juan Carlos Zárate a 20 años de cárcel, y a Néstor Javier Leguiza y la pareja de éste, Alejandra Danza, a la pena de 18 años de prisión.
Por otra parte, para la organización, el modus operandi de hacer desaparecer el cuerpo de la víctima refleja una búsqueda de los asesinos «para lograr impunidad», lo cual hace imprescindible que los instructores judiciales acumulen numerosas pruebas «bajo un minucioso análisis, consistentes evidencias documentales, además de testimonios y una sólida cadena de indicios» para arribar a una sentencia condenatoria.
Al respecto, Gabriel Vitale, el juez de Garantías de Lomas de Zamora que intervino en el femicidio de Érica Soriano y por el cual fue condenado a 22 años de prisión su esposo Daniel Lagostena, desestimó por completo la expresión común «sin cuerpo no hay delito» y consideró que en este tipo de investigaciones «lo importante pasa por determinar y reconstruir los hechos, donde la contextualización es fundamental».
«Claramente el proceso de investigación es más arduo. Se tienen que unir todos los contextos: cómo se reconstruyen los hechos, los datos y la situación en base a los elementos que tenés», ilustró el magistrado en diálogo con Télam.
En ese sentido, Vitale agregó: «Hay una máxima que los cuerpos hablan. Por un lado te dicen como fue la muerte, si hubo violencia, hay mucha información. Al no estar disponible, lo que sí tenés es el dato de contextualización».
A su vez, Vitale recordó que la reconstrucción de los últimos pasos de Érica Soriano y sus vínculos fue fundamental para establecer que su desaparición había sido forzada.
«Lo primero que hicimos fue establecer el recorrido de Érica durante las últimas horas que estuvo viva. Que fue al médico a las 18.30, que después por las antenas de los teléfonos determinamos que siguió hablando por teléfono con una amiga hasta que llegó a Lanús. Que llegó a la casa de la persona acusada viva. Y ese es el último dato con vida que tenemos, que es la última certeza objetiva. A partir de ahí, empezás a trabajar en los contextos», explicó.
«En su momento, teníamos mucha información de ese contexto, de las situación y de cómo Lagostena la trataba a ella. En el caso de Érica le dimos mucha entidad al tema de su hija, que trabajaba, que tenía una vida. No había indicios de que ella pudiera irse. Todo eso fue reforzando la idea de que ella no se pudo haber ido por motus propio», detalló Vitale.
Con un criterio similar al del magistrado, la abogada Raquel Hermida Leyenda, contempló las diferencias que existen en la investigación de un asesinato de estas características con uno en el que sí se logró el hallazgo de un cadáver.
«La autopsia es el lugar en que se determina dónde estuvo el cadáver, qué le hicieron, con qué herramientas, y cómo fue, desde el punto de vista material, el asesinato de ese cuerpo. Es importantísima y nos brinda, a veces, directamente al autor. También es importante remarcar que en otras veces han existido femicidios impunes a pesar de encontrarse un cuerpo, como el de Nora Dalmasso», afirmó la letrada en diálogo con Télam
Por otro lado, Hermida Leyenda, quien representó al particular damnificado durante el juicio en el que el abogado penalista Carrazzone fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de Stella Maris Sequeira, la primera causa caratulada como femicidio en Argentina en la que se halló un culpable sin haber encontrado el cuerpo de la víctima, detalló la función que cumple la parte querellante en este tipo de hechos.
«Generalmente desde nuestro lado se debe asumir un rol de investigador para aportar pruebas al Ministerio Público, que está tapado de trabajo y no logra cumplir con sus obligaciones. Algunas fiscalías son abiertas y permiten a la querella trabajar paralelamente y aportar las pruebas necesarias e investigar sobre esas pruebas. Sin embargo, a veces es una lucha contra el mismo ministerio público que tiene tiempos muy lentos y una investigación muy mala», explicó.
Asimismo, la abogada consideró que, en general, la estrategia de los defensores consiste en hacer pasar las desapariciones de las víctimas como «viajes voluntarios» o «secuestros extorsivos». Con respecto a ello, Hermida indicó que «lo más importante es hacer un análisis psicológico de las personas que no están».
«Vos me decís, ¿cómo se puede hacer eso? Es muy simple. Hacer entrevistas a sus amigos, a sus seguidores en las redes, leer todos sus movimientos, analizar su forma de hablar, saber cómo son sus costumbres. El dato más importante que tuvimos para establecer que la desaparición de Stella no era un viaje voluntario fue que dejó a sus tres perros. Ella nunca se separaba de ellos y los dejaba siempre muy bien cuidados cada vez que se iba», explicó.
Por último, Hermida Leyenda reflexionó sobre la conducta de los femicidas que, tras cometer el crimen, deciden esconder el cuerpo de la víctima.
«Los mayores homicidios agravados sin cuerpo, se hablan de parrillas, de ácidos que disolvieron el cuerpo, de entierros. Es un acto que tiene que ver con destruir absolutamente a esa persona y no dejar rastros de ella», reflexionó.
Los 13 femicidios que llegaron a condenas sin el cuerpo
Los siguientes son los trece casos de femicidios en los que, a pesar de que nunca fue hallado el cadáver de la víctima, se logró condenar al autor del crimen:
– María Sebastiana Lara (36): su femicidio tuvo lugar el 24 de septiembre de 1989, en la localidad neuquina de Chos Malal, cuando Lara desapareció sin haberse llevado ninguna prenda de vestir de su casa.
Unas semanas más tarde, los investigadores del hecho encontraron en la casa de su esposo, Salvador Pucci, un arma calibre 9 milímetros y esquirlas de bala manchadas con sangre.
Finalmente, el 22 de mayo de 1992 fue condenado a 20 años de prisión por el crimen de Lara, luego de que los peritos acreditaran que Pucci la mató de un tiro en la cabeza.
El mismo Pucci fue liberado a principios de 2010 y, en junio de ese año, asesinó a otra expareja suya, Miriam Flores, en La Pampa, quien fue hallada quince días después de su muerte semienterrada y cubierta con piedras, hecho por el cual fue condenado a 20 años de prisión.
– Andrea Noemí López (25) : fue asesinada el 10 de febrero de 2004 en la ciudad de Santa Rosa, La Pampa. Diez años después, su esposo Victor Purreta, fue condenado a 26 años de prisión por el femicidio, luego de que el hijo de la pareja declarara que había sido testigo directo del hecho.
– Stella Maris Pugliese: su crimen ocurrió el 5 de mayo de 2007 en el barrio porteño de Floresta, donde Stella Maris -que estaba embarazada al momento del hecho- fue asesinada de un disparo en la cara, según indicaron en su fallo los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 1 de la Capital Federal. Dicho tribunal condenó a prisión perpetua al esposo de Pugliese, Diego Estanislao Hervatín, por el delito de «homicidio agravado por el vínculo» al comprobar que» el cuerpo fue ocultado o hecho desaparecer».
– Claudia Marcela Monzón (42): su asesinato sucedió el 24 de septiembre de 2009 en el barrio porteño de Villa del Parque. Un día después, su exesposo Mauricio Daniel Severi denunció que estaba desaparecida, aunque días después confesó que la asesinó y enterró el cadáver en un predio de Lomas de Zamora. En marzo de 2013, el Tribunal Oral en lo Criminal 15 de la Capital Federal, condenó a Severi a 16 años de prisión por el «homicidio preterintencional agravado por el vínculo» de Monzón.
– Érica Soriano (30): el 21 de agosto de 2010 fue la última vez que se supo de Érica, que había salido desde Lanús rumbo a una clínica de Capital Federal, para hacerse un control ginecológico ya que estaba embarazada de dos meses. Su pareja, Daniel Lagostena, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal 9 de Lomas de Zamora a 22 años de prisión por su asesinato.
– Soledad Olivera (31) y Johana Chacón (13): por ambos hechos se culpó a Mariano Luque y sucedieron en la localidad mendocina de Lavalle. El crimen de Olivera sucedió el 18 de noviembre de 2011, mientras que Chacón fue vista por última vez el 4 de septiembre de 2012 en la puerta de la finca donde vivía junto a su hermana y Luque. Las sentencias por ambos casos se unificaron y Luque fue condenado a 32 años de cárcel.
– Noelia Johana Rodríguez (22): fue vista por última vez el 4 de mayo de 2014 en la localidad salteña de Guachipas. Por su asesinato se detuvo a Aldo Vargas, quien mantenía una relación extramatrimonial con la víctima, y a su esposa Carina Cardozo. Dos años más tarde, la Sala III del Tribunal de Juicio de Salta condenó a Vargas a prisión perpetua, mientras que Cardozo fue sentenciada a 20 años de prisión.
– Milagros Avellaneda (27) y su hijo Benicio Coronel (2) : fueron vistos por última vez en la ciudad de San Miguel de Tucumán en octubre de 2016. Por ambos crímenes fue condenado a prisión perpetua el guardiacárcel Roberto Carlos Rejas, padre del niño.
– Adriana del Valle Caballero (25): su asesinato ocurrió el 20 de noviembre de 2016 en la localidad bonaerense de Necochea. El Tribunal Oral en lo Criminal 1 de esa ciudad, en un juicio por jurados populares, condenó a César Raúl Villanueva, su pareja, a prisión perpetua.
– Maira Iris Benítez (17): desapareció el 17 de diciembre de 2016 en la localidad de Villa Ángela, Chaco. Rodrigo Silva, con quien había tenido una relación, fue condenado a 21 años por «homicidio simple».
– Stella Maris Sequeira (61): La última vez que vieron fue el 29 de diciembre de 2016 en su casa de la localidad de Ezeiza. Su pareja Rubén Ernesto Carrazone denunció su desaparición y aseguró haber recibido un llamado extorsivo en el que supuestamente le exigían 80.000 dólares para liberarla. Finalmente, se comprobó que había sido una falsa denuncia y fue condenado a prisión perpetua por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 de La Plata.
– Silvia Vázquez Colque (33): su femicidio sucedió en la ciudad de Viedma, Río Negro, el 4 de junio de 2017. En octubre de 2019, un Tribunal condenó a perpetua su expareja Marcos Thola Durán por considerarlo autor penalmente responsable del delito de «homicidio agravado por haberse cometido contra quien ha mantenido una relación de pareja y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer en un contexto de violencia de género».
Chaco
Juicio por la golpiza a jóvenes qom: Zdero había ascendido a una de las acusadas
Diez policías chaqueños son juzgados en Resistencia por el operativo de 2020 en Fontana. La oficial Claudia Lucena, acusada de encubrimiento y detención ilegal, fue promovida por decreto en 2025, cuando la causa ya estaba elevada a juicio.
Según la acusación, entraron de madrugada, sin orden judicial, y golpearon a los jóvenes que estaban en la casa, entre ellos una adolescente. Después se los llevaron a la comisaría, donde, según denunciaron las víctimas, siguieron los golpes, las amenazas de muerte y los insultos racistas. Seis años después de aquella noche en el barrio Banderas Argentinas de Fontana, diez policías del Chaco se sientan en el banquillo, y una de ellas llegó al juicio con un ascenso firmado por el gobernador Leandro Zdero.
El debate oral comenzó el lunes ante la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia, en la causa 12.386/2020-1. El tribunal está integrado por Dolly Fernández, como presidenta, Cristina Pisarello y Ernesto Azcona, y la acusación está a cargo del fiscal de Derechos Humanos Luciano Santos. La querella del Estado quedó unificada en el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, que actúa también en representación del área de Derechos Humanos de la provincia. Entre los acusados está Claudia Beatriz Lucena, que dirigía la Comisaría Tercera de Fontana cuando ocurrieron los hechos.
Qué pasó el 31 de mayo de 2020
Según la acusación, cerca de las 4.30 de la madrugada del 31 de mayo de 2020 un grupo de efectivos irrumpió en una vivienda del barrio Banderas Argentinas y golpeó a varios jóvenes de una familia de la comunidad qom. La versión policial de ese momento era que buscaban a personas que supuestamente habían apedreado una dependencia de la fuerza. En la casa había además dos chicos pequeños.
Cuatro jóvenes fueron detenidos y trasladados a la Comisaría Tercera. Allí, de acuerdo con sus denuncias, continuaron las agresiones y los insultos racistas; también relataron que los rociaron con alcohol y los amenazaron con prenderles fuego. Las denuncias sostienen, además, que parte de esas agresiones quedó registrada por las cámaras de la dependencia. El caso se convirtió en uno de los episodios de violencia institucional con mayor repercusión en la provincia, en plena cuarentena y contra una comunidad indígena históricamente postergada.
Los cargos
Lucena enfrenta cargos por encubrimiento agravado y detención ilegal cometida por un funcionario público. La acusación le atribuye no haber puesto a la adolescente detenida a disposición del juzgado correspondiente y no haber denunciado las vejaciones que habría presenciado en su unidad.
Los otros nueve policías afrontan distintas combinaciones de imputaciones, entre ellas vejaciones agravadas, allanamiento ilegal, falsedad ideológica agravada y detención ilegal. Son acusaciones que el tribunal deberá examinar: ninguno de los diez efectivos tiene condena y todos están amparados por la presunción de inocencia hasta que haya sentencia.
Un ascenso con la causa en marcha
El dato que salpica al gobierno actual es administrativo y tiene fecha. El decreto 974/25, firmado por Zdero el 13 de junio de 2025, promovió a Lucena de comisario inspector a comisario mayor, con vigencia retroactiva al comienzo de ese año. La propuesta fue elevada por el jefe de la Policía del Chaco, Fernando Romero, y contó con los avales administrativos correspondientes.
Romero no es un nombre nuevo en esta causa. Era jefe de la Policía cuando ocurrieron los hechos de Fontana y renunció el 13 de julio de 2020, junto con el subjefe, después de que el gobierno de Jorge Capitanich rechazara reincorporar a cuatro efectivos imputados en el expediente. En ese momento, Romero argumentó que la normativa policial obligaba a reintegrar al servicio a los agentes que habían recuperado la libertad. En diciembre de 2023, Zdero lo designó otra vez al frente de la fuerza.
Para entonces, Lucena estaba imputada desde septiembre de 2021 y el expediente había sido elevado a juicio en abril de 2022. El ascenso llegó, por lo tanto, después de que la oficial quedara formalmente acusada y después de que la Justicia resolviera llevar el caso a debate oral. Hasta el momento no se conoció una explicación oficial sobre por qué la promoción avanzó con ese antecedente.
En declaraciones recogidas por el diario El Ancasti, el abogado querellante del Comité Provincial para la Prevención de la Tortura, Darío Edgardo Gómez, confirmó que Lucena «fue ascendida ahora ya en la gestión del gobernador (Leandro) Zdero».
Seis años de demoras
El juicio llegó a su primera audiencia tras sucesivas reprogramaciones. La última postergación fue en septiembre, por el cambio de defensor de uno de los imputados, y el Comité Provincial para la Prevención de la Tortura había cuestionado públicamente las demoras. El cronograma prevé nuevas audiencias los días 13, 14, 15, 27 y 28 de octubre, y el 3 y el 12 de noviembre.
Lo que tenés que saber:
- Diez policías del Chaco son juzgados desde el lunes en la Cámara Segunda en lo Criminal de Resistencia por el operativo del 31 de mayo de 2020 contra jóvenes qom en Fontana.
- Según la acusación, los efectivos entraron sin orden judicial a una vivienda, golpearon a varios jóvenes, entre ellos una adolescente, y detuvieron a cuatro.
- La oficial Claudia Beatriz Lucena, que en 2020 dirigía la Comisaría Tercera de Fontana, está acusada de encubrimiento agravado y detención ilegal.
- Zdero la ascendió a comisario mayor por el decreto 974/25, de junio de 2025, a propuesta del jefe de Policía Fernando Romero, que también encabezaba la fuerza en 2020; la causa ya estaba elevada a juicio desde abril de 2022.
- Las audiencias seguirán en octubre y noviembre; ninguno de los acusados tiene condena.
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