Violencia de Género
A un año de la violación grupal: perimetral para la víctima por sufrir acoso en redes
El Tribunal le prohibió al acusado Thomás Fabián Domínguez (22) brindar una entrevista televisiva y contactar a la víctima, tal como lo hiciera en Instagram.
El tribunal oral que llevará a cabo el juicio a seis acusados de la violación grupal de una joven cometida hace poco más de un año en el barrio porteño de Palermo dictó para uno de los imputados una prohibición de contacto con la víctima y el núcleo familiar de esta, luego de que el sospechoso le envió a ella, desde la cárcel, un video a través de la red social Instagram.
En un fallo de cuatro páginas, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 14 también le prohibió al acusado Thomás Fabián Domínguez (22) brindar una entrevista televisiva, tal como lo había solicitado su defensa.
“(…) a los efectos de preservar la integridad de la víctima y evitar el entorpecimiento de la investigación, entendemos pertinente (…) disponer una prohibición de contacto con la víctima y su núcleo familiar por parte del imputado Thomás Fabián Domínguez por cualquier vía -a saber: cualquier medio telemático, teléfono, whatsapp, mail, Instagram, Facebook, o cualquier otra red social u otra modalidad de contacto-, hasta tanto culmine el proceso penal”, indicó el TOC.
A su vez, Jorge Alfonso, abogado defensor de Domínguez, había pedido al tribunal autorización para que el acusado brinde una entrevista periodística desde la cárcel para su posterior televisación, ante lo cual, la querella se opuso porque podría implicar una “severa afectación de la psiquis” de la víctima.
“En el caso se vería perjudicada la salud psíquica de la víctima, la que ya de por si se encontraría comprometida, tal como se desprende del informe elaborado por los profesionales tratantes”, señaló el tribunal en coincidencia con la querella.
Y agregó que se encuentran “compelidos a velar por evitar que se distorsione el ámbito en el cual se deben ventilar las cuestiones relativas a los hechos, es decir, el debate oral, el cual no será de carácter público dada las características del delito de que se trata, pues estamos ante un proceso de naturaleza eminentemente privada”.
Por su parte, los abogados de la víctima, Hugo Figueroa y Osvaldo Cantoro, también habían denunciado que la joven sufría “acoso” a través de las redes sociales.
Sin embargo, el fiscal ante el tribunal, Francisco Figueroa, dictaminó que no se habían aportado “constancias” suficientes para verificar la existencia de esos hechos, por lo que el TOC dispuso que la querella recurra a la vía de la denuncia en el fuero pertinente para que se investigue.
Los querellantes también mencionaron en su denuncia a la madre de Domínguez y a la madre y hermana de Steven Alexis Cuzzoni (20), otro de los detenidos, por sus apariciones el 10 de febrero pasado en el programa «Todas las tardes» que se emite por Canal 9.
Los abogados plantearon que, desde el día que fue emitido ese programa de TV, su asistida «comenzó a recibir diversos mensajes por redes sociales», pero destacaron que «lo preocupante de esta situación» fue que «el propio Thomás Domínguez tomó contacto con ella mediante su perfil de Instagram».
Los letrados informaron que el mensaje que recibió la chica provino del perfil «THpluggg», que pertenece a Domínguez y que consistía en un link de un video de 36 minutos titulado «Caso Palermo: era todo mentira», en el que una influencer analiza los testimonios y videos del caso, defiende a los imputados y los considera inocentes.
En tanto, el abogado de Domínguez, Jorge Alfonso, se mostró sorprendido con la denuncia y aseguró a Télam que su defendido le «negó» haber enviado ese mensaje.
«No tiene celular en el penal. Él no fue, quizás alguien tenga la clave de su cuenta y lo haya mandado en forma generalizada a otros y por una cuestión involuntaria, lo recibió esta chica. Él me lo niega rotundamente y estaba asustado y preocupado», agregó.
Por otra parte, las fuentes judiciales informaron a Télam que todo indica que, por cuestiones de agenda, el TOC 14, actualmente integrado por los jueces subrogantes Gustavo Valle, Domingo Altieri y Gabriel Vega, recién realizará este juicio durante el segundo semestre de este año.
Para las audiencias, que serán al menos una decena, se citará a alrededor de 25 testigos y el fiscal de juicio será Fernando Klappenbach.
Además de Domínguez y Cuzzoni, los otros acusados son Ángel Pascual Ramos (24), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (25), Franco Jesús Lykan (24) e Ignacio Retondo (23).
Todos cumplen prisión preventiva en penales federales y están imputados como «coautores» de un «abuso sexual con acceso carnal agravado por la intervención de dos o más personas» -que prevé una pena de 8 a 20 años de cárcel-, y de las «lesiones leves» -de un mes a un año de prisión-, ocasionadas a un vecino al que golpearon porque creyeron que los filmaba con su celular.
A un año del hecho
El hecho ocurrió el feriado de carnaval del 28 de febrero del año pasado, en la calle Serrano al 1300, en la zona de Palermo Soho, donde una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una chica, se enfrentaron a ellos y llamaron a la policía.
Las claves del caso fueron los múltiples videos de cámaras de seguridad que registraron todo el derrotero del grupo con la víctima, el relato de la propia joven que dejó en claro que nunca dio el consentimiento y el de los testigos que la auxiliaron.
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Buenos Aires
El video se hizo viral y agresor está identificado pero la Justicia no actúa, mientras una mujer espera protección
Un video que muestra una paliza brutal a una mujer se viralizó en las últimas horas, el agresor ya fue identificado y la asociación civil Madres que rompen el silencio exigió medidas urgentes al Departamento Judicial de Azul, denunciando una peligrosa demora institucional ante pruebas audiovisuales contundentes.
Las imágenes son inequívocas: un hombre revisa el teléfono de su pareja, la confronta y le propina una brutal paliza mientras ella ruega que se detenga. El video, filmado en la localidad bonaerense de Tapalqué, se viralizó en las últimas horas y permitió identificar al agresor, presuntamente Rodrigo Carrica. Pese a la existencia de pruebas audiovisuales contundentes, la respuesta judicial tardó en llegar; una demora que organizaciones de mujeres calificaron como violencia institucional.
La asociación civil Madres que rompen el silencio, con sede en Río Negro, tomó conocimiento directo del caso y se constituyó en interlocutora ante las autoridades del Departamento Judicial de Azul, el fuero con competencia sobre Tapalqué. La organización presentó el material probatorio disponible, que incluye los registros fílmicos y fotográficos de la agresión, y exigió una respuesta estatal inmediata.
El reclamo: medidas urgentes ante la demora judicial
La entidad formalizó un reclamo ante el Departamento Judicial de Azul con tres exigencias centrales: la intervención urgente para revisar y agilizar el accionar de las dependencias judiciales y policiales locales; el dictado inmediato de medidas de protección y restricción perimetral eficaces para resguardar la integridad psicofísica de la víctima; y el cese absoluto de las dilaciones burocráticas frente a la existencia de pruebas audiovisuales explícitas.
«No se puede seguir tolerando que la burocracia judicial desampare a quienes denuncian», advirtió la organización, que también alertó sobre el riesgo concreto que implica cada hora de demora en casos donde la víctima convive o tiene contacto con su agresor. Madres que rompen el silencio comunicó que se mantendrá en estado de alerta comunitaria hasta que las garantías constitucionales y de seguridad sean cumplidas de manera efectiva.

Violencia institucional por omisión
La denuncia pone sobre la mesa un problema estructural del sistema judicial argentino frente a la violencia de género: la brecha entre la disponibilidad de prueba y la velocidad de la respuesta institucional. La organización usó una categoría precisa para nombrarlo: «la violencia institucional por omisión o demora también es una forma de violencia que perpetúa el peligro». En ese encuadre, la inacción no es un vacío neutral sino un acto que habilita la continuidad de la agresión.
El caso de Tapalqué no es un hecho aislado. La Ley 26.485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres establece con claridad el deber del Estado de actuar con la debida diligencia frente a situaciones de riesgo. El incumplimiento de ese mandato en contextos donde existe material probatorio disponible no solo representa una falla procesal, sino una responsabilidad estatal en los términos de los estándares internacionales de derechos humanos.
Lo que tenés que saber:
- Un video viral muestra a un hombre, presuntamente Rodrigo Carrica, golpear brutalmente a su pareja en Tapalqué, provincia de Buenos Aires.
- La asociación civil Madres que rompen el silencio denunció una alarmante demora de la Justicia local a pesar de contar con pruebas audiovisuales contundentes.
- La organización exigió al Departamento Judicial de Azul medidas urgentes de protección, restricción perimetral y cese de dilaciones burocráticas.
- La entidad advirtió que la omisión y la demora judicial son en sí mismas una forma de violencia institucional que prolonga el peligro para la víctima.
- La organización anunció que se mantendrá en estado de alerta hasta que se garantice efectivamente la seguridad de la mujer agredida.
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