Impuestos
Casi un millón de trabajadores vuelve a pagar Ganancias: el impacto del nuevo paquete fiscal
Bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros y personal jerárquico volverán a pagar Ganancias, con valores que arrancan en casi $3.000 mensuales hasta unos $100.000, para los que ganan más de $2.500.000 brutos.
La Cámara de Diputados aprobó finalmente la Ley Bases y el Paquete Fiscal, incluyendo el capítulo que obliga a gravar los ingresos salariales superiores a $1.800.000. La votación resultó en 136 votos a favor, 116 en contra y tres abstenciones de las diputadas Roxana Reyes, Silvana Ginocchio y Mónica Frade.
Implementación del Impuesto
Con la aprobación del paquete fiscal y los cambios del Senado desechados, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha el mecanismo para la liquidación del Impuesto a las Ganancias y los Bienes Personales. La fecha de vencimiento operará en agosto.
Impacto en los Trabajadores
Se estima que entre 800.000 y un millón de trabajadores volverán a pagar Ganancias. Este grupo incluye a bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros y personal jerárquico, que estaban exentos. Las alícuotas varían del 5% al 35%, con valores que arrancan en casi $3.000 mensuales hasta unos $60.000 mensuales para quienes hoy están exentos, y que superan los $100.000 mensuales para los que ganan más de $2.500.000 brutos.
Aumento en la Recaudación
Según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), lo votado por Diputados incrementa en 0,4303% del PBI la recaudación de ese impuesto en 2024, de los cuales 0,4221% son coparticipables.
Cambios en el Impuesto a las Ganancias
El proyecto ratifica el alivio fiscal aplicado entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre de 2023 (Decreto N° 473/2023). No habrá retenciones retroactivas, y lo pagado por Ganancias este año hasta la promulgación de la ley no será retenido. Todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), y zona patagónica, quedarán incluidos en el cálculo del impuesto.
Deducciones y Nuevos Valores
Se permitirá deducir de la base imponible de Ganancias a los hijos menores y otras deducciones con un tope, como lo pagado en prepagas y gastos escolares. La actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Eliminación del Impuesto Cedular
Se elimina el Impuesto Cedular. Este tributo se paga a partir de salarios de $2,3 millones. Al restituirse Ganancias para la cuarta categoría, el nuevo piso es de salarios brutos de $1,8 millones para solteros sin hijos y de $2,3 millones para casados con hijos. Después de los descuentos de jubilación y obra social, los salarios de bolsillo serán de $1,494 millones y $1,98 millones.
Tasas y Escalas del Impuesto
Las personas físicas tributarán desde el 5% hasta el 35%. La tasa máxima del 35% se aplicará a partir de una ganancia neta imponible anual de $36.450.000. Las escalas del impuesto y las deducciones se actualizarán por inflación. Todos los conceptos que cobren los trabajadores estarán gravados, incluidos bonos por productividad y diferentes suplementos.
Deducciones Especiales y Excepciones
Queda fuera la deducción especial del 22% para trabajadores de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires. El proyecto resuelve la deuda del año pasado cuando se derogó Ganancias. El texto convalida lo hecho el año pasado. Se podrán deducir hasta $20.000 anuales de las Cuotas de Créditos Hipotecarios, sin cambios en este aspecto.
Puntos Clave del Paquete Fiscal
- La Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases y el paquete fiscal.
- Entre 800.000 y un millón de trabajadores volverán a pagar Ganancias.
- Las alícuotas van del 5% al 35%, con valores de $3.000 a $100.000 mensuales.
- Incremento del 0,4303% del PBI en la recaudación de 2024.
- Todos los pagos a trabajadores serán gravados.
- Se elimina el Impuesto Cedular y se actualizan las escalas y deducciones por inflación.
- Excepciones para trabajadores de la región patagónica y deducciones hasta $20.000 anuales en Créditos Hipotecarios.
CABA
ABL y patentes: la Ciudad “perdona” el 100% de los intereses, ¿quiénes pueden acceder?
Desde el 15 de octubre y hasta el 31 de diciembre, la AGIP condona el 100% de los intereses a quien pague al contado y el 50% a quien financie en 12 cuotas. Es el segundo régimen de regularización en un año y convive con otro programa porteño para refinanciar deudas de tarjetas.
Las familias porteñas que acumulan deudas de ABL y patentes podrán borrar la totalidad de los intereses resarcitorios si cancelan el capital en un solo pago, o la mitad si eligen financiarlo en hasta 12 cuotas. El Gobierno de la Ciudad lo presenta como un alivio, pero se trata del segundo régimen de regularización tributaria que abre en poco más de un año, una señal elocuente de cuántos vecinos quedaron atrás con sus obligaciones.
El plan de facilidades fue anunciado por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, y lo instrumenta la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP). Rige desde el jueves 15 de octubre y estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2026. Alcanza a las obligaciones del impuesto Inmobiliario/ABL y de Patentes vencidas antes del 1° de octubre de este año que todavía se encuentren en instancia administrativa.
Qué ofrece y con qué condiciones
El esquema tiene dos modalidades. Quien cancele la deuda al contado obtendrá la condonación total de los intereses y pagará solo el capital adeudado. Quien opte por las cuotas podrá distribuir el pago en hasta 12 mensualidades, con una quita del 50% de los intereses y sin intereses de financiación. Es decir, el beneficio pleno queda reservado para quienes tienen el dinero disponible para saldar todo de una vez.
El régimen tiene un tope de 5.940.000 pesos por partida o dominio y por impuesto, calculado sobre el capital original de la deuda, sin contar los intereses. Las deudas que ya pasaron a instancia judicial quedan fuera del esquema anunciado.
La adhesión es exclusivamente online, a través del Portal del Contribuyente de AGIP, en la sección «Planes de Facilidades». Allí hay que elegir el impuesto, revisar las obligaciones pendientes, optar por el contado o las cuotas e informar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta desde la que se harán los débitos. Los pagos se realizan únicamente por débito automático y es obligatorio contar con Domicilio Fiscal Electrónico. Esos requisitos pueden convertirse en una barrera para quienes no operan con cuentas bancarias o tienen dificultades con los trámites digitales.
El relato del alivio y la tasa atada a la inflación
Al presentar la medida, Macri la vinculó con otros cambios tributarios de su gestión: «Además de la baja histórica de patentes, a partir de ahora las familias porteñas con deuda de ABL y patentes tendrán nuevas herramientas para ponerse al día», sostuvo el jefe de Gobierno.
El anuncio omite el recorrido de la tasa en los últimos años. En 2024, la Legislatura porteña eliminó el tope de aumento del ABL, lo que permitió que la cuota de julio de ese año subiera un 14,1% respecto de junio. El bloque de Unión por la Patria votó en contra y reclamó una reforma integral del tributo. «La ciudad de Buenos Aires abandona a las pymes, los comercios y todo el sector productivo frente a una caída inédita de la actividad económica», advirtió entonces la legisladora Claudia Neira.
Para 2026, el Presupuesto porteño dispuso que el ABL se actualice solo por inflación, sin el coeficiente geográfico que regía hasta entonces. La ley obtuvo 38 votos del oficialismo, sus bloques aliados y La Libertad Avanza, frente a 21 votos negativos de Unión por la Patria y el Frente de Izquierda. El perdón de intereses llega, entonces, después de años en que la tasa siguió el ritmo de los precios mientras los ingresos de los hogares quedaban rezagados.
Moratoria tras moratoria
No es la primera vez que la Ciudad recurre a este instrumento. A fines de 2025, la AGIP puso en marcha una moratoria creada por la Ley 6.842 y reglamentada por la Resolución 461/2025, que abarcó a todos los tributos porteños, incluidos Ingresos Brutos, ABL y Patentes, para obligaciones vencidas antes del 31 de agosto de 2025. Aquel régimen ofrecía hasta 48 cuotas y condonación total de intereses para quienes adhirieran al contado en los primeros 30 días, con quitas decrecientes después. Fue prorrogado mediante nuevas resoluciones hasta el primer trimestre de 2026, y el organismo llegó a elevar de 200.000 a un millón de pesos el monto máximo para cancelar deudas con boleta única.
Antes, en 2022, la AGIP ya había habilitado otro plan con condonación del 100% de los intereses resarcitorios para pequeñas deudas canceladas en un solo pago. La sucesión de planes de pago muestra que la mora tributaria dejó de ser una excepción para transformarse en un problema estructural de las cuentas familiares porteñas.
Hogares endeudados en todos los frentes
El nuevo plan convive con el programa de refinanciación de deudas de tarjetas de crédito y préstamos personales creado por la Ley 6.959, impulsada originalmente por Leandro Santoro y reglamentada por el Gobierno porteño mediante el Decreto 248/2026. Ese esquema ofrece créditos con una tasa nominal anual fija con techo del 35% y un plazo mínimo de 24 meses para quienes tengan atrasos de entre 60 y 180 días, y la Defensoría del Pueblo porteña informó que la ventana para pedirlo sigue abierta hasta este viernes 17.
Que la Ciudad necesite, al mismo tiempo, un plan para las deudas impositivas y otro para las deudas con bancos dice mucho sobre el estado de los bolsillos porteños bajo el modelo económico de Javier Milei. El alivio sobre los intereses es real para quien pueda aprovecharlo, pero no resuelve la pregunta de fondo: por qué cada vez más familias no logran pagar a tiempo sus tributos básicos.
Lo que tenés que saber:
- El plan de la AGIP rige del 15 de octubre al 31 de diciembre de 2026 para deudas de ABL y Patentes vencidas antes del 1° de octubre.
- Al contado se condona el 100% de los intereses; en hasta 12 cuotas, la quita es del 50% y sin interés de financiación.
- El tope es de 5.940.000 pesos por partida o dominio y por impuesto, sobre el capital original, y solo para deudas en instancia administrativa.
- La adhesión es online, con débito automático por CBU y Domicilio Fiscal Electrónico obligatorio.
- Es el segundo régimen de regularización en un año, tras la moratoria de la Ley 6.842 lanzada a fines de 2025.
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