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Autorizaron el regreso del personal doméstico en la ciudad de Buenos Aires

Tras la publicación en el Boletín Oficial de la la Decisión Administrativa 1864/2020, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, se estableció el protocolo correspondiente.

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El personal doméstico que, a partir de este jueves, está habilitado para retomar sus tareas en la Ciudad de Buenos Aires podrá regresar al trabajo siempre y cuando tenga un solo empleador y bajo el cumplimiento del protocolo establecido para la actividad que establece cuidados básicos para evitar el contagio de coronavirus.

La aprobación de la actividad se realiza tras la publicación hoy en el Boletín Oficial de la la Decisión Administrativa 1864/2020, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y del ministro de Salud, Ginés González García, que lo siguiente:

– El empleador o la empleadora deberá garantizar el traslado de los trabajadores y de las trabajadoras sin utilización de transporte público de pasajeros, pudiendo utilizar taxis o vehículos de alquiler.

– Uso obligatorio de tapaboca, por parte del personal y de toda aquella persona que se encuentre presente al momento de la prestación de tareas.

– Higiene de manos de manera frecuente; principalmente, al ingreso al domicilio de trabajo, antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de ingerir alimentos, luego de tocar superficies de contacto frecuente (picaportes, barandas, manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales, etc) y después de utilizar instalaciones sanitarias.

– Mantener una distancia mínima de 2 metros con cualquier persona.

– Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.

– No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).

– No utilizar celular en la zona de trabajo. Si por necesidad es usado, se debe proceder automáticamente a una nueva higiene de manos y del artefacto.

– Si el trabajador tiene que salir en su horario laboral (a hacer compras, pasear mascotas, etc.) deberá en todas las oportunidades tomar los mismos recaudos detallados para el ingreso al domicilio.

– En caso de recibir compras a domicilio deberá desinfectar los paquetes.

– Se deberá realizar la limpieza de modo tal que reduzca la dispersión de polvo o suciedad que puedan contener microorganismos.

– Evitar actividades que favorezcan el levantamiento de partículas en suspensión, como escobas y aspiradoras.

– Se deberá limpiar y desinfectar en primer lugar superficies elevadas y superficies de alto contacto (picaportes, teclas de luz, timbre, perillas de horno, entre otras) y finalmente el suelo.

– En caso de manipular ropa sucia no se deberá sacudir, debiendo colocarla directamente en el lavarropas.

– Se deberá limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.

– La ropa que el personal utilice para trabajar será distinta de la utilizada para trasladarse a y desde el lugar de trabajo. Dicha vestimenta utilizada durante el desarrollo de la jornada laboral debe ser lavada con detergentes habituales a más de 60°C.

– Los elementos básicos de protección serán provistos por el empleador y deben ser preferentemente descartables o lavados diariamente con agua a 60°C y jabón. El trabajador o la trabajadora debe ser capacitado/a específicamente sobre su correcto uso.

– Uso de guantes de limpieza y mantener la limpieza de los depósitos de residuos con kit de desinfección.

– Se tendrá en cuenta que los detergentes eliminan la suciedad y la materia orgánica disolviendo el polvo, aceites o grasa, para luego facilitar su eliminación con el enjuague, por lo cual es importante lavar con detergente, luego enjuagar con agua limpia y desinfectar con hipoclorito de sodio al 10 % según sea el caso (método del doble balde/doble trapo).

– El empleador deberá establecer horarios de entrada y salida para el trabajador, donde haya menor aglomeración de personas en el domicilio.

– Ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en particular, al “Protocolo de manejo frente a casos sospechosos y confirmados de de Covid-19”, y en caso de confirmación del diagnóstico por la autoridad sanitaria, se procederá a tramitar la licencia del trabajador/a por enfermedad.

Buenos Aires

Devoto: la Justicia avaló traslados sin aviso en cárceles sobrepobladas

El juez Santiago Bignone rechazó el hábeas corpus colectivo por 326 presos trasladados de Devoto a Marcos Paz, aunque la fiscalía admitió que no se cumplieron los plazos de notificación. Las cárceles federales alojan 767 personas por encima de su capacidad.

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El Argentino Diario-Traslado presos Devoto.
Primero el traslado, después los derechos: la Justicia convalidó el cierre exprés de Devoto y los traslados masivos sin aviso.

La Justicia convalidó el vaciamiento a contrarreloj de la cárcel de Devoto aun cuando el propio Ministerio Público Fiscal reconoció que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no cumplió con los plazos de notificación que exige su protocolo de traslados. El aval judicial llegó en un sistema penitenciario federal que hoy aloja a 767 personas más de las que puede albergar.

El juez Santiago Bignone, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, rechazó el hábeas corpus colectivo y correctivo que la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) presentó en favor de 326 personas detenidas en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Villa Devoto, trasladadas al nuevo complejo de Marcos Paz. La resolución se alineó con la postura del fiscal Pablo Recchini, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°44.

El fallo se conoció mientras continúan los operativos de traslado. El Ministerio de Seguridad Nacional informó que en apenas dos días mudó 609 internos al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz, el 40% de la población del penal porteño, en el marco de la Resolución 1042/2026. La ministra Alejandra Monteoliva fijó como meta terminar el año con Devoto trasladado y cerrado.

Una admisión sin consecuencias

Durante las audiencias celebradas el domingo y el lunes, Recchini pidió rechazar las acciones. Su argumento contuvo una confesión: «si bien por razones de seguridad no se han dado cumplimiento con los plazos de las notificaciones, de manera alguna ello refleja un desmejoramiento de las condiciones de detención». La fiscalía admitió el incumplimiento del protocolo, pero no le asignó ninguna consecuencia.

El fiscal describió la situación como inédita y excepcional, porque no se trataba de un traslado ordinario sino de un operativo masivo vinculado con el cierre definitivo de un establecimiento. Sostuvo además que el objetivo era mejorar las condiciones de detención y que las autoridades penitenciarias trabajaban para garantizar la continuidad de los estudios y evaluar cómo hacer efectivas las salidas transitorias desde el nuevo complejo.

Bignone hizo suya esa lectura. Consideró que no se configuraba «una afectación colectiva actual ni un riesgo cierto e inminente de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención que justifique la adopción de las medidas generales pretendidas», aunque dejó a salvo «las responsabilidades que pudieran corresponder ante eventuales situaciones concretas que se verifiquen en el futuro». En los hechos, el control judicial quedó postergado para cuando el daño ya esté consumado.

Estudios universitarios en suspenso

La presentación de la PPN cuestionó que los traslados se realizaron «sin informar previamente a las defensas y a los juzgados y tribunales intervinientes los establecimientos de destino, en presunto incumplimiento del Protocolo de Traslado de Personas Privadas de su libertad en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal (SPF)». También advirtió sobre la posible interrupción de las carreras de quienes estudiaban en el Centro Universitario Devoto (CUD), en el marco del Programa UBA XXII, alojados mayoritariamente en los pabellones 50 y 52.

El juez respondió que «la invocación genérica de que los traslados podrían afectar los estudios universitarios no basta para acreditar, por sí sola, un agravamiento actual de las condiciones de detención, especialmente cuando se han previsto mecanismos para asegurar la continuidad educativa». Para eso ponderó informes del SPF y de las autoridades universitarias que daban cuenta de gestiones en curso. La continuidad educativa de cientos de estudiantes quedó sujeta a gestiones, no a garantías verificadas.

Los planteos individuales

El fallo también rechazó el reclamo en favor de Ricardo Castro Madrid, integrante de la denominada «Banda del Fal». Su defensa explicó que desde marzo de 2025 transitaba el Período de Prueba del régimen de progresividad y que desde noviembre de ese año estaba alojado en el pabellón 50 de Devoto, de régimen abierto y autodisciplina. En agosto, el Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 había limitado su eventual traslado a las unidades 19 o 33, que cuentan con ese mismo régimen. Bignone reconoció que el traslado podía incidir en las salidas transitorias concedidas, pero entendió que no se acreditaron circunstancias que exigieran una intervención urgente.

En cambio, declaró abstracto el hábeas corpus de Guillermo Antonio «Concheto» Álvarez, detenido desde 1996 y condenado a reclusión perpetua más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado por robo agravado, homicidio calificado reiterado en cuatro oportunidades y lesiones graves. Álvarez había sido trasladado a Marcos Paz y luego reintegrado a Devoto por orden judicial, por lo que el motivo del reclamo cesó.

Un sistema que no tiene dónde alojar a nadie

El contexto en el que se ejecuta el cierre de Devoto lo describe la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), a cargo del fiscal general Alberto Adrián María Gentili. Según su reporte sobre la población privada de libertad en cárceles federales entre enero y septiembre de 2026, en septiembre había 12.301 personas alojadas en establecimientos del SPF, 135 más que en diciembre de 2025 (un aumento del 1,1%).

La capacidad informada por el propio SPF es de 11.534 plazas. Eso arroja una sobrepoblación del 6,6%: 767 personas encerradas por encima del cupo disponible. La serie muestra que diciembre de 2025 cerró con 12.166 detenidos, que el pico se registró en mayo de 2026 con 12.347 y que el reporte de junio había contabilizado 12.319.

A fines de septiembre, días antes de iniciarse el operativo, el complejo de Devoto era el tercero más poblado del sistema, con 1.493 detenidos. Solo lo superaban el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con 1.916, y el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, con 1.876. Completaban la lista el Complejo VI de Mendoza, con 858, y el Complejo III del NOA, en Salta, con 587. Vaciar la tercera cárcel más poblada del país en plena sobrepoblación exige algo más que camiones y escoltas: exige controles que el fallo eligió no ejercer.

Los mayores incrementos del período se registraron en la Unidad 36 de Santa Fe, inaugurada en diciembre de 2024, que pasó de 334 a 449 detenidos, y en la Unidad 6 de Rawson, que subió de 441 a 489.

Más de un tercio, sin condena

El informe de la PROCUVIN también expone la situación procesal de la población encarcelada. En septiembre, el 64,6% (7.946 personas) tenía condena firme y el 35,4% (4.354) permanecía detenido en calidad de procesado. Respecto de diciembre de 2025, los condenados aumentaron un 3,5% (266 más) y los procesados disminuyeron un 2,9% (131 menos). Más de un tercio de quienes están presos en cárceles federales todavía no tiene una sentencia firme.

Lo que tenés que saber:

  • El juez Santiago Bignone rechazó el hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria por 326 presos trasladados de Devoto a Marcos Paz.
  • El fiscal Pablo Recchini admitió que, por razones de seguridad, no se cumplieron los plazos de notificación de los traslados.
  • En septiembre había 12.301 personas en cárceles federales para 11.534 plazas, una sobrepoblación del 6,6%.
  • Devoto era el tercer complejo federal más poblado, con 1.493 detenidos, antes del inicio del operativo.
  • El 35,4% de las personas detenidas en el SPF está procesada, sin condena firme.
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