CABA
Golpe a la Coparticipación: puntos clave del fallo de la Corte Suprema a favor de CABA
El máximo tribunal no resolvió la cuestión de fondo sino que por el momento avaló la medida cautelar pedida por el Gobierno porteño.
La Corte Suprema de Justicia dispuso hoy que el Gobierno Nacional le pague a la Ciudad de Buenos Aires el 2,95% de la masa de impuestos coparticipables, en el marco de la disputa entre ambas administraciones por el porcentaje correcto.
El máximo tribunal no resolvió la cuestión de fondo sino que por el momento avaló la medida cautelar pedida por el Gobierno porteño, que en términos prácticos hará que los pagos de ese 2,95% se hagan «en forma diaria y automática» por el Banco de la Nación Argentina y suspende la ley 27.606 que le otorgaba 2,32%.
La decisión fue firmada por los cuatro miembros del máximo tribunal luego de que la Ciudad y la Nación no lograran ponerse de acuerdo en el costo que implica la Policía Federal, cedida a la Ciudad en 2016.
El presidente Alberto Fernández sostuvo que el «tremendo» fallo «genera una enorme desigualdad entre la ciudad más suculenta del país y el resto del país».
«Sigo insistiendo en la necesidad de garantizar igualdad y federalismo: que todos tengamos las posibilidades de crecer y desarrollarnos», insistió el mandatario desde Formosa, donde encabezó un acto de entrega de viviendas.
Tras el fallo, el Presidente se reunirá mañana a las 12 con gobernadores en la Casa Rosada, según informaron a Télam de fuentes oficiales.
Por su parte, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, sostuvo que el fallo «defiende el federalismo» y anunció la eliminación de impuestos aplicados en el distrito desde el 2021 para compensar la quita.
El funcionario porteño indicó que «todo lo que la Corte nos devuelve los vamos a aplicar a la baja de impuestos», y anticipó que enviará un proyecto a la Legislatura porteña para la eliminación de la tasa sobre las tarjetas de crédito.
Más temprano, desde el Gobierno nacional habían considerado que, aunque el fallo aparenta ser «salomónico» -como ya señaló con anterioridad el ministro del Interior, Eduardo ‘Wado’ de Pedro- en el fondo se «beneficia» a la administración porteña.
Nación ya venía depositando un monto de 2,32% a CABA y si bien el 2,95% otorgado por la Corte Suprema es mucho menos que el 3,75% que el expresidente Mauricio Macri le había dado a la Ciudad, está por debajo del 3,5 que pedía la administración de Rodríguez Larreta.
Hace poco más de un mes, un funcionario de alto rango en la Casa de Gobierno había revelado a Télam que, durante las negociaciones llevadas adelante en Tribunales, la Corte había pedido que las partes acuerden en un punto intermedio, algo que fue rechazado por la Nación.
Los primeros en reaccionar públicamente contra el fallo fueron los gobernadores de Santiago del Estero y presidente del Norte Grande, Gerardo Zamora; y de La Rioja, Ricardo Quintela.
Para Zamora, «la ciudad más rica simplemente se burla» mientras que el federalismo «quedó pulverizado» con el fallo, mientras que Quintela calificó el fallo de «inconstitucional» y consideró que «va en contra del federalismo».
«El fallo de la Corte Suprema a favor de CABA en el reclamo por la coparticipación va en contra del federalismo y es inconstitucional ya que Capital Federal no es una provincia», publicó Quintela en su cuenta de Twitter.
Para el senador nacional por la ciudad de Buenos Aires Mariano Recalde (Frente de Todos), el fallo «solo beneficia el macrismo» y consideró que se trata de un «regalo de Navidad de la Corte Suprema para Larreta: más recursos para su campaña electoral», tras recordar que «durante los 4 años que se los apropió no invirtió en seguridad, y tampoco construyó escuelas, viviendas ni subtes para los porteños».
Macri, a poco de iniciar su gestión de gobierno, había subido la cuota porteña del 1,40 por ciento al 3,75, un incremento que, en septiembre de 2020, en la gestión del FdT, fue llevada al 2,32 por ciento.
Contra esa decisión recurrió a la Corte Rodríguez Larreta, por ser el máximo tribunal el que interviene en los juicios entre la Nación y las provincias.
Así se inició un proceso en el que la Corte convocó a las partes para que resolvieran sus diferencias y pusieran el porcentaje voluntariamente pero el intento fracasó.
La Ciudad le reclamó a la Nación que le pagara los «fondos retenidos» desde septiembre de 2020, más intereses, y señaló que «además de un perjuicio financiero, es una vulneración de la autonomía constitucional de la Ciudad Autónoma y resquebraja la situación de igualdad en que deben estar todos los actores del federalismo».
Para compensar esos fondos, la Ciudad dispuso un gravamen del 1,2 por ciento sobre todas las transacciones con tarjetas de crédito que se hicieran en la Ciudad, aunque Larreta prometió que se quitaría si recuperaba lo perdido.
A modo de aclaración, la Corte aseguró en el punto 10 del fallo que «la participación aquí discutida de la Ciudad de Buenos Aires en la masa total de recaudación a distribuir no afecta la coparticipación de las provincias».
«En efecto -continuaron los cuatro jueces-, sea cual fuere el resultado de este pleito los recursos coparticipados de las provincias no se verán afectados, pues la cuota correspondiente a la Ciudad de Buenos Aires se detrae únicamente de los fondos que le corresponden precisamente a la Nación en la distribución primaria».
En el escrito de veinte páginas, publicado hoy, la Corte consideró que «el Estado Nacional no puede reducir unilateralmente ex post facto el nivel de los recursos comprometidos para la financiación del gasto» de la Policía Federal.
Por contrapartida, «el Estado receptor no podría simplemente abandonar la prestación del servicio cuando, como en el caso de la seguridad pública, se trata de una prestación esencial para la vida colectiva de la comunidad y uno de los principales cometidos».
La Corte tuvo en cuenta que los decretos de Macri, subiendo la coparticipación de la Ciudad, para el Gobierno Nacional «solo buscaron favorecer a la Ciudad de Buenos Aires por afinidad político-partidaria, pero sin contar con respaldo jurídico, presupuestario o económico».
En la misma medida, tomó en cuenta el argumento de la Ciudad en el sentido de que los decretos del expresidente «son actos válidos dictados en cumplimiento de acuerdos entre el Estado Nacional y la Ciudad de Buenos Aires».
Ahora, sin plazos, Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda deberán resolver la cuestión de fondo y conexas, como por ejemplo el pago de intereses que reclama la Ciudad por el tiempo que operó el recorte de sus impuestos coparticipables.
Buenos Aires
Devoto: la Justicia avaló traslados sin aviso en cárceles sobrepobladas
El juez Santiago Bignone rechazó el hábeas corpus colectivo por 326 presos trasladados de Devoto a Marcos Paz, aunque la fiscalía admitió que no se cumplieron los plazos de notificación. Las cárceles federales alojan 767 personas por encima de su capacidad.
La Justicia convalidó el vaciamiento a contrarreloj de la cárcel de Devoto aun cuando el propio Ministerio Público Fiscal reconoció que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) no cumplió con los plazos de notificación que exige su protocolo de traslados. El aval judicial llegó en un sistema penitenciario federal que hoy aloja a 767 personas más de las que puede albergar.
El juez Santiago Bignone, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°60, rechazó el hábeas corpus colectivo y correctivo que la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) presentó en favor de 326 personas detenidas en el Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en Villa Devoto, trasladadas al nuevo complejo de Marcos Paz. La resolución se alineó con la postura del fiscal Pablo Recchini, a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°44.
El fallo se conoció mientras continúan los operativos de traslado. El Ministerio de Seguridad Nacional informó que en apenas dos días mudó 609 internos al Complejo Penitenciario Federal VIII de Marcos Paz, el 40% de la población del penal porteño, en el marco de la Resolución 1042/2026. La ministra Alejandra Monteoliva fijó como meta terminar el año con Devoto trasladado y cerrado.
Una admisión sin consecuencias
Durante las audiencias celebradas el domingo y el lunes, Recchini pidió rechazar las acciones. Su argumento contuvo una confesión: «si bien por razones de seguridad no se han dado cumplimiento con los plazos de las notificaciones, de manera alguna ello refleja un desmejoramiento de las condiciones de detención». La fiscalía admitió el incumplimiento del protocolo, pero no le asignó ninguna consecuencia.
El fiscal describió la situación como inédita y excepcional, porque no se trataba de un traslado ordinario sino de un operativo masivo vinculado con el cierre definitivo de un establecimiento. Sostuvo además que el objetivo era mejorar las condiciones de detención y que las autoridades penitenciarias trabajaban para garantizar la continuidad de los estudios y evaluar cómo hacer efectivas las salidas transitorias desde el nuevo complejo.
Bignone hizo suya esa lectura. Consideró que no se configuraba «una afectación colectiva actual ni un riesgo cierto e inminente de agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención que justifique la adopción de las medidas generales pretendidas», aunque dejó a salvo «las responsabilidades que pudieran corresponder ante eventuales situaciones concretas que se verifiquen en el futuro». En los hechos, el control judicial quedó postergado para cuando el daño ya esté consumado.
Estudios universitarios en suspenso
La presentación de la PPN cuestionó que los traslados se realizaron «sin informar previamente a las defensas y a los juzgados y tribunales intervinientes los establecimientos de destino, en presunto incumplimiento del Protocolo de Traslado de Personas Privadas de su libertad en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal (SPF)». También advirtió sobre la posible interrupción de las carreras de quienes estudiaban en el Centro Universitario Devoto (CUD), en el marco del Programa UBA XXII, alojados mayoritariamente en los pabellones 50 y 52.
El juez respondió que «la invocación genérica de que los traslados podrían afectar los estudios universitarios no basta para acreditar, por sí sola, un agravamiento actual de las condiciones de detención, especialmente cuando se han previsto mecanismos para asegurar la continuidad educativa». Para eso ponderó informes del SPF y de las autoridades universitarias que daban cuenta de gestiones en curso. La continuidad educativa de cientos de estudiantes quedó sujeta a gestiones, no a garantías verificadas.
Los planteos individuales
El fallo también rechazó el reclamo en favor de Ricardo Castro Madrid, integrante de la denominada «Banda del Fal». Su defensa explicó que desde marzo de 2025 transitaba el Período de Prueba del régimen de progresividad y que desde noviembre de ese año estaba alojado en el pabellón 50 de Devoto, de régimen abierto y autodisciplina. En agosto, el Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 había limitado su eventual traslado a las unidades 19 o 33, que cuentan con ese mismo régimen. Bignone reconoció que el traslado podía incidir en las salidas transitorias concedidas, pero entendió que no se acreditaron circunstancias que exigieran una intervención urgente.
En cambio, declaró abstracto el hábeas corpus de Guillermo Antonio «Concheto» Álvarez, detenido desde 1996 y condenado a reclusión perpetua más la accesoria de reclusión por tiempo indeterminado por robo agravado, homicidio calificado reiterado en cuatro oportunidades y lesiones graves. Álvarez había sido trasladado a Marcos Paz y luego reintegrado a Devoto por orden judicial, por lo que el motivo del reclamo cesó.
Un sistema que no tiene dónde alojar a nadie
El contexto en el que se ejecuta el cierre de Devoto lo describe la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), a cargo del fiscal general Alberto Adrián María Gentili. Según su reporte sobre la población privada de libertad en cárceles federales entre enero y septiembre de 2026, en septiembre había 12.301 personas alojadas en establecimientos del SPF, 135 más que en diciembre de 2025 (un aumento del 1,1%).
La capacidad informada por el propio SPF es de 11.534 plazas. Eso arroja una sobrepoblación del 6,6%: 767 personas encerradas por encima del cupo disponible. La serie muestra que diciembre de 2025 cerró con 12.166 detenidos, que el pico se registró en mayo de 2026 con 12.347 y que el reporte de junio había contabilizado 12.319.
A fines de septiembre, días antes de iniciarse el operativo, el complejo de Devoto era el tercero más poblado del sistema, con 1.493 detenidos. Solo lo superaban el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza, con 1.916, y el Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, con 1.876. Completaban la lista el Complejo VI de Mendoza, con 858, y el Complejo III del NOA, en Salta, con 587. Vaciar la tercera cárcel más poblada del país en plena sobrepoblación exige algo más que camiones y escoltas: exige controles que el fallo eligió no ejercer.
Los mayores incrementos del período se registraron en la Unidad 36 de Santa Fe, inaugurada en diciembre de 2024, que pasó de 334 a 449 detenidos, y en la Unidad 6 de Rawson, que subió de 441 a 489.
Más de un tercio, sin condena
El informe de la PROCUVIN también expone la situación procesal de la población encarcelada. En septiembre, el 64,6% (7.946 personas) tenía condena firme y el 35,4% (4.354) permanecía detenido en calidad de procesado. Respecto de diciembre de 2025, los condenados aumentaron un 3,5% (266 más) y los procesados disminuyeron un 2,9% (131 menos). Más de un tercio de quienes están presos en cárceles federales todavía no tiene una sentencia firme.
Lo que tenés que saber:
- El juez Santiago Bignone rechazó el hábeas corpus colectivo de la Procuración Penitenciaria por 326 presos trasladados de Devoto a Marcos Paz.
- El fiscal Pablo Recchini admitió que, por razones de seguridad, no se cumplieron los plazos de notificación de los traslados.
- En septiembre había 12.301 personas en cárceles federales para 11.534 plazas, una sobrepoblación del 6,6%.
- Devoto era el tercer complejo federal más poblado, con 1.493 detenidos, antes del inicio del operativo.
- El 35,4% de las personas detenidas en el SPF está procesada, sin condena firme.
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