CABA
Quién era Facundo Molares Schoenfeld, la nueva víctima de la policía porteña
El joven que resultó muerto tras una brutal represión de la Policía de Larreta este jueves en pleno centro porteño albergaba una vasta historia de compromiso social.
Facundo Molares Schoenfeld, fallecido en el marco de una brutal represión policial en el centro porteño, fue uno de los extranjeros –en este caso argentino– que decidió involucrarse en el conflicto sociopolítico colombiano, al cual entregó 15 años de su juventud integrando las FARC.
Molares había señalado que internarse en la selva colombiana siguiendo una causa le había dado una “enorme alegría”. No obstante, respecto de esa elección, también reconocía a este medio: «Duele el sacrificio. No es gratis, perdés todo. Yo no tengo familia, hijos, casa, auto. Nada. Tengo 300 libros que son todos mis bienes. Y un cepillo de dientes que cambio cada tres meses».
En tren de dar cuenta de las cosas que lo movilizaban en el sentido que él eligió, Molares había agregado: «De pibe miraba los chicos comiendo la basura y decía, ¿por qué? La gente viviendo en la calle entre cartones, ¿por qué tiene que pasar esto?». Esas preguntas lo llevaron a buscar lo que llamaba «cambios de raíz».
El origen de la militancia
Criado en la localidad bonaerense de José C. Paz, Molares Schoenfeld pasó allí su infancia hasta que su familia decidió instalarse en Trevelin, Chubut, donde terminó la escuela secundaria.
Sus propias inquietudes y la influencia de su padre Hugo – que durante la dictadura militar atravesó las penurias propias de su rol como delegado de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE)– lo incentivaron a volcarse a la militancia política y sumarse a la Federación Juvenil Comunista.

«A los 18 volví a Buenos Aires. Viví con una chica, nos separamos, trabajé de mozo, después no tuve laburo y tenía unos pesos guardados. Había pasado el 2001 y dije ‘otra crisis como esta no'», recordó sobre la «combinación de cuestiones» que promovió su viaje a Colombia, una decisión que, pese a todo, le «costó mucho».
A sus 25 años, Molares se contactó con un representante de las FARC que visitó Argentina en 2002 y ese encuentro derivó en su viaje a la selva colombiana, donde desempeñó tareas como organizador político, colaborador en la asistencia a campesinos y en el armado de centros estudiantiles y del movimiento obrero.
El regreso a la Argentina
Molares regresó al país y se radicó en la casa de su padre, en la localidad de Trevelin, donde intentaba rehacer su vida hasta que el 7 de noviembre de 2021 fue detenido por la Policía Federal a partir de una orden de Interpol, en base a un pedido de arresto del Poder Judicial de Colombia.
El ex FARC era acusado del secuestro del concejal Armando Acuña, ocurrido en marzo de 2009 en el suroeste colombiano, y pasó casi ocho meses preso en la Unidad Penitenciaria Federal Nº 6 de Ezeiza a la espera del veredicto del juicio por su extradición al país cafetero.

«Los hechos por los que se me acusaba tenían que ver con el conflicto armado y eso lo puede investigar sólo la JEP», recordó.
El jueves 8 de julio de 2021 los abogados de Molares fueron notificados por la JEP de su rechazo al pedido de extradición, lo que provocó que el 29 de julio del 2022 el juez federal de Esquel Guido Otranto ordenara finalmente su excarcelación.
El inesperado final
Pese a que decidió volver a la Argentina y abandonar aquella lucha puntual, en su charla con Télam Molares aseguró que «en ningún momento» dejaría la militancia política porque eso ya sería «traicionarse» a sí mismo.
«Empezar una fuerza política es muy difícil, cuesta. Con poca gente, pocos cuadros y poca plata. No tenés nada firme a lo que asirte, pero vamos», dijo Molares, que actualmente forma parte del Movimiento de Rebelión Popular, un agrupamiento que se separó del Partido Comunista.
«Hay un desencanto y la juventud está siempre en búsqueda» había comentado en oportunidad de la entrevista, sin imaginar el trágico final que encontraría en la tarde de este jueves al pie del Obelisco, en pleno centro porteño.
CABA
La Fiscalía apeló el fallo de la jueza que desafió la baja de la edad de imputabilidad
El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad cuestionó punto por punto la resolución de la jueza Laura de Marinis, que declaró inconstitucional el nuevo régimen penal juvenil y sobreseyó a un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo. También pidió que sea apartada de la causa.
Un adolescente de 14 años acusado de intentar robar un celular el 10 de septiembre quedó en el centro de un debate jurídico y político que sacudió a la Ciudad de Buenos Aires: la jueza que debía juzgarlo declaró inconstitucional la ley que lo habilitaba a ser imputado y lo sobreseyó. La decisión no tardó en encender alarmas en la Fiscalía.
Los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra, de la Unidad Fiscal Especializada en Materia Penal Juvenil, apelaron este martes la resolución de la jueza Laura de Marinis, titular del Juzgado en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas Nº3 de la Ciudad de Buenos Aires, que el lunes anterior había declarado la inconstitucionalidad del artículo 1° de la Ley 27.801 y ordenado el sobreseimiento del menor identificado como M.I.A., el único de los cuatro imputados en la causa que recibió esa medida. Junto con la apelación, los fiscales solicitaron además que la magistrada sea apartada del expediente.
Los seis argumentos de la Fiscalía
El escrito de apelación presentado por Tereszko y Raffa Pirra articuló seis cuestionamientos centrales al fallo. El primero apunta a la ausencia de identificación de la norma constitucional o convencional que habría sido vulnerada por la Ley 27.801, lo que los fiscales consideran un vicio de fundamentación esencial en toda declaración de inconstitucionalidad.
El segundo cuestionamiento apunta a la errónea atribución de fuerza vinculante a las Observaciones del Comité de los Derechos del Niño de la ONU. Según el escrito, la jueza trató esas recomendaciones internacionales como si fueran normas obligatorias de aplicación directa, cuando no tienen ese rango en el ordenamiento jurídico argentino.
El tercer punto cuestiona la aplicación infundada del principio de no regresividad, mientras que el cuarto señala una confusión conceptual entre responsabilidad penal, proceso y proporcionalidad de la respuesta, a la que suma una invasión de la esfera de decisión que le corresponde al Ministerio Público Fiscal. El quinto argumento denuncia una invasión de la competencia legislativa con una consecuencia jurídica insuficientemente fundada. El sexto señala una contradicción interna del razonamiento entre el análisis abstracto de la norma y la solución concreta adoptada para el caso.
«En síntesis, la decisión recurrida que declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la LN 27.801 se apoya en fundamentos aparentes y no constituye derivación razonada del derecho vigente y, en consecuencia, corresponde su descalificación como acto jurisdiccional válido en los términos de la doctrina sobre arbitrariedad de sentencia», concluye el escrito de los fiscales.
El juzgado salió a aclarar el alcance del fallo
Ante el escándalo generado, el propio juzgado emitió un comunicado para limitar el alcance de la resolución. «La declaración de inconstitucionalidad efectuada en la resolución se circunscribe exclusivamente a este caso y a este adolescente, en atención a las particulares circunstancias acreditadas en el expediente», aclaró el tribunal. Y agregó: «La resolución no importa una declaración general de inconstitucionalidad de la ley, sino el análisis de su aplicación en las circunstancias concretas sometidas a decisión judicial.»
El caso involucra a M.I.A., de 14 años, imputado junto a otras tres personas por tentativa de robo cometida el 10 de septiembre. Con la sanción de la Ley 27.801, los jóvenes de 14 años pasaron a ser punibles bajo el nuevo régimen penal juvenil impulsado por el gobierno de Javier Milei, una de las medidas más debatidas en materia de seguridad del año en curso y eje de un intenso debate legislativo en el que los defensores de la baja de la edad de imputabilidad presentaron el nuevo marco como una respuesta al delito juvenil.
El fondo del debate: ¿punir o proteger?
La resolución de De Marinis es la primera impugnación judicial de fondo al nuevo régimen penal juvenil desde su entrada en vigor y coloca en el centro de la escena una tensión que atraviesa hace décadas el sistema de justicia juvenil argentino: la de si la respuesta al delito cometido por menores debe orientarse hacia la sanción penal o hacia la protección integral del niño, en línea con la Convención sobre los Derechos del Niño, tratado de rango constitucional desde 1994.
La jueza consideró que aplicar la nueva ley al caso concreto implicaba una violación de derechos fundamentales del adolescente. La Fiscalía, en cambio, sostiene que esa ponderación no le corresponde al juzgado sino al legislador, y que la magistrada invadió competencias que no le son propias. La Cámara deberá resolver si ese razonamiento es jurídicamente válido o si, como argumentan los fiscales, se trata de una sentencia arbitraria.
Lo que tenés que saber
- La jueza Laura de Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años imputado por tentativa de robo en CABA.
- Los fiscales Mauro Tereszko y Paula Raffa Pirra apelaron el fallo y pidieron además el apartamiento de la magistrada.
- La apelación identifica seis vicios en la resolución, entre ellos ausencia de norma constitucional vulnerada, errónea aplicación del derecho internacional y contradicción interna del razonamiento.
- El juzgado aclaró que la declaración de inconstitucionalidad no es general sino acotada al caso concreto y a las circunstancias del expediente.
- La decisión de la Cámara definirá si el nuevo régimen penal juvenil resiste el escrutinio judicial o si el debate vuelve a la arena legislativa.
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