Economía 💲
Massa se alínea con Cristina y critica el aumento de las prepagas
“Comparto filosóficamente lo que dice el tuit”, asintió el ministro de Economía y planteó un nuevo sistema.
El ministro de Economía, Sergio Massa, manifestó que el Gobierno nacional evalúa impulsar en 2023 «un nuevo modelo de sistema de salud» para las empresas de medicina prepaga, en el que «el cobro está asociado a las tasas de uso».
En declaraciones formuladas a El Destape Radio, Massa aseguró que «hay un vencimiento del actual esquema en diciembre próximo, y hay que pensar en un nuevo modelo de sistema de salud, donde el cobro esté asociado a las tasas de uso«.
Massa agregó que los incrementos que tuvieron las prepagas en el último año estuvieron «por encima del promedio» porque responden a «lo que dice la resolución» vigente, que vence a fin de año.
El miércoles pasado, la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner cuestionó hoy la autorización de un aumento en las cuotas de medicina prepaga que comenzará a regir en diciembre próximo al señalar que afecta a las familias «en un servicio imprescindible como el de la salud».
«Resulta francamente inaceptable este nuevo aumento, esta vez de dos dígitos (13,8%), que el Gobierno autorizó a las empresas de medicina prepaga, y que, de esta manera, suman el 114% anual de aumento otorgado. O sea, más de un 20% sobre la inflación anualizada«, afirmó la Vicepresidenta en su cuenta de Twitter.
Cristina señaló que «oportuna y reservadamente» manifestó su «opinión contraria a seguir concediendo aumentos que afectan a las familias argentinas en un servicio imprescindible como el de la salud y que además agrava al proceso inflacionario«.
“Comparto filosóficamente lo que dice el tuit”, dijo este lunes Sergio Massa.
El incremento, que será del 13,8% y regirá a partir del próximo 1 de diciembre, se sumará a las subas implementadas en los meses de octubre (11,53%), agosto (11,34%), julio (4%), junio (10%), mayo (8%), abril (6%), marzo (6%) y enero (9%).
De esta forma, en diciembre las prepagas modificarán sus cuotas por novena vez en el año.
Desregulación
Qué cambios se vienen en el mercado eléctrico: más margen para generadoras y apertura a grandes usuarios
La Resolución 293/2026 amplía el margen de las generadoras para declarar sus costos, adelanta de 2030 a 2029 el fin de los topes de contratación y habilita el ingreso mensual de grandes usuarios al mercado mayorista. El texto no estima efectos sobre tarifas ni sobre los usuarios.
La Secretaría de Energía amplió el margen con el que las generadoras declaran sus costos y adelantó de 2030 a 2029 el fin de los topes para contratar energía con grandes usuarios, en una nueva etapa de la reforma del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). Además, reemplazó las ventanas trimestrales de ingreso de grandes consumidores por un trámite mensual.
La Resolución 293/2026, firmada el 20 de octubre por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y publicada el 21 en el Boletín Oficial, modifica las “Reglas para la Normalización del MEM y su Adaptación Progresiva”, que la Resolución 400/2025 había aprobado en octubre de 2025. Entró en vigencia el día de su publicación. Los considerandos justifican el cambio en la búsqueda de más competencia por el despacho, un mercado de contratos con mayor profundidad y menos trabas para la demanda industrial y comercial.
Costos variables: más margen hacia abajo, menos hacia arriba
Para los generadores con gestión propia de combustible, la resolución mantiene durante 2026 los límites vigentes para declarar el Costo Variable de Producción (CVP). Las nuevas bandas rigen para ese régimen y no para todos los generadores. Desde 2027, el límite inferior será el 50% del valor de referencia y desde 2028 bajará al 25%. En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% en 2027 y al 10% desde 2028.
El texto sostiene que ampliar el piso permite a las empresas expresar sus condiciones económicas y competir por el despacho, sin obligarlas a declarar costos menores. Mantiene el principio de despacho al mínimo costo de operación y falla y deja en 0% el adicional máximo para el denominado GN Acuerdo. La norma amplía el espacio para que las empresas compitan por el despacho, pero no demuestra que esa flexibilidad vaya a traducirse en tarifas más bajas. Los resultados dependerán de cómo se presenten las ofertas y de la evolución efectiva del mercado.
Contratos: de 20% a 60%, a 80% y sin tope
La resolución también acelera el cronograma del Mercado a Término para la generación térmica al Spot y la hidroeléctrica al Spot no comprendida en la Generación Asignada, con ingreso anterior al 1 de enero de 2025. El porcentaje máximo de la producción mensual que puede comprometerse con grandes usuarios del MEM se mantiene en 20% hasta el 31 de marzo de 2027, sube a 60% desde el 1 de abril de 2027 y a 80% desde el 1 de abril de 2028. Desde el 1 de enero de 2029 se eliminan esas restricciones porcentuales; las reglas originales preveían eliminarlas desde el 1 de enero de 2030.
Esas centrales conservan la posibilidad de contratar toda su producción mensual con distribuidores para la Demanda Estacionalizada No Cubierta. Las centrales hidroeléctricas alcanzadas podrán además contratar con distribuidores, para abastecer a sus Grandes Usuarios de Distribución (GUDI), sin limitación porcentual específica. La liberalización define cuánta energía pueden comprometer las centrales, no cuánta van a contratar.
Grandes usuarios: ingreso mensual desde el 1 de diciembre
El cambio más inmediato alcanza a los Grandes Usuarios Mayores y Menores (GUMA y GUME). El procedimiento simplificado reemplaza las ventanas trimestrales por una incorporación mensual y se aplicará desde el 1 de diciembre de 2026, de modo que las primeras solicitudes presentadas ese mes corresponderán al Mes de Aprobación de enero de 2027. También rige para los GUDI, es decir, las demandas de 300 kW o más por punto de suministro, que soliciten ingresar como GUMA o GUME.
Las solicitudes deberán presentarse ante CAMMESA, que cumple la función de organismo encargado del despacho, hasta el último día hábil del mes anterior al Mes de Aprobación. CAMMESA tendrá diez días hábiles para verificar los requisitos e informar a la Secretaría de Energía, que dispondrá de hasta tres días hábiles para publicar cada solicitud en el Boletín Oficial durante dos días hábiles. En ese lapso, los agentes del mercado podrán presentar objeciones fundadas.
Una objeción fundada suspende solo la solicitud cuestionada y pasa al Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE), que deberá resolverla en veinte días corridos; si no se expide en ese plazo, la objeción se entiende válida. La resolución dejó de exigir, para el ingreso, la copia sellada de la nota enviada a la distribuidora, y permite los cambios mensuales entre GUMA y GUME con un período mínimo de permanencia de un año en la categoría vigente. Mantuvo plenamente vigente el régimen de Grandes Demandas (XDEM) aprobado el 24 de septiembre.
Qué no dice la resolución
La apertura contractual puede reducir tiempos administrativos para industrias y grandes comercios, pero la resolución no estima su impacto en los precios, la calidad del servicio ni la distribución de costos. Esos efectos quedarán sujetos a la implementación y al control regulatorio, y CAMMESA deberá realizar las adecuaciones técnicas, comerciales e informáticas necesarias y publicar en su sitio web los requisitos, formularios y fechas límite.
Lo que tenés que saber:
- La Resolución 293/2026 se firmó el 20 de octubre, se publicó el 21 y rige desde esa fecha.
- Desde 2027, el piso del CVP será 50% del valor de referencia (25% desde 2028) y el techo bajará a 17,5% (10% desde 2028).
- El tope de contratación de las centrales alcanzadas subirá de 20% a 60% en abril de 2027 y a 80% en abril de 2028, y se eliminará en enero de 2029.
- El ingreso de GUMA y GUME pasará de ventanas trimestrales a un trámite mensual desde el 1 de diciembre de 2026.
- La norma no estima efectos sobre tarifas, calidad del servicio ni distribución de costos.
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