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Prisión preventiva para el pibe que golpeó al playero en Monserrat

El joven se negó a declarar ante el fiscal, quien posteriormente solicitó la prisión preventiva del imputado por la “tentativa de homicidio”.

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La Justicia de Menores porteña dictó la prisión preventiva por 60 días para el adolescente de 17 años que se entregó ayer luego de permanecer prófugo desde noviembre del año pasado tras golpear y dejar malherido al playero de un estacionamiento del barrio de Monserrat, informaron hoy fuentes judiciales.

La medida ordenada por la jueza de Menores porteña Carla Cavalliere recayó sobre el adolescente de la comunidad gitana, identificado con las iniciales C.M.A. por ser menor de edad, quien tenía pedido de captura nacional e internacional por el ataque cometido contra Arturo López (66), un playero al que derribó de una trompada tras una discusión ocurrida el 19 de noviembre último en un estacionamiento situado en la calle Moreno al 800.

Voceros judiciales informaron a Télam que C. M. A. se negó a declarar ayer por la tarde ante el fiscal a cargo de la causa, Mauro Tereszco, quien posteriormente solicitó la prisión preventiva del imputado por la “tentativa de homicidio”.

Finalizada la audiencia de ayer, donde se formalizó el pedido del fiscal Tereszco, la jueza Cavalliere dictó la prisión preventiva para el adolescente por el plazo de sesenta días, el máximo legal permitido en el caso de menores de edad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

De acuerdo a lo informado, en la audiencia donde se trató la prisión preventiva C. M. A. prestó declaración ante la magistrada y fue asistido por la Defensa Pública Oficial, especializada en la materia penal juvenil.

El adolescente de 17 años será alojado en un centro socio-educativo de régimen cerrado determinado por el organismo técnico correspondiente del Consejo de Derechos del Niño, y quedará a disposición del Juzgado de Menores interviniente.

C. M. A. se presentó ayer a las 0.15 de manera espontánea en la División Enlace Institutos Alojamiento de Menores, situada en la calle Teniente General Juan Domingo Perón 2048, en el barrio de Balvanera.

El hecho ocurrió hace más de 5 meses. El hombre sigue internado.

Tras pasar más de cinco meses prófugo y a pesar de que su padre dijo que no se iba a presentar ante las autoridades «a menos de que le den garantías judiciales», el adolescente optó por entregarse días antes de cumplir la mayoría de edad, el 11 de mayo próximo.

Fuentes judiciales confirmaron a Télam que el adolescente se encontraba escondido en una comunidad gitana de la localidad bonaerense de General Rodríguez, contradiciendo las versiones de su padre, quien había dicho días atrás a esta agencia que se hallaba oculto en Uruguay.

Esta versión fue desestimada por los investigadores, quienes aclararon que esas declaraciones tuvieron el objetivo de «despistar».

«Ya estaba totalmente cercado porque teníamos las celdas y las escuchas telefónicas. Estábamos esperando una orden judicial para hacer nuevos allanamientos y poder proceder con la detención. Entonces decidieron presentarse porque se vieron totalmente acorralados», indicó a Télam una fuente judicial con acceso a la causa.

Ante esta situación, una de las hijas del playero López, manifestó a Télam que la detención de C.M.A. fue una «sorpresa» y que «es una muy buena noticia para la familia».

«Nos enteramos a primera hora. Esto es algo que me pone contenta. Pero bueno, aliviada al 100 por ciento voy a estar cuando mi papa esté recuperado y teniendo la vida que tenía antes», dijo Agostina López (23).

Mientras tanto, Arturo López continúa en rehabilitación e internado y, según contó Agostina, «no va a volver a ser nunca el que fue».

«Continúa con la rehabilitación física y cognitiva» en el Hospital Fitz Roy, ubicado en el barrio de Palermo, pero que se desconoce «cuánto va a llevar su recuperación o si le quedará alguna secuela física permanente», relató la joven, que dijo que todavía no le comunicaron a Arturo que su agresor fue detenido.

«Por el momento no es necesario comunicárselo. No sabemos si va a poder comprender la situación del todo», añadió Agostina.

El hecho ocurrió el viernes 19 de noviembre del 2021, cerca de las 17, en el garaje de la calle Moreno al 800, cuando López fue increpado por un adolescente que, según testigos, le reclamaba por un rayón que tenía su vehículo.

En las imágenes de la cámara de seguridad que se difundieron se observa cómo el agresor, acompañado por otros dos jóvenes y su madre, golpea a López en el lado izquierdo de la cara, por lo que el hombre cae e impacta fuertemente contra el suelo, tras lo cual queda inconsciente en el lugar.

DDHH

La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH

El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.

El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.

La prueba que los tribunales locales no evaluaron

En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.

La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.

La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.

Arbitrariedad y garantías constitucionales

El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.

Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.

De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.

El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
  • El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
  • Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
  • La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
  • Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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