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Judiciales ⚖️

La Corte priorizó la «memoria social» ante el Derecho al Olvido otorgado por segunda instancia a Natalia Denegri

La empresaria, radicada en EEUU, reclamó que el caso le generaba una revictimización y estigmatización, con el argumento de que se había expuesto siendo menor de edad, que era vulnerable, que había pasado cosas “horribles” y que tenía derecho a olvidar.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó , en forma unánime, la sentencia que favorecía a la empresaria Natalia Denegri en la demanda que presentó contra buscadores de internet en pos del llamado «derecho al olvido», en una resolución en la que el máximo tribunal ponderó el derecho a la información y la libertad de expresión.

Invocando el “derecho al olvido”, Denegri había reclamado que se quiten de los buscadores de internet las notas y videos que hacen referencia a su vinculación con el denominado “caso Coppola”.

En las instancias inferiores a la Corte se había avalado el reclamo de Denegri para que el buscador Google retirara escenas, video y reportajes “obtenidos hace 20 años o más”, que la vinculaban con ese caso de gran trascendencia pública sobre posibles infracciones a la Ley de Estupefacientes.

Años después de sus apariciones públicas, Denegri se radicó en Estados Unidos y reclamó que el caso le generaba una revictimización y estigmatización, con el argumento de que se había expuesto siendo menor de edad, que era vulnerable, que había pasado cosas “horribles” y que tenía derecho a olvidar.

La Corte, en un fallo unánime firmado por todos sus jueces, destacó la importancia de la libertad de expresión, el derecho de las personas de emitir y expresar el pensamiento, y el que tiene la sociedad a la información en un estado democrático.

Pero advirtió que, por falta de transparencia (consideró que deberían ser “más entendibles”), los algoritmos de los motores de búsqueda pueden afectar la libertad y resaltó el creciente uso de herramientas de tecnología informática y de sistemas que podrían incluirse dentro de la categoría “Inteligencia Artificial” (IA).

Para el máximo tribunal, la libertad de expresión comprende el derecho de transmitir ideas, hechos y opiniones a través de internet y los motores de búsqueda, herramienta que se ha convertido en un gran foro público por las facilidades que brinda para acceder a información.

La Corte evaluó que Denegri es una persona pública que cobró notoriedad en esa época, y se expuso voluntariamente a los programas de televisión que transmitían un caso que tuvo “gran interés público en la sociedad”.

Sostuvo que el paso del tiempo de una noticia o información que formó parte del debate público no justifica su eliminación, porque se pondría en riesgo la historia y el ejercicio de la memoria social que se nutre de los diferentes hechos de la cultura, aun cuando el pasado se refleje como inaceptable para los estándares de la actualidad.

Sin rechazar el “Derecho al Olvido”, la Corte afirmó que no se presenta en este caso y agregó que tampoco está vedada la posibilidad de acciones preventivas -excepcionales- pidiendo el bloqueo contra los motores de búsqueda si se prueba la ilicitud de los contenidos.

CABA

Menos psicopedagogos, más policías: la escuela porteña deja de ser un lugar de cuidado

El protocolo porteño habilita el ingreso de la Policía de la Ciudad a las escuelas a pedido de los directivos, por orden judicial o por fuerza mayor. Ninguna ley lo impedía, pero la comunidad educativa lo defendió como una conquista democrática.

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La Policía de la Ciudad tiene, desde este lunes, una puerta formal para entrar a las escuelas porteñas. El nuevo protocolo del gobierno de Jorge Macri convierte en norma escrita lo que durante décadas la comunidad educativa resistió: la presencia de uniformados dentro de las aulas como respuesta a los conflictos escolares. La intervención policial podrá darse a pedido del propio colegio a través del 911, por orden judicial o por razones de fuerza mayor ante un riesgo inminente.

La habilitación forma parte de la Resolución Conjunta N.º 1/MEDGC/26, publicada en el Boletín Oficial porteño con la firma de los ministerios de Educación, Justicia y Seguridad de la Ciudad y del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. La norma adapta las escuelas al nuevo Régimen Penal Juvenil (Ley 27.801), vigente desde el 5 de septiembre, e impone a los directivos el deber de denunciar ante la Justicia a estudiantes desde los 14 años por hechos que pudieran constituir delitos, incluso fuera del establecimiento. El documento trascendió el fin de semana, cuando Federico Puy, secretario general adjunto de Ademys, lo difundió en su cuenta de X.

Un límite sin ley, pero con memoria

La frontera entre la escuela y la policía nunca estuvo escrita en una ley para los niveles obligatorios. El Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) lo explicó en sus recomendaciones sobre policías en las escuelas: a diferencia de lo que ocurre con las universidades públicas, no existen normas en la Ciudad ni en la provincia de Buenos Aires que impidan a la policía ingresar a un establecimiento escolar, aunque sí hubo proyectos de ley que nunca fueron tratados. La única prohibición expresa es el artículo 31 de la Ley de Educación Superior, que veda el ingreso de la fuerza pública a las universidades nacionales sin orden judicial o pedido de sus autoridades.

Lo que sostuvo ese límite fue otra cosa: la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley 26.061 de Protección Integral y un consenso político y pedagógico construido desde 1983. La escuela democrática se pensó como un espacio de cuidado, justamente porque la dictadura la había convertido en territorio de vigilancia. El régimen militar difundió en 1977 el folleto “Subversión en el ámbito educativo (conozcamos a nuestro enemigo)”, que ordenaba a docentes y directivos detectar al “enemigo” entre sus alumnos; y en septiembre de 1976, en La Plata, un grupo de estudiantes secundarios que habían reclamado por el boleto estudiantil fue secuestrado en lo que se conoce como la Noche de los Lápices.

La escalada porteña

El protocolo actual no nació de la nada. El 28 de marzo de 2018, durante la gestión de Horacio Rodríguez Larreta, el Ministerio de Seguridad porteño aprobó mediante la Resolución 86/2018 un “Protocolo de Ingreso a los Establecimientos Educativos de la Ciudad de Buenos Aires”, que nunca se publicó en el Boletín Oficial.

Según el texto filtrado por UTE, su primer artículo establecía que “el personal policial podrá ingresar a los edificios o inmuebles escolares cuando sea requerida su presencia por alguno de los miembros del equipo de conducción del establecimiento”.

Llegó apenas 40 días después del protocolo antitomas impulsado por la entonces ministra de Educación, Soledad Acuña, y el entonces secretario de Seguridad, Marcelo D’Alessandro, se negó a hacer público su anexo con el argumento de que solo servía a los efectos “de la comunicación interna” de la fuerza.

Ese mismo año, Ademys denunció que, el día previo al tratamiento del aborto legal en Diputados, la policía entró a una escuela secundaria tomada para desalojar a los estudiantes. En 2022, frente a nuevas intervenciones, el secretario adjunto de UTE, Eduardo López, lo resumió en una frase: “La escuela no es un lugar para la Policía”.

El paso siguiente llegó en abril de este año. Tras la ola de amenazas de tiroteos que se multiplicó en todo el país después del ataque en una escuela de San Cristóbal, Santa Fe, el 30 de marzo, el gobierno porteño activó un protocolo que dispuso que, ante una denuncia realizada por la escuela o por un tercero, el equipo directivo deberá permitir el ingreso de la Policía al establecimiento. La ministra de Educación porteña, Mercedes Miguel, lo justificó así: “La respuesta tiene que ser, al mismo tiempo, seguridad y formación. Protocolo y acompañamiento. Consecuencia y reparación”. Estudiantes, familias y docentes respondieron entonces con una consigna que hoy vuelve a circular: “No a la policía en las escuelas”.

Qué cambia ahora

La diferencia con los antecedentes es de escala y de lógica. El ingreso policial ya no aparece como una excepción ante un arma o una amenaza puntual, sino como una pieza dentro de un circuito que empieza con la obligación de denunciar a adolescentes de 14 años.

El nuevo texto exige que los efectivos se identifiquen, actúen “respetando los derechos” de niñas, niños y adolescentes y procuren “cesar el riesgo”; también prohíbe a las escuelas interrogar a los alumnos.

Las salvaguardas contrastan con los estándares que organismos de derechos humanos promovieron durante años. El CELS recomendó atender a la policía en la puerta mientras se evalúa la situación, sobre todo si los efectivos están armados y hay chicos en el edificio.

Y recordó una pauta de la guía elaborada por la provincia de Buenos Aires junto a UNICEF: no deben brindarse nombres de estudiantes a ninguna autoridad policial sin un oficio judicial, y la policía no puede tomar contacto con ningún menor de edad, aun cuando se presuma que tiene un arma, hasta que llegue un familiar o adulto responsable.

“Una antesala de las cárceles”

Puy advirtió que el protocolo “obliga a las directoras a denunciar a estudiantes que ‘podrían estar cometiendo un delito’”, sostuvo que “constituye una clara persecución a los jóvenes” y alertó que busca convertir a las escuelas en una “antesala de las cárceles”. UTE, por su parte, rechazó “que las escuelas se conviertan en puertas de entrada al sistema penal” y advirtió “sobre el riesgo de estigmatización y criminalización de niñas, niños y adolescentes”; el gremio reclamó equipos especializados, formación y recursos para abordar los conflictos sin judicializarlos.

Ninguna ley impedía que un patrullero estacionara frente a una escuela y sus agentes cruzaran el portón; lo impedía una idea de la democracia sobre qué lugar ocupan los chicos en la sociedad. Con este protocolo, el gobierno porteño elige reemplazar gabinetes, psicopedagogos y equipos de orientación por el 911, y deja la resolución de los conflictos adolescentes en manos de quienes están entrenados para otra cosa.

Lo que tenés que saber del Protocolo

  • La Resolución Conjunta N.º 1/MEDGC/26 habilita el ingreso policial a las escuelas porteñas a pedido del colegio, por orden judicial o por fuerza mayor.
  • No existe una ley que prohíba el ingreso policial a escuelas; la única prohibición expresa rige para las universidades nacionales, por el artículo 31 de la Ley de Educación Superior.
  • En 2018, la Resolución 86/2018 del Ministerio de Seguridad porteño aprobó un protocolo de ingreso a escuelas que nunca se publicó en el Boletín Oficial.
  • En abril de 2026, tras las amenazas de tiroteos, la Ciudad ya había dispuesto que los directivos permitieran el ingreso policial ante una denuncia.
  • Ademys y UTE rechazaron el nuevo protocolo por criminalizar a las adolescencias.

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