Sociedad
Batalla campal en el Tortugas Open Mall: peleas, heridos y saqueos
Alrededor de 250 adolescentes se enfrentaron y dejaron un número indeterminado de heridos de arma blanca. El epicentro de la violencia se desató en el Patio de Comidas, aunque se vieron afectadas todas las instalaciones y hubo destrozos en gran cantidad de locales.
El Tortugas Open Mall fue escenario de graves incidentes cuando un grupo de jóvenes se enfrentó violentamente en el patio de comidas. Alrededor de 250 adolescentes se pelearon, provocando destrozos y dejando un número indeterminado de heridos de arma blanca. Según testigos, «las imágenes que se vivieron en el shopping fueron de terror». Solo uno de los heridos recibió atención médica en el lugar.
Comerciantes en Pánico
Los comerciantes del Tortugas Open Mall vivieron momentos de terror cuando la pelea se trasladó al interior del centro comercial. Inicialmente, el conflicto se desarrolló fuera del shopping, pero pronto la disputa llegó al patio de comidas, donde hubo heridos y un apuñalado. Las manchas de sangre en el piso del patio de comidas evidencian la brutalidad del enfrentamiento.
Saqueos y Destrucción
Después de la pelea en el patio de comidas, los jóvenes comenzaron a saquear varios negocios del Tortugas Open Mall. «En la retirada, fueron robando cosas de los negocios, que no tuvieron alternativa que cerrar sus puertas», declararon los comerciantes afectados. La falta de una respuesta rápida permitió que los incidentes se prolongaran, incrementando las pérdidas materiales y el pánico entre los presentes.
Antecedentes y Falta de Prevención
Lo más preocupante es que estas peleas se veían venir. Los grupos de jóvenes violentos ya se habían convocado previamente, y las autoridades no lograron prevenir los disturbios. La situación dentro del shopping fue caótica, con peleas que continuaron incluso fuera del centro comercial.
Qué dijo el Tortugas Open Mall
En un comunicado, el shopping informó sobre los hechos ocurridos en el predio, en el que explicó que “la acción que se llevó a cabo” en sus instalaciones “no fue organizada por Tortugas Open Mall”. “Se trató de una convocatoria organizada por un grupo de personas a través de sus redes sociales, que eligieron a nuestro shopping como punto de encuentro”, detalló la empresa.

Además señaló que “tan pronto” se alertaron sobre la cantidad de gente y cómo se estaba dando la situación “priorizaron la seguridad e integridad de los visitantes y de las personas que trabajan en el establecimiento”. “Por lo cual, activamos el protocolo de seguridad y dimos aviso a las autoridades, quienes respondieron de inmediato”, añadió en su misiva el Tortugas Open Mall.
Puntos Clave de la Batalla Campal
- Unos 250 jóvenes protagonizaron una pelea masiva en el Tortugas Open Mall.
- Las principales peleas ocurrieron en el patio de comidas, dejando heridos de arma blanca.
- Los comerciantes vivieron momentos de terror y sufrieron saqueos en sus negocios.
- Las manchas de sangre en el patio de comidas evidencian la violencia del enfrentamiento.
- La falta de prevención permitió que los incidentes se prolongaran y causaran mayores daños.
- El centro comercial explicó que “la acción que se llevó a cabo” en sus instalaciones “no fue organizada por Tortugas Open Mall”.
DDHH
La Corte ordena revisar si un sanatorio de Tucumán despidió a un trabajador por tener VIH
El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo de Tucumán. El empleado había trabajado más de dos años sin registrar y denunció discriminación tras conocerse su diagnóstico.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación ordenó a los tribunales de Tucumán volver a analizar si el despido de un trabajador de salud no registrado tuvo motivo discriminatorio por su condición de persona con VIH. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron arbitrario que las instancias locales ignoraran una prueba decisiva sobre el acceso del sanatorio a los análisis médicos del empleado.
El caso involucra a A.I., quien demandó al Sanatorio Pasquini SRL. Denunció que trabajó allí más de dos años sin estar registrado (un vínculo que la firma negó y que finalmente quedó acreditado) y que la desvinculación se concretó cuando el establecimiento, antes que él, conoció que era portador de VIH.
La prueba que los tribunales locales no evaluaron
En el expediente figura el testimonio de una responsable del área preocupacional, quien afirmó: «Yo descubro que él tiene VIH porque tengo el análisis en mis manos; yo manejaba el análisis de los prelaborales». Los análisis habían sido pedidos por el propio sanatorio.
La Sala III de la Cámara del Trabajo de Tucumán admitió parcialmente la demanda: condenó a la empresa a pagar haberes adeudados y diferencias salariales, pero la absolvió de los reclamos por indemnización por antigüedad, registración irregular y daños por trato discriminatorio. La Corte de Justicia provincial rechazó el recurso del trabajador y descartó el planteo discriminatorio.
La Corte Suprema coincidió con el Procurador Fiscal en que el tribunal local «ignoró un planteo serio sobre la existencia de una conducta discriminatoria», porque la desvinculación fue contemporánea a la comunicación de los resultados de esos estudios.
Arbitrariedad y garantías constitucionales
El máximo tribunal subrayó que la empleadora negó siempre la existencia de la relación laboral, que finalmente resultó acreditada, y por eso consideró arbitrario confirmar el pronunciamiento que había dado por no configurada la injuria laboral.
Sobre la discriminación, el fallo remarcó: «El fallo recurrido no tomó en cuenta esa declaración, negando incluso su existencia». Y agregó que el tribunal «omitió evaluar prueba decisiva y brindar respuesta a ciertos agravios del actor que resultaban dirimentes para la solución del litigio». Por eso concluyó que la decisión incurrió en arbitrariedad y afectó garantías constitucionales.
De esta forma, la Corte dejó sin efecto el fallo de la Corte tucumana y ordenó que la causa vuelva al tribunal de origen para dictar un nuevo pronunciamiento que analice esas pruebas.
El caso vuelve a poner en el centro el derecho a la no discriminación laboral de las personas con VIH y la obligación de registrar las relaciones de trabajo. Según la cronología del expediente, A.I. prestaba servicios desde julio de 2010, los estudios prelaborales pedidos por la empresa se hicieron en junio de 2012 y la relación terminó en septiembre de ese año. El fallo no declara discriminatorio el despido: la definición queda en manos de la Justicia tucumana.
Lo que tenés que saber:
- La Corte Suprema ordenó a Tucumán revisar si el despido de A.I. fue discriminatorio por su condición de VIH.
- El trabajador laboró más de dos años sin registrar en el Sanatorio Pasquini SRL; la empresa negó el vínculo, que quedó acreditado.
- Una testigo del área preocupacional dijo que tuvo «el análisis en mis manos» y descubrió el diagnóstico.
- La Cámara laboral local había absuelto a la empresa del reclamo por discriminación; la Corte provincial lo confirmó.
- Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti dejaron sin efecto ese fallo por arbitrariedad y omisión de prueba decisiva.
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