Judiciales ⚖️
Ministra de Mujeres pidió la libertad de María Ovando
Ayelén Mazzina, visitó a la mujer en la cárcel de Posadas, donde se encuentra presa en una causa donde se la imputó la omisión de denuncia de los abusos sexuales que sufrían dos niños de su familia.
La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, Ayelén Mazzina, visitó a María Ovando en la cárcel de Posadas, donde pidió que se «incorpore la perspectiva de género en el análisis de todo el caso» y que la mujer (condenada a 20 años de prisión por presuntamente haber permitido o no haber impedido los abusos sexuales de dos niñas de su familia), pueda seguir el proceso judicial en su domicilio, ya que no hay una sentencia firme.
«Vine a expresarle mi respaldo, para decirle que no está sola, que el movimiento feminista y que las organizaciones de derechos humanos de Misiones la acompañan, y por supuesto yo también», dijo Mazzina, tras mantener un encuentro con Ovando.
«Estoy no solo acompañándola, sino también pidiéndole a la justicia su excarcelación”, resaltó la ministra, quien recordó que María Ovando “es madre de doce hijos e hijas, sufre persecuciones y hostigamiento del Poder Judicial de Misiones desde hace 11 años. Yo creo firmemente que este ensañamiento tiene que ver por tres razones: ser mujer, ser pobre, y que claramente no pudo cumplir con el mandato de maternidad y cuando logra defenderse por una acusación falsa, ese ensañamiento es puramente patriarcal».
«María no sabe leer, no sabe escribir, fue víctima de distintos maltratos y abusos en su infancia. Fue madre adolescente, es una mujer que creció, que vivió, que crió a sus hijos en condiciones de extrema pobreza, de extrema vulnerabilidad y su historia tiene vulneraciones de todo tipo, ausencias de todo tipo. Y tenemos un Poder Judicial que está lejos de contemplar estas condiciones, que son condiciones sociales, culturales, económicas y que la condenaron dos veces por mala madre», expresó.
En 2012, María Ovando fue juzgada y absuelta (tras haber estado un año y media presa) por el delito de “abandono de persona agravado por el vínculo”, tras la muerte de su hija de 3 años a consecuencia de un cuadro de desnutrición, la que falleció en sus brazos mientras intentaba llegar a un hospital de la ciudad de Eldorado.
Y en esta nueva causa, el 28 de octubre del 2020, se la condenó a 20 años de prisión por presuntamente haber permitido o no haber impedido el abuso sexual de las niñas de su familia.
El Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación presentó un amicus curiae ante la Justicia de Misiones “solicitando la excarcelación de María, para que ella pueda esperar el proceso judicial en libertad o al menos que se le otorgue la prisión domiciliaria».
«María tiene que esperar el proceso judicial en su casa y esto debe ser así por varias razones. Primero, porque no hay una sentencia firme, la prisión preventiva es una medida excepcional y en este caso no se cumplen los requisitos para que Ovando no esté en prisión preventiva, porque no hay ningún motivo para pensar que pueda entorpecer el proceso judicial o fugarse», se indicó.
En cuanto al estado de salud de la mujer, detalló que “es delicado y se viene agravando a causa del encierro. Ella tiene diabetes y en el penal no están dadas las condiciones para que pueda recibir un tratamiento adecuado, y encima está a 200 kilómetros de su casa, está alejada de su familia, lo cual es una barrera para que María pueda estar acompañada, pueda recibir visitas, pueda recibir un tratamiento médico».
También la directora Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia de Nación, Gabriela Carpineti, solicitó a la Justicia misionera que se le otorgue el beneficio de la prisión domiciliaria a María Ovando.
El 23 de febrero de 2021, Ovando había sido liberada con algunas restricciones, hasta que la sentencia dictada en su contra quede firme, por resolución del juez César Raúl Jiménez, que hizo lugar a un habeas corpus presentado en diciembre del año pasado por Nora Cortiñas, de Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora. Un día después, la fiscal María Laura Alvarez recurrió la excarcelación ante la Cámara de Apelaciones y la mujer volvió a la cárcel.
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DDHH
Primero la ley, después el plan: el Gobierno recién ahora creó el programa para aplicar la baja de imputabilidad
Veinte días después de que entrara en vigencia la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años, el Ministerio de Justicia creó por resolución el programa para implementarla. Su conducción, igual que la del nuevo plan contra la ciberdelincuencia, quedó en manos de asesores designados ad honorem.
La ley que permite juzgar penalmente a chicos y chicas de 14 años rige desde el 5 de septiembre, pero recién este viernes el Gobierno nacional creó el programa encargado de ponerla en marcha. El Estado habilitó primero el castigo y recién ahora empieza a construir la estructura que debía acompañarlo. Y lo hizo con una coordinación que no cobra por su tarea.
El ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, firmó las Resoluciones 483/2026 y 484/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La segunda creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la Dirección de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, que depende de la Subsecretaría de Política Criminal de la Secretaría de Justicia. La primera creó el Programa Nacional de Política Criminal en Materia de Ciberdelincuencia y Evidencia Digital (PRONACIB). En ambos casos, la conducción quedó a cargo de asesores designados «ad honorem».
Un programa que llega cuando la ley ya se aplica
Según la Resolución 484/2026, el programa «estará a cargo de un Coordinador, a quien le corresponderá la conducción y supervisión de las acciones y líneas de trabajo ejecutadas en su marco». Esas funciones fueron asignadas, sin remuneración, a la asesora Débora Eliana Di Girolamo.
Entre sus objetivos, la norma enumera «concertar la implementación integral del Régimen Penal Juvenil en el ámbito de la competencia nacional ordinaria y federal», impulsar la «centralidad y tutela efectiva de las víctimas en el proceso», contribuir a la formación especializada de los operadores judiciales y fortalecer la articulación entre ministerios, instituciones y jurisdicciones.
El texto también fija como meta «promover el diseño y gestión de un sistema de producción, compilación y sistematización de información estadística e institucional, para la evaluación de resultados de política criminal juvenil». Dicho de otro modo, las herramientas para medir si la reforma sirve para algo todavía están por diseñarse, cuando la ley ya lleva tres semanas en vigencia.
Las líneas de acción previstas son tres: la gestión del Cuerpo de Supervisores, con la «coordinación, supervisión técnica y estandarización de los protocolos de intervención» del personal que seguirá las medidas dispuestas; la atención y protección integral de las víctimas; y la formación y capacitación especializada de quienes intervienen en el sistema penal juvenil.
Otro de los objetivos declarados es promover intervenciones «basadas en evidencia orientadas a la reducción de la reincidencia delictiva». La paradoja salta a la vista: durante el debate legislativo, especialistas y organismos internacionales advirtieron que bajar la edad de imputabilidad no reduce el delito y que puede profundizar la exclusión y la propia reincidencia. El Gobierno invoca ahora la evidencia para gestionar una ley que se sancionó a contramano de ella.
De la sanción en el Senado a los tribunales
La Ley 27.801 fue aprobada de manera definitiva por el Senado el 27 de febrero, con 44 votos afirmativos, 27 negativos y una abstención, y se publicó en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Reemplazó al decreto ley 22.278, el Régimen Penal de la Minoridad dictado en 1980, durante la última dictadura, y bajó la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, con penas de hasta 15 años de privación de la libertad. La propia norma fijó su entrada en vigencia a los 180 días de su publicación, plazo que se cumplió el 5 de septiembre.
Luego, el Poder Ejecutivo la reglamentó mediante el Decreto 875/2026, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal y lo facultó a dictar las normas complementarias para instrumentar el régimen. Las resoluciones de este viernes son la traducción administrativa de esa delegación.
El día que la ley empezó a regir, la senadora Patricia Bullrich, jefa del bloque de La Libertad Avanza en la Cámara alta, celebró en sus redes: «Desde hoy no importa la edad: si delinquís, las pagás». El eslogan llegó a tiempo; el programa para aplicar la ley, tres semanas tarde.
La implementación ya generó choques en la Justicia. En Lomas de Zamora, la jueza de Responsabilidad Juvenil Marta Pascual había hecho lugar a un habeas corpus que suspendía la aplicación del nuevo régimen en la provincia de Buenos Aires, al considerar que no estaban dadas las condiciones para ponerlo en marcha. El 15 de septiembre, la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de ese departamento judicial revocó ese fallo tras una apelación fiscal. En la Ciudad de Buenos Aires, la jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1° de la Ley 27.801 y sobreseyó a un chico de 14 años acusado de un intento de robo; la decisión fue apelada por el Ministerio Público Fiscal porteño.
Ciberdelito y evidencia digital, con puertas abiertas a privados
La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB en la órbita de la Subsecretaría de Política Criminal. Según el texto oficial, el programa «estará a cargo de un Coordinador, quien tendrá a su cargo la coordinación y el seguimiento de las acciones desarrolladas» en su marco. Para ese rol fue designado, también «ad honorem», el asesor de la Subsecretaría Mariano Tomás Rivas.
La norma habilita al PRONACIB a «constituir mesas interinstitucionales de articulación, de carácter general o especializado, con organismos, autoridades y actores públicos o privados». En un terreno tan sensible como la evidencia digital, la participación de actores privados abre preguntas sobre límites y controles que las resoluciones no responden.
Gestión ad honorem, castigo a tiempo completo
Las dos resoluciones comparten un rasgo: programas de alcance nacional, con objetivos ambiciosos, cuya coordinación descansa en asesores que no perciben remuneración por esa función. En el caso del Régimen Penal Juvenil, esa estructura deberá supervisar al cuerpo de profesionales que seguirá a los adolescentes sometidos a proceso, capacitar a los operadores y asistir a las víctimas.
La baja de la edad de imputabilidad se vendió como una respuesta inmediata a la inseguridad, pero su puesta en marcha revela improvisación. Mientras el oficialismo celebró la vigencia de la ley con consignas, la arquitectura institucional para aplicarla se arma por resolución, con la norma ya en funcionamiento y jueces que advirtieron que las condiciones no estaban dadas. Los que quedan en el medio son chicos y chicas de 14 y 15 años.
Lo que tenés que saber:
- El Ministerio de Justicia creó el Programa de implementación del Régimen Penal Juvenil mediante la Resolución 484/2026, veinte días después de que la Ley 27.801 entrara en vigencia.
- La coordinación del programa quedó a cargo de la asesora Débora Eliana Di Girolamo, designada ad honorem.
- La Resolución 483/2026 creó el PRONACIB, dedicado a ciberdelincuencia y evidencia digital, coordinado ad honorem por Mariano Tomás Rivas y habilitado a articular con actores privados.
- La Ley 27.801 baja la edad de imputabilidad de 16 a 14 años y prevé penas de hasta 15 años de privación de la libertad.
- La aplicación del régimen ya fue cuestionada por las juezas Marta Pascual, en Lomas de Zamora, y Laura De Marinis, en la Ciudad de Buenos Aires.
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