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AFIP habilitó el pago de impuestos en dólares: ¿cómo funciona?
Es la primera vez que se permite el pago con la divisa extranjera, que se podra realizar a través de Transferencias Bancarias Internacionales. Los detalles.
Por primera vez, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) permite a los contribuyentes argentinos pagar impuestos en dólares, a través de transferencias bancarias internacionales. Esta nueva disposición se enmarca dentro del Régimen Especial de Regularización de Activos, más conocido como el “blanqueo de capitales”. El anuncio, formalizado mediante la Resolución General 5567/2024, introduce una alternativa que busca facilitar el proceso para los contribuyentes que deseen cumplir con sus obligaciones fiscales desde el extranjero.
¿En qué consiste la nueva medida?
La Resolución General 5567/2024 permite realizar el pago adelantado del 75% del blanqueo de capitales mediante una Transferencia Bancaria Internacional (TBI) en dólares. Los contribuyentes podrán abonar tanto el adelanto como el saldo restante utilizando esta modalidad. Para quienes estén en la primera etapa del proceso, la última transferencia deberá completarse antes del 30 de septiembre. Además, existe la opción de realizar el pago en varias etapas, siempre respetando las fechas límite establecidas por la AFIP.
Florencia Misrahi, titular del organismo, aseguró que “el blanqueo se puede saldar ahora con pagos en dólares, lo que otorga mayor flexibilidad a los contribuyentes que operan desde el exterior”.
Detalles del proceso de pago
Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben cumplir con un procedimiento específico que comienza con la coordinación entre su banco en Argentina y el banco desde el cual se realizará la transferencia en el extranjero. Los pasos detallados por la AFIP son los siguientes:
1. Contactar con el banco en Argentina: Los contribuyentes deben comunicar la operación con la entidad bancaria.
2. Generar la Orden de Transferencia: La operación debe ser en dólares estadounidenses y la transferencia debe incluir los detalles correctos, como el destinatario (AFIP), la leyenda “RRA27743” y el CUIT/CUIL/CDI del contribuyente.
3. Crear el VEP (Volante Electrónico de Pago): Desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos, se selecciona la opción de Transferencia Bancaria Internacional e identificar el banco receptor.
4. Informar al banco sobre el VEP: Es necesario proporcionar datos como el número de VEP, CUIT, CUIL o CDI, y asegurarse de que el VEP se pague antes de la fecha límite.
5. Verificar la acreditación: El contribuyente debe confirmar que el pago se haya acreditado correctamente en el banco argentino.
Finalmente, el banco procesará el pago del VEP, el cual tendrá validez por 24 horas desde su generación. El contribuyente deberá verificar que la operación haya sido registrada correctamente desde el Portal del Régimen de Regularización de Activos.
Modificaciones al Régimen de Regularización de Activos
Con la Resolución General 5561, la AFIP introdujo una serie de aclaraciones y modificaciones importantes en el Régimen de Regularización de Activos. Una de las principales es que, para los monotributistas, las tenencias declaradas voluntariamente no serán consideradas como antecedentes para la exclusión o recategorización del contribuyente por los períodos anteriores a dicha declaración.
Además, se añadieron requisitos respecto a la documentación que debe presentarse para acreditar la titularidad y el valor de los bienes regularizados. Esto incluye la presentación de constancias fehacientes que validen la información declarada por el contribuyente.
¿Quiénes pueden acceder al régimen?
El Régimen Especial de Regularización de Activos está dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y otros residentes fiscales en Argentina hasta el 31 de diciembre de 2023. También podrán beneficiarse los ex residentes fiscales que perdieron esa condición antes de la mencionada fecha. La medida se enmarca en la Ley 27.743 y su reglamentación por el Decreto 608/24.
Puntos clave de la medida:
Primera vez que se permite el pago en dólares: A través de Transferencias Bancarias Internacionales, los contribuyentes podrán abonar en dólares.
Plazo para el pago adelantado: Los contribuyentes que se encuentran en la primera etapa del blanqueo deben completar la última transferencia antes del 30 de septiembre.
Beneficios para monotributistas: Las tenencias declaradas no afectarán recategorizaciones previas.
Documentación requerida: Se deberá presentar información fehaciente para validar los bienes regularizados.
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Volar en la Argentina de Milei sale en dólares: la tasa aeroportuaria se dolarizó por decreto
El Gobierno oficializó en el Boletín Oficial la dolarización de la Tasa de Uso de Aeroestación doméstica con un tope de US$9 por pasajero, un cambio que preserva los ingresos de Aeropuertos Argentina 2000 y que la propia Corporación América ya había comunicado a la SEC. La medida se inscribe en la renegociación de la concesión, prorrogada hasta 2049, mientras Milei se excusó de intervenir en el expediente por su vínculo previo con el grupo empresario.
La Tasa de Uso de Aeroestación (TUA) doméstica que pagan los pasajeros de vuelos de cabotaje en los aeropuertos operados por Aeropuertos Argentina 2000 tendrá un tope de US$9. El cambio, que implica dolarizar el cargo que antes se expresaba en pesos, quedó formalizado mediante la Resolución 69/2026 del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), publicada este viernes en el Boletín Oficial. Regirá a los 60 días corridos de su publicación.
El cargo es abonado por el pasajero dentro del precio del pasaje y recaudado por las aerolíneas, que luego lo transfieren a AA2000. El esquema anterior contemplaba valores en pesos escalonados por categoría aeroportuaria: $5.685 para los de categoría I, $3.963 para los de categoría II y $3.472 para los de categorías III y IV. La resolución no establece una regla de conversión específica a pesos para el nuevo importe en dólares, por lo que no es posible determinar un porcentaje único de incremento respecto de los valores anteriores ni anticipar cuánto variará el precio final de los pasajes.
El anuncio que llegó primero a la SEC
Antes de que la medida se publicara en el Boletín Oficial, la Corporación América Airports, controlante de AA2000, ya había informado el cambio. El 28 de septiembre, la empresa presentó ante la Comisión de Bolsa y Valores de los Estados Unidos (SEC) una comunicación en la que describió la dolarización y el nuevo tope de US$9 por pasajero embarcado. El detalle no es menor: el acreedor extranjero se enteró antes que el ciudadano argentino.
El ORSNA justificó la medida en la necesidad de preservar el valor de la contraprestación percibida por la concesionaria, evitar ajustes nominales reiterados y sostener los ingresos de la concesión. En los fundamentos de la resolución no aparece ninguna referencia al impacto sobre el bolsillo del pasajero ni al costo del transporte aéreo doméstico para los usuarios.
La concesión prorrogada hasta 2049 y el vínculo de Milei con el grupo
La dolarización de la TUA se inscribe en la renegociación integral del contrato de concesión de AA2000, un proceso que extendió la vigencia del acuerdo hasta el 13 de febrero de 2049 y estableció otros siete años adicionales para amortizar las inversiones adicionales comprometidas, sujetos al cumplimiento de condiciones. En el marco de ese acuerdo, la empresa asumió la obligación de invertir directamente US$600 millones adicionales, IVA incluido.
Para acreditar la disponibilidad de ese capital, AA2000 deberá presentar antes del 30 de junio de 2027 un informe emitido por una firma de auditoría de alcance mundial. Además, deberá completar el 75% de las obras correspondientes a esa inversión antes del 31 de diciembre de 2031. El entendimiento también obliga a la concesionaria a desistir de la demanda judicial que inició en 2023 por la supuesta distorsión de la ecuación económico-financiera de su contrato.
En ese contexto, el presidente Javier Milei se excusó de intervenir en los asuntos vinculados con AA2000 y su grupo empresario, invocando su anterior relación profesional con Corporación América. La excusación por razones de «decoro y delicadeza» no impidió que el gobierno avanzara en la renegociación ni que el ORSNA aprobara la dolarización de la tasa.
Tarifas de aterrizaje, en pesos; TUA, en dólares
La dolarización alcanza exclusivamente a la tasa de uso de aeroestación de cabotaje. Las tarifas de aterrizaje y estacionamiento de la aviación comercial doméstica permanecen expresadas en pesos en el nuevo cuadro tarifario. La asimetría entre una TUA en dólares y las restantes tarifas aeroportuarias en pesos genera una estructura de ingresos bimonetaria para la concesionaria, cuyo impacto sobre el precio de los pasajes dependerá del tipo de cambio vigente al momento de la conversión.
El acuerdo de renegociación también mantiene la afectación mensual del 15% de los ingresos totales de la concesión a patrimonios específicos. La combinación de una tasa dolarizada, obligaciones de inversión certificadas por auditoras internacionales y compromisos de desistimiento judicial configura un esquema en el que el Estado garantizó a la empresa protección contra la inflación y continuidad contractual por más de dos décadas.
Lo que tenés que saber:
- La Resolución 69/2026 del ORSNA dolariza la Tasa de Uso de Aeroestación doméstica con un tope de US$9 por pasajero; entra en vigencia a los 60 días de su publicación en el Boletín Oficial.
- Corporación América Airports comunicó el cambio a la SEC el 28 de septiembre, antes de la publicación oficial en Argentina.
- La concesión de AA2000 fue prorrogada hasta 2049; la empresa debe invertir US$600 millones adicionales y desistir de su demanda judicial contra el Estado.
- Las tarifas de aterrizaje y estacionamiento permanecen en pesos; solo la TUA de cabotaje pasa a dólares.
- Milei se excusó de intervenir por su vínculo previo con Corporación América, pero el gobierno concretó la renegociación y la dolarización de la tasa.
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