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Susana Cáceres fue abusada según la autopsia

Tras la autopsia, el cuerpo de Cáceres fue entregado a la familia para cumplimentar los trámites para su inhumación.

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El resultado final de autopsia a Susana Cáceres, la mujer encontrada asesinada ayer en el partido bonaerense de Ituzaingó, reveló que fue abusada sexualmente, y confirmó que fue muerta con múltiples heridas punzo cortantes, hematomas en el cuerpo, un golpe en la cabeza con un objeto contundente, asfixiada y con data de muerte de entre 3 a 10 días al hallazgo, tal como lo adelantó el informe preliminar conocido anoche, informaron hoy fuentes judiciales.

El informe final de la autopsia señala que el cuerpo de la mujer tiene lesiones propias de haber padecido abuso sexual, no estaba quemada -como se presumío en un primer momento dado el avanzado estado de descomposición-, presentaba múltiples heridas punzo cortantes, hematomas en el cuerpo, un golpe en la cabeza con un objeto contundente, asfixiada y con data de muerte de entre 3 a 10 días al hallazgo.

Tras la autopsia, el cuerpo de Cáceres fue entregado a la familia para cumplimentar los trámites para su inhumación.La fiscal Luisa Pontecorvo, jefa de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 3 del Departamento Judicial de Moreno-General Rodríguez, pidió nuevamente otras imágenes de cámaras de seguridad de la zona al hallazgo y espera los resultados de pericias nuevos.

«Se tiene que investigar de cero porque no hay sospechosos aun del asesinato. Tenemos que seguir lo que indique el informe forense para avanzar», contó un vocero judicial.

El hallazgo ocurrió pasadas las 13 de ayer en medio de pastizales, a la vera del río Reconquista, a metros del Camino del Buen Ayre, en jurisdicción de ese distrito de la zona oeste del conurbano, y el cuerpo fue reconocido por sus familiares.

Las fuentes informaron que el reconocimiento se logró en base a un tatuaje con el símbolo de «Chevrolet» que llevaba Cáceres en uno de sus antebrazos y la vestimenta que tenía puesta antes de desaparecer.

Los investigadores detallaron a esta agencia que el cuerpo fue encontrado durante un rastrillaje que había sido solicitado por la fiscal y realizado por personal de la Delegación Departamental de Investigaciones (DDI) de Moreno en una zona de pastizales junto al lecho del río, a unas 20 cuadras de la casa de la víctima.

Hasta allí llegaron decenas de policías, buzos tácticos, bomberos y perros adiestrados que comenzaron a «peinar» un predio que, si bien tenía sectores alambrados, era de acceso público.Pocos minutos después de iniciado el rastrillaje, los policías encontraron el cadáver, dijeron las fuentes consultadas.

La sospecha de los investigadores es que se trata de una escena secundaria, es decir que la pudieron haber matado en otro lugar y arrojado el cadáver donde finalmente fue encontrado.

Susana Cáceres, madre de cuatro hijos y de 42 años de edad, salió de su casa de la localidad de Villa Trujui el martes 8, cerca de las 16, y dejó a la menor de sus hijas, una beba de un año y medio, al cuidado de su madre.

«Ahí vengo má», le dijo a la mujer antes de ir a pagar una deuda por unos electrodomésticos que había comprado la semana anterior.

La última vez que fue vista fue la madrugada del miércoles 9 de noviembre, en el barrio de Mariló, en Moreno, y vestía un short de jean azul y zapatillas negras.

Ante testimonios que indicaron que la mujer estaba con unas personas a bordo de una camioneta se secuestró el vehículo y fueron citados a declarar su expareja y los hermanos de ésta.

A su vez, los policías bonaerenses realizaron rastrillajes en cuatro lugares de Moreno: el domicilio de Cáceres, el de Peralta, la canchita «Los Apaches» y el barrio Candia.

Además, los pesquisas realizaron el relevamiento de cámaras públicas y privadas y sobre sus redes sociales, para conocer sus movimientos previos a la desaparición, aunque por el momento sin resultados.

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Educación

La Justicia le pone freno a Milei: el decreto universitario es inconstitucional

El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, el mecanismo con el que el Gobierno promulgó la Ley de Financiamiento Universitario pero la dejó sin efecto. El fallo ordena el cumplimiento inmediato de la norma ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos y abre un nuevo capítulo en el conflicto que ya llegó a la Corte Suprema.

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El Argentino Diario-Javier Milei-Juan Bautista Mahiques.
El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, que vaciaba de contenido la Ley de Financiamiento Universitario.

Un fallo de primera instancia declaró inconstitucional el decreto con el que el Gobierno de Javier Milei promulgó formalmente la Ley de Financiamiento Universitario pero bloqueó su aplicación real. La sentencia, de aproximadamente 50 páginas, calificó el mecanismo empleado por el Ejecutivo como un «mecanismo extraconstitucional» y ordenó el cumplimiento inmediato de la norma. Es el capítulo más reciente de un conflicto judicial que ya acumula más de un año de litigios, una cautelar firme avalada por la Corte Suprema y una quinta Marcha Federal Universitaria anunciada para el 15 de octubre.

El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, hizo lugar a los amparos colectivos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA) contra el Estado nacional. La sentencia declaró la inconstitucionalidad de la cláusula del Decreto 759/2025 que, al tiempo de promulgar la Ley de Financiamiento Universitario, condicionó su ejecución a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento; una remisión al artículo 5° de la Ley 24.629 que, en los hechos, dejó la norma vigente pero inoperante. El fallo fue dictado el 6 de octubre de 2026.

El decreto: promulgar y vaciar

La Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27.795) fue sancionada por el Congreso y, luego de que Milei la vetara, fue ratificada con los dos tercios de los votos que la Constitución exige para que una insistencia parlamentaria sea irrecusable. Sin margen para vetarla nuevamente, el Ejecutivo eligió otra estrategia: la promulgó mediante el Decreto 759/2025, pero incorporó una cláusula que supeditaba su aplicación material a que el Parlamento previese expresamente las fuentes presupuestarias; algo que, en ausencia de partidas asignadas, equivalía a dejarla sin efecto indefinidamente.

Cormick rechazó de plano ese razonamiento. El magistrado señaló que el decreto «no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas». Y fue más lejos: subrayó que una vez que el Congreso insiste con los dos tercios de los votos tras un veto presidencial, no existe otro camino para el presidente que la promulgación irrestricta. Utilizar un decreto para vaciar el contenido de esa insistencia parlamentaria implica introducir un veto encubierto que la Constitución no prevé ni autoriza.

El juez también cuestionó el argumento fiscal del Gobierno y evaluó que la propia ley contemplaba mecanismos de financiamiento, al facultar al jefe de Gabinete a reasignar partidas presupuestarias. La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos 5° y 6° de la norma, referidos a la recomposición salarial de docentes y no docentes universitarios y la actualización de las becas estudiantiles.

Una historia de recursos y dilaciones

El fallo del 6 de octubre no es el punto de partida del conflicto, sino su último capítulo hasta ahora. El mismo juez Cormick había dictado meses antes una medida cautelar que obligó al Estado a comenzar a aplicar la ley. El Gobierno apeló esa cautelar; la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal la confirmó. El Ejecutivo llevó entonces el caso a la Corte Suprema mediante un recurso extraordinario, que el máximo tribunal rechazó el 25 de junio de 2026 por no estar dirigido contra una sentencia definitiva, dejando firme la medida cautelar.

En septiembre, Cormick volvió a intimar al Estado al considerar que el cumplimiento acreditado era parcial y le otorgó cinco días para regularizar la situación. El Gobierno apeló nuevamente esa intimación y solicitó que se le otorgara efecto suspensivo. Mientras el expediente avanzaba, el Ejecutivo reconoció en distintas instancias que cumplir con la norma representaría un costo estimado de 2,5 billones de pesos, una cifra que declaró no poder afrontar en el corto plazo. Las negociaciones del Presupuesto 2027, que el Gobierno presentó con un recorte real del 24,9% respecto de 2023 según la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), enmarcan el conflicto en un escenario de desfinanciamiento estructural del sistema universitario.

Gremios y universidades en estado de alerta

Las organizaciones gremiales y universitarias celebraron el fallo, aunque advirtieron que el Gobierno intentará dilatar su cumplimiento. Los gremios universitarios reclaman una recomposición salarial del 32,5%, cifra que vinculan con la pérdida acumulada que busca corregir la Ley 27.795. Ante la negativa del Gobierno a avanzar más allá de aumentos del 3% mensual, el conflicto derivó en nuevas medidas de fuerza: la UBA anunció un paro escalonado de 23 días durante cinco semanas, y los gremios convocaron a la quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales, la segunda durante 2026.

El CIN, que fue uno de los actores que impulsó la acción judicial, exigió al Ministerio de Educación que instrumente de forma urgente los mecanismos de transferencia presupuestaria. Desde el Consejo Interuniversitario Nacional advirtieron que las transferencias a las universidades acumulan una caída real del 45,6% entre 2023 y 2026.

El cálculo político en año preelectoral

El fallo coloca al Ejecutivo ante una disyuntiva de alto costo político. Apelar y extender el conflicto universitario en un año preelectoral implica mantener encendida una disputa que en cuatro oportunidades ya traccionó hacia las calles a más de un millón de personas. Cumplir el fallo, en cambio, significa asumir el impacto fiscal que la Casa Rosada argumentó como inasumible y flexibilizar el ajuste que sostiene como eje de su gestión. El control judicial de las decisiones presupuestarias, que Cormick reivindicó en la sentencia como una consecuencia propia de la justiciabilidad del Estado, se convierte así en el principal obstáculo institucional a una estrategia que eligió desobedecer la voluntad del Congreso antes que revisar su modelo económico.

Fuentes judiciales consultadas por este medio indicaron que la Procuración del Tesoro analizaba los alcances de la sentencia para definir la estrategia procesal. Al cierre de esta edición, el Gobierno no había emitido una posición oficial sobre si apelará el nuevo fallo de fondo.

Lo que tenés que saber

  • El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional el Decreto 759/2025, que vaciaba de contenido la Ley de Financiamiento Universitario ratificada por el Congreso con dos tercios de los votos.
  • La sentencia ordenó al Poder Ejecutivo el cumplimiento inmediato de los artículos de la ley referidos a la recomposición salarial docente y la actualización de becas estudiantiles.
  • El conflicto acumula más de un año de litigios: la Corte Suprema rechazó en junio de 2026 el recurso extraordinario del Gobierno, dejando firme la medida cautelar.
  • Las universidades nacionales acumulan una caída real del 45,6% en las transferencias presupuestarias entre 2023 y 2026, según el CIN.
  • Los gremios anunciaron un paro escalonado de 23 días en la UBA y una quinta Marcha Federal Universitaria para el 15 de octubre frente al Palacio de Tribunales.
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