Actualidad
Juicio por la muerte de Maradona: declaran los primeros tres testigos
En la tercera audiencia del juicio oral y público, los policías Lucas Farías, Lucas Borge y Leonardo Mendoza darán testimonio ante la justicia por ser los que encontraron el cuerpo del astro.
El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°3 de San Isidro realizará este martes la tercera audiencia del juicio oral y público por la muerte de Diego Armando Maradona y en la que declararán los primeros tres testigos.
La audiencia comenzará a las 9:30 y se espera la presencia de todas las partes: los siete imputados con sus defensores, las hijas y hermanas de Maradona junto a sus asesores y los fiscales.
En la última citación, los letrados Rodolfo Baqué y Martín De Vargas fueron apartados de la defensa del enfermero Ricardo Almirón por un conflicto de intereses dado que el primer abogado representa a Gisela Dahiana Madrid, la otra imputada que irá a un juicio por jurados populares.
Además, se trataron distintas cuestiones preliminares. Los jueces Verónica Di Tommaso, Maximiliano Savarino y Julieta Makintach desestimaron algunas solicitudes de nulidades planteados por los fiscales y por los acusadores particulares sobre la pericia cardiológica de Maradona, que fue presentada por los abogados del neurocirujano Leopoldo Luque y el perito oficial Ferrari junto a peritos de parte.
El estudio cardiológico, una pericia psiquiátrica y otro análisis psicológico fueron incorporados al expediente mediante lectura por los magistrados.
Tras un cuarto intermedio en la audiencia, que no fue trasmitida a través de YouTube para resguardar a los testigos, se retiraron Luque y la médica de la prepaga Nancy Edith Forlini a raíz de que los imputados no tienen la obligación de participar a menos que opten por declarar.
Según confirmó Julio Rivas, uno de los abogados del ex médico de cabecera de Maradona, su cliente no asistirá a todas las audiencias porque tiene que trabajar, pero sí irá a los alegatos de cierre y el veredicto salvo cuando lo citen los jueces.
CABA
Quién es la jueza que tuvo el coraje de decirle “no” a la ley penal juvenil
Laura De Marinis, titular del Juzgado Penal Juvenil N°3 de la Ciudad, sobreseyó a un adolescente de 14 años e invalidó el artículo de la Ley 27.801 que habilita la punibilidad desde esa edad. El fallo, acotado al caso concreto, desató la furia de Jorge Macri, quien amenazó con el juicio político. Una magistrada con trayectoria en la defensa de niñez responde con derecho donde el poder responde con presión.
Reducir la edad de imputabilidad a los 14 años es una medida regresiva en materia de derechos de niños y adolescentes. Esa fue la conclusión de la jueza Laura De Marinis al declarar inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801, el nuevo Régimen Penal Juvenil, y sobreseer a un chico de 14 años investigado por una tentativa de robo. El fallo no suspende la ley con carácter general, sino que aplica exclusivamente al caso del menor sobreseydo, una distinción que el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, decidió ignorar en su respuesta política.
De Marinis es titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3 de la Ciudad de Buenos Aires, cargo al que llegó en diciembre de 2023 tras superar un concurso del Consejo de la Magistratura. No es una recién llegada al sistema: ingresó a la Justicia en 2006, antes incluso de recibirse de abogada, y acumuló años de experiencia en el Ministerio Público Fiscal, la Defensa y, desde 2017, en la Secretaría Letrada de Intervención Penal Juvenil de la Defensoría General Adjunta porteña. Su trayectoria no es la de una jueza improvisada, sino la de alguien que conoce de cerca la realidad de los adolescentes en conflicto con la ley penal.
Un fallo que tiene sustento en el derecho internacional
La decisión de De Marinis no surge de un capricho ideológico, sino de la aplicación de estándares jurídicos consolidados. La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Argentina, establece que toda medida que afecte a personas menores de 18 años debe orientarse hacia su interés superior y priorizar la reintegración social. Bajar la edad de imputabilidad sin acompañamiento de políticas estructurales de inclusión, educación y contención social no es una solución; es, en el mejor de los casos, una respuesta simbólica al miedo, y en el peor, una puerta de entrada al sistema carcelario para los sectores más vulnerables de la sociedad.
El proceso penal de un adolescente debe tener una finalidad socioeducativa, no punitiva, sostuvo la propia jueza en una entrevista pública en un canal de streaming, donde también recordó su experiencia como voluntaria en el Hogar de Cristo del barrio 1-11-14 y advirtió que la reforma podía trasladar a los tribunales conflictos que hasta entonces se resolvían en otros ámbitos, incluidos episodios escolares.
Macri responde con amenazas donde debería responder con argumentos
La reacción del jefe de Gobierno porteño fue tan previsible como desproporcionada. Jorge Macri anunció que promoverá el juicio político contra De Marinis, una herramienta de remoción que existe para casos de mal desempeño, delitos en el ejercicio de la función o crímenes comunes. Aplicar esa amenaza contra una jueza que emitió un fallo fundado en derecho constitucional e internacional, acotado a un caso concreto, no es defensa del orden jurídico. Es una señal de alarma sobre la disposición del poder político a presionar a los magistrados que no fallan a su gusto.
El antecedente inmediato que encuadra este escenario está en la provincia de Buenos Aires, donde la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas de Zamora, suspendió preventivamente por 60 días la aplicación de la misma ley. La Cámara de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora anuló esa medida porque un juez de primera instancia no puede suspender con alcance general una norma nacional en todo el territorio provincial. El fallo de De Marinis, en cambio, no incurre en ese exceso: es una declaración de inconstitucionalidad para el caso particular, el mecanismo constitucionalmente previsto para el control difuso de constitucionalidad en Argentina.
La presión sobre los jueces que protegen derechos
La amenaza de juicio político no llega sola. Una ONG presentó una denuncia penal contra De Marinis, sumándose a la ofensiva. El patrón es conocido: cuando una decisión judicial no complace a los sectores de poder, la respuesta no es el recurso de apelación, sino la presión institucional, mediática y jurídica sobre el magistrado. La independencia judicial no es un privilegio de los jueces, es una garantía de los ciudadanos, y erosionarla mediante amenazas de juicio político por fallos incómodos es una práctica que debería preocupar a todos los sectores, independientemente de sus posiciones sobre la edad de imputabilidad.
De Marinis no es ajena a la polémica. En diciembre de 2023, pocos días después de asumir, intervino en el caso del joven que agredió y dejó en coma a Arturo López, un playero de Monserrat, y dejó sin efecto la prisión domiciliaria que cumplía el agresor, aunque mantuvo el control mediante tobillera electrónica y prohibición de salida del país. Esa decisión fue cuestionada por la familia de la víctima. Pero una cosa es criticar una resolución con argumentos jurídicos, y otra muy distinta es agitar el juicio político cada vez que una jueza aplica el bloque de constitucionalidad federal en favor de los derechos de la niñez.
La baja de imputabilidad no resuelve la violencia, la desplaza
El debate sobre la seguridad no puede reducirse a la edad en que el Estado mete preso a una persona. Los países con menor índice de violencia juvenil no son los que tienen sistemas penales más duros para adolescentes, sino los que invierten en educación, en salud mental, en infraestructura comunitaria y en políticas de contención familiar. La Ley 27.801, promovida en un contexto de demanda punitivista y agitación electoral, no fue acompañada de ninguna de esas inversiones. Solo amplió la capacidad del Estado para encerrar a chicos de 14 años, en su mayoría provenientes de sectores populares y contextos de vulnerabilidad social.
El fallo de De Marinis pone en el centro una pregunta incómoda que la política evita responder: ¿qué hace el Estado con ese chico de 14 años antes de que cometa un delito? Si la respuesta es nada, entonces la baja de imputabilidad no es una política de seguridad. Es una política de castigo diferido sobre los más vulnerables.
Lo que tenés que saber
- La jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años en un caso de tentativa de robo. El fallo aplica exclusivamente a ese caso y no suspende la ley con carácter general.
- De Marinis tiene 20 años de trayectoria en el sistema judicial de la Ciudad, con especialización en justicia juvenil y paso por la Defensoría General porteña.
- Jorge Macri anunció que promoverá el juicio político de la magistrada, una respuesta que los especialistas consideran desproporcionada frente a un fallo constitucional acotado a un caso puntual.
- En la provincia de Buenos Aires, la jueza Pascual había intentado suspender la misma ley con alcance general; la Cámara de Lomas de Zamora anuló esa medida por exceso de competencia, un vicio del que el fallo de De Marinis no adolece.
- La Ley 27.801, que establece la punibilidad desde los 14 años, no estuvo acompañada de ninguna política de contención social, educativa o de salud mental orientada a esa franja etaria.
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