Judiciales ⚖️
Río Negro: declararon culpable a un hombre que pateó y mató a un perro
En el juicio en el que declararon más de 15 testigos se acreditó que Byron «falleció a causa de un desgarro en el hígado provocado por una patada que le dio el imputado la noche del 21 de septiembre de 2020» en la zona céntrica de la ciudad de General Roca.
Un juez rionegrino declaró penalmente responsable a un hombre por matar a patadas a un perro y en 15 días se conocerá la condena, que va de 15 días a 1 año de prisión en suspenso.
La medida fue adoptada por el magistrado Mariano Camarda contra Marcos Abdala, quien es juzgado en un proceso oral y público por haber matado a un perro de raza Terranova llamado «Byron»
En el juicio en el que declararon más de 15 testigos se acreditó que Byron «falleció a causa de un desgarro en el hígado provocado por una patada que le dio el imputado la noche del 21 de septiembre de 2020» en la zona céntrica de la ciudad de General Roca.
De acuerdo con la reconstrucción del episodio, Abdala caminaba con dos mujeres jóvenes por la plaza de calle Mitre, de esa ciudad, y una de ellas llevaba con una correa un cachorro de pequeño porte cuando Byron «se les apareció desde atrás».
El Terranova se había escapado de su casa ubicada a aproximadamente ocho cuadras del lugar y a causa de su gran tamaño habría generado temor en el cachorro y en el grupo de personas que caminaban por el lugar.
En ese marco, Abdala le dio al menos una patada en el abdomen a Byron, que caminó unos metros, cayó en la vereda, convulsionó y murió en un lapso de un minuto a causa de la hemorragia interna.
La declaración de los veterinarios en el juicio permitió al juez concluir que el perro falleció como consecuencia de la lesión interna generada por el fuerte traumatismo de la patada. Asimismo, el juez no hizo lugar a los argumentos exculpatorios que planteó la defensa, que alegó que se trató de una acción necesaria en defensa del cachorro.
El magistrado remarcó que el imputado tenía alternativas para salir de una hipotética situación de peligro sin causar daños.
«La situación de peligro no se apreció inminente, puesto que más allá de la entendible reacción del cachorro al acercarse subrepticiamente un perro del tamaño de Byron, y que esto pudo haber atemorizado también al acusado y a sus acompañantes, ningún testigo hizo mención a una actitud hostil por parte de Byron que pusiera efectivamente en peligro la integridad física del cachorro», fundamentó el juez Camarda.
Además, el magistrado señaló que la patada no fue provocada «por el solo espíritu de perversidad» del acusado, al tiempo que consideró que el joven no lo hizo «por una tendencia sádica o experimentando placer al hacerlo».
Sin embargo, el juez Camarda concluyó que se trató de una conducta «desmedida, violenta y a todas luces dañina», encuadrada penalmente en un acto de crueldad contra el animal, ya que, afirmó, «no tuvo justificativo por más súbita y repentina que haya sido la aparición de Byron».
Investigación 🔎
Adorni: Pollicita descarta el enriquecimiento ilícito pero pide investigarlo por evasión
El fiscal no pudo refutar que el dinero de las compras fuera anterior a la función pública, pero detectó USD 374.081 pagados en efectivo y tenencias ocultas al fisco desde 2014. Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico. No es un sobreseimiento: decide Lijo.
El fiscal que investigó a Manuel Adorni no encontró pruebas de que se haya enriquecido en la función pública, pero sí de que durante más de una década ocultó al fisco dólares en efectivo y criptoactivos. Por eso Gerardo Pollicita pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito y pase a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.
El dictamen se presentó en el juzgado federal de Ariel Lijo, en el expediente que se abrió por una denuncia de la diputada Marcela Pagano. La investigación revisó la evolución patrimonial del exjefe de Gabinete entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. El pedido no implica un sobreseimiento: si Lijo lo acepta, Adorni seguirá investigado, pero por otro delito y en otro fuero.
Lo que encontró la Fiscalía
Según el dictamen, la Fiscalía detectó erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre los ingresos lícitos comprobados y los gastos, compras y cancelaciones de deudas del período. Entre esos pagos figuran la compra de un lote en el country Indio Cuá, reformas, muebles, la escritura de un inmueble en la calle Miró, viajes, alquileres temporarios, expensas y cuotas escolares. Parte de esas operaciones se hizo fuera del sistema bancario o a través de terceros.
La defensa sostuvo que ese dinero provenía de ahorros en criptomonedas anteriores a su llegada al Gobierno. Pollicita concluyó que no pudo refutar esa versión y que la investigación no logró vincular los fondos con “un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función”. Por eso escribió que “no se advierte que la conducta desplegada por Manuel Adorni tenga adecuación típica” en el enriquecimiento ilícito, “lo que no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza”.
De la corrupción a la evasión
El giro tiene una explicación jurídica: el enriquecimiento ilícito exige que el patrimonio crezca después de asumir el cargo. Si el dinero ya existía, el delito no encaja, aunque se haya usado durante la gestión. Pero esa misma explicación de la defensa abrió otra puerta. Según el fiscal, la fuente que Adorni invoca “se compone, según su propio relato, de recursos que no fueron informados al organismo recaudador”, y la omisión se extendió “desde 2014 y hasta su exteriorización en 2026”, es decir, cuando la causa ya estaba en trámite.
Pollicita enumeró indicadores que, a su juicio, exceden una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio de pagos en efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de los fondos una vez iniciada la investigación. El fuero Penal Económico deberá reconstruir, ejercicio por ejercicio, lo que correspondía pagar de Ganancias y Bienes Personales.
La lectura política: el vocero de la “casta” y el efectivo
El dictamen deja al Gobierno una victoria a medias. Evita la figura de corrupción para uno de los funcionarios más cercanos a Javier Milei, pero lo describe como alguien que durante años manejó dólares en efectivo fuera del radar de la AFIP, hoy ARCA. Es el mismo Gobierno que llegó al poder con el discurso contra la “casta” y que impulsó un blanqueo y la llamada “inocencia fiscal” para quienes tengan dólares sin declarar. La causa ahora queda en manos de Lijo, que debe decidir si se declara incompetente.
Lo que tenés que saber:
- Pollicita dictaminó que no hay pruebas de enriquecimiento ilícito de Manuel Adorni durante la función pública.
- Pidió que la causa pase al fuero Penal Económico para investigar una posible evasión tributaria.
- La Fiscalía detectó gastos por USD 402.578, de los cuales USD 374.081 se pagaron en efectivo.
- Según el fiscal, Adorni mantuvo tenencias sin declarar desde 2014 hasta 2026, cuando ya estaba en marcha la causa.
- No es un sobreseimiento: el juez Ariel Lijo debe resolver si acepta el pedido.
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