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Espionaje biométrico en CABA: ¿quiénes fueron perseguidos?

En la resolución, Gallardo aseguró haber constatado que el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) del ministerio de Seguridad de CABA fue utilizado para obtener datos biométricos del presidente Alberto Fernández, de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carlotto, entre muchas otras personalidades públicas.

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El-Argentino-Información biométrica del GCBA.

La decisión fue adoptada por el juez Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba al constatar que el sistema había sido utilizado para obtener datos biométricos de dirigentes políticos, jueces, empresarios y periodistas.

La Justicia porteña suspendió este martes el sistema de reconocimiento facial de prófugos del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tras detectar un uso ilegal que permitió acceder a datos biométricos de millones de personas que no estaban siendo buscadas, entre ellas dirigentes políticos, sociales, sindicales y de derechos humanos, como también jueces, empresarios y periodistas.

La decisión fue adoptada por el juez en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad, Roberto Gallardo, quien además ordenó una batería de medidas de prueba que incluyó, entre otras medidas, el secuestro de computadoras y dispositivos por parte de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en el Centro de Monitoreo Urbano ubicado en Patricios al 1100, del barrio de Barracas.

En la resolución, Gallardo aseguró haber constatado que el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos (SRFP) del ministerio de Seguridad de CABA fue utilizado para obtener datos biométricos del presidente Alberto Fernández, de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner y de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Carlotto, entre muchas otras personalidades públicas.

Fuentes judiciales señalaron que el sistema de monitoreo del ministerio de Seguridad porteño está habilitado a solicitar datos biométricos provenientes del Registro Nacional de las Personas (Renaper) siempre que se traten de personas incluidas en la Consulta Nacional de Rebeldías y Capturas (CoNaRC), que en 2019 eran unas 35.000 y el mes pasado llegaron a 40.000.

Sin embargo, entre abril de 2019 y marzo de 2022, las consultas de datos biométricos realizadas desde la cartera de Seguridad porteña fueron 9 millones, una cifra que no se corresponde con la población de individuos requeridos por la Justicia o en situación de rebeldía a partir de una medida judicial, y que por esa razón figuran en los registros de la CoNaRC.

Las búsquedas de datos biométricos de ciudadanos que no están en ninguna de esas situaciones fueron reconstruidas a partir de la información aportada al expediente por el Renaper, a cuyos archivos acude el sistema de reconocimiento facial de CABA cuando requiere de las imágenes de alta definición que acompañan la documentación personal de todos los ciudadanos.

Un dato relevante para la investigación es que el requerimiento de datos biométricos del Renaper por parte del Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA se rige por el convenio de cooperación técnica que celebraron en 2019, durante la gestión de Cambiemos, el propio Renaper con el ministerio de Seguridad porteño.

Según especialistas en informática que conocen el expediente, la consulta de los datos biométricos se realiza a través de un procedimiento conocido como ‘request’ de información que se conecta automáticamente con la base de datos del Renaper para solicitar la foto digitalizada del DNI, lo que luego permite generar un mapa biométrico: cada una de esas búsquedas queda registrada en dos computadoras, la que emite la información y la que la recibe.

La lista de personas espiadas

En el informe elaborado por el Renaper en respuesta al oficio del juez surge que entre abril de 2019 y marzo de este año fueron migrados -es decir, requeridos y recibidos por el Sistema de Reconocimiento Facial de Prófugos de CABA- los datos biométricos del presidente Alberto Fernández (76 veces); la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner (225 veces); el diputado Máximo Kirchner (12 veces); el Ministro del Interior Eduardo «Wado» De Pedro (3 veces) y del ministro de Seguridad Aníbal Domingo Fernández (12 veces), ): Florencia Kirchner (9 veces), el Ministro de Seguridad de la Nación, Anibal Domingo Fernández (12 veces); el Presidente del BCRA, Miguel Ángel Pesce (2 veces); el Jefe de Asesores de la Presidencia de la Nación, Juan Manuel Olmos (3 veces); el Presidente de la Cámara de Diputados; el senador Mariano Recalde (una vez); la diputada Paula Penacea (3 veces); el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof (24 veces); el Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires Sergio Alejandro Berni (17 veces); Andrés Larroque (una vez) y el Director Nacional de Políticas Integradoras de la Nación y referente de La Dignidad, Rafael Klejzer (8 veces).

También fueron migrados los datos de los diputados Sergio Tomás Massa (3 veces); Myriam Bregman (3 veces), el diputado Facundo Manes (una vez), Ricardo López Murphy (8 veces); José Luis Espert (8 veces) diputado Emiliano Benjamin Yacobitti (3 veces), y Javier Milei (32 veces); según surge del expediente.

La lista incluye además a los nombres del gobernador de Jujuy, Gerardo Morales (una vez); la Presidenta del PRO, Patricia Bullrich (18 veces); la exProcuradora General de la Nación Alejandra Magdalena Gils Carbó (2 veces); el exjuez de la Corte Suprema de Justicia, Eugenio Raúl Zaffaroni (2 veces); el ministro de la Corte Carlos Rosenkrantz (una vez); y la Fiscal General por ante la Cámara Nacional en lo Comercial, Gabriela Fernanda Boquín (4 veces).

Entre los periodistas que pudieron haber sido espiados a través del sistema de reconocimiento facial se encuentra Gustavo Sylvestre, cuyos datos biométricos fueron migrados 9 veces; Joaquín Morales Solá (una vez), Viviana Canosa (6 veces) y Eduardo Feinmann (9 veces).

La lista contiene también empresarios, fiscales federales, a la fundadora de Madres de Plaza de Mayo, Hebe Pastor de Bonafini (5 veces), y a la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela Barnes de Carlotto (2 veces).

En su resolución firmada este martes, el juez sostuvo que la CABA sólo estaba autorizada a extraer datos biométricos «siempre y cuando se tratara de personas cuya búsqueda haya sido exigida por la Justicia».

Luego advirtió que la enorme cantidad de consultas sobre ciudadanos, muchos conocidos por su actuación pública, que no están requeridos por la Justicia ni en situación de rebeldía demuestran que el proceso pudo haber sido manipulado para obtener información indebida de modo ilegal.

Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), una de las entidades que impulsó la causa a partir de un amparo colectivo presentado por el Observatorio del Derecho Informático en la Argentina (ODIA), plantearon que la detección de 9 millones de consultas de datos biométricos -con tantas personalidades involucradas- obliga a la administración de Horacio Rodríguez Larreta a dar explicaciones y responder en la Justicia.

«El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debe dar una explicación acerca de las búsquedas que hizo de datos biométricos de tantas y tantas personas en el período de abril de 2019 a marzo de 2022», aseguró el abogado y director de Litigios del CELS, Diego Morales.

En la misma línea opinó el abogado especializado en Derecho informático Tomás Pomar, director de ODIA, para quien de la prueba ya recolectada en el expediente «surge que ha habido un uso indebido de los datos biométricos», y luego alertó que la motivación y el uso que se dio a esa cantidad de consultas biométricas deben ser esclarecidos.

«A qué destino o qué se hizo con toda esa información aún no lo sabemos, pero el gobierno de la Ciudad va a tener que dar explicaciones sobre su sistema de reconocimiento facial», puntualizó Pomar.

Cerca de las 20, una vez que finalizaron las pericias en el Centro de Monitoreo Urbano de Barracas, desde el Ministerio de Seguridad porteño emitieron un comunicado en respuesta de seis puntos en el que, al referirse al principal cuestionamiento del juez, señalaron que las consultas realizadas al Renaper desde esa cartera «no son exclusivamente por contraste con el sistema de reconocimiento facial».

«Responden a una pluralidad de trámites habilitados por la Justicia y que no representan ninguna irregularidad», manifestaron desde la cartera que encabeza Marcelo D’Alessandro y agregaron que el Renaper, al responder las consultas de datos biométricos, «devuelve la foto y los datos del DNI» pero no «ubicaciones ni nada de eso». Además, señalaron que «el reconocimiento facial no está funcionando desde abril de 2020».

La suspensión del sistema de reconocimiento facial que ordenó este martes el juez Gallardo se produjo en una causa iniciada a principios de 2020, luego de que varias entidades y ONG -entre ellos el observatorio ODIA y el CELS, más la presentación como amicus curiae de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Correpi y la Fundación Vía Libre- presentaran un amparo colectivo en la Justicia Contencioso Administrativa de la CABA en el que denunciaban falta de control ciudadano, riesgos para la privacidad y la aplicación de patrones discriminatorios para realizar los mapas biométricos.

Espionaje

Espionaje a periodistas: el CELS va por la AFI macrista que la Justicia blindó

La Cámara Federal escucha al CELS, que reclama revocar el sobreseimiento de Arribas y Majdalani por las fichas ideológicas sobre periodistas y dirigentes sociales. También pide apartar al juez Martínez de Giorgi, que cerró la causa sin una sola indagatoria.

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Espiaron periodistas, nadie declaró y el juez los sobreseyó: el CELS pide reabrir la causa.

Debajo de los nombres de decenas de periodistas y dirigentes sociales, la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) del macrismo anotaba etiquetas como «opositor», «es kirchnerista» o «sigue páginas afines al kirchnerismo». Esas fichas terminaron en un sobreseimiento dictado sin que ninguno de los responsables fuera llamado a indagatoria. Este martes, la Cámara Federal porteña escucha los argumentos para reabrir la causa.

La audiencia se realiza ante la Sala I, integrada por los camaristas Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Pablo Yadarola. Allí la representación legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), querellante en el expediente, pide revocar la resolución que firmó el 1° de septiembre el juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 8, que sobreseyó al ex director de la AFI Gustavo Arribas, a su segunda Silvia Majdalani y a los ex directivos Martín Coste y Carlos Tonelli Banfi.

Las fichas que encontró Caamaño

La investigación nació el 5 de junio de 2020, cuando la entonces interventora del organismo, Cristina Caamaño, denunció el hallazgo de informes de inteligencia confeccionados por sus antecesores en el edificio de la actual Secretaría de Inteligencia. Los documentos contenían datos sobre personas que pretendían participar de la cumbre de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 2017 y del G20 en 2018: los medios en los que trabajaban, sus posturas políticas y sus militancias.

Para cerrar la causa, Martínez de Giorgi no negó que esas tareas se hubieran realizado. Sostuvo que la información provenía de fuentes abiertas, como las redes sociales, y justificó su recopilación en las supuestas necesidades de seguridad de ambas cumbres; además, consideró que no se había probado un espionaje por razones ideológicas. El juez convirtió así el perfilamiento ideológico de periodistas en una simple precaución de seguridad.

El expediente arrastraba además una demora llamativa: la fiscal federal Paloma Ochoa había reclamado en marzo de 2021 las indagatorias de Arribas, Majdalani y los otros dos funcionarios. Cinco años después, nunca se concretaron.

«Insostenibles»: la respuesta del CELS

El CELS, junto con periodistas afectados y el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba), apeló la decisión en un escrito al que accedió un medio local, donde calificó los sobreseimientos de «insostenibles». El organismo recordó que la ley de Inteligencia no admite excepciones de razonabilidad o proporcionalidad para recolectar datos sobre personas por su opinión política, sino que «dice, llanamente, que resulta prohibido realizar esas acciones».

«Una ficha que compila la postura de una persona sobre temas como el aborto, el feminismo o la causa del pueblo mapuche, constituye producción de inteligencia sobre la opinión política e ideológica de la persona, independientemente de si esa información se obtuvo de un perfil público», sostuvo la querella. Que un dato sea público no autoriza al Estado a clasificar a los ciudadanos según lo que piensan.

Tras conocerse el fallo, la organización advirtió que «la decisión consolida un criterio preocupante que amplía los márgenes para la vigilancia de la actividad política y social».

El pedido para apartar a Martínez de Giorgi

Además de la revocación, el CELS pide que la Cámara aparte al juez de la causa, porque dictó los sobreseimientos «sin siquiera haber convocado a los imputados a prestar declaración indagatoria, es decir, sin haber agotado una de las instancias más elementales de contradicción que el propio proceso prevé antes de emitir un pronunciamiento sobre el fondo».

Según la querella, devolverle el expediente al mismo magistrado después de que fijó su postura «importaría colocarlo en una posición institucionalmente insostenible», ya que debería ordenar medidas de prueba, evaluar hipótesis alternativas y eventualmente citar a indagatoria. Sería pedirle que haga exactamente lo que se negó a hacer.

El fiscal Picardi también apeló

El fiscal federal Franco Picardi apeló el mismo fallo y reclamó que la causa avance hacia las indagatorias. A diferencia del juez, que sostuvo que las personas fichadas tenían intención de participar del G20, el fiscal afirmó que el contenido de las fichas «se corresponde punto por punto con las categorías vedadas por ley». En su recurso calificó el caso como de «extrema gravedad institucional», porque compromete la libertad de prensa, el ejercicio de los derechos políticos y la protección de la vida privada.

Una Sala que ya blindó a la cúpula de la AFI

El antecedente inmediato no invita al optimismo. A comienzos de septiembre, la misma Sala I, con las firmas de Llorens y Bertuzzi, confirmó el sobreseimiento de Mauricio Macri, Arribas y Majdalani en otra causa por espionaje ilegal: la que investigaba la infiltración sin orden judicial de correos electrónicos de dirigentes políticos, periodistas y miembros de las fuerzas de seguridad. En ese caso, los camaristas descartaron la prueba central, los discos rígidos de la AFI, por fallas en su preservación, trazabilidad e integridad. La Comisión Provincial por la Memoria ya recurrió esa decisión ante la Cámara Federal de Casación Penal.

Mientras los tribunales cierran una tras otra las causas contra el aparato de inteligencia macrista, el Gobierno de Javier Milei amplía el presupuesto y las atribuciones de la SIDE. Ese es el telón de fondo de una audiencia que definirá si el Estado puede fichar a periodistas por sus ideas sin pagar ningún costo.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala I de la Cámara Federal escucha al CELS, que pide revocar el sobreseimiento de Arribas, Majdalani, Coste y Tonelli Banfi.
  • Las fichas halladas por Cristina Caamaño en 2020 incluían datos sobre medios, posturas políticas y militancias de periodistas y dirigentes sociales.
  • Martínez de Giorgi sobreseyó a los imputados el 1° de septiembre sin haberlos citado nunca a indagatoria.
  • El CELS pide además apartar al juez, y el fiscal Franco Picardi también apeló el fallo.
  • La misma Sala ya confirmó este mes el sobreseimiento de Macri, Arribas y Majdalani en otra causa por espionaje ilegal.
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