Energía
YPF rompió récords: ganó u$s 1.205 millones, mientras el FMI celebra
La petrolera estatal cerró el segundo trimestre de 2026 con la ganancia de caja más alta de su historia, un EBITDA ajustado de u$s 2.804 millones y una utilidad neta de u$s 1.205 millones. Los números récord conviven con la venta de Metrogas y el avance del desguace de activos estratégicos bajo el Plan 4×4 de Horacio Marín.
YPF presentó sus resultados del segundo trimestre de 2026 y las cifras son, técnicamente, extraordinarias: EBITDA ajustado de u$s 2.804 millones, el mayor de toda su historia; utilidad neta de u$s 1.205 millones, la segunda más alta registrada por la compañía; y un margen del 43% sobre los ingresos, el mejor en dos décadas. El problema no es lo que muestran los números. El problema es lo que no muestran y lo que se hace con esa riqueza.
El boom del no convencional: quién produce, quién cobra
El motor del salto fue la producción no convencional en Vaca Muerta. El shale oil promedió 213.000 barriles diarios durante el trimestre, un incremento del 47% respecto al mismo período de 2025. El EBITDA creció un 150% interanual, impulsado por mayores volúmenes, menores costos de extracción y récords de procesamiento en las refinerías, que operaron al 104% de su capacidad con un promedio de 351.000 barriles diarios, también un máximo histórico.
En el acumulado del primer semestre, YPF registró una ganancia neta de u$s 1.614 millones, contra apenas u$s 48 millones en igual período de 2025. Los ingresos semestrales llegaron a u$s 11.520 millones. La liquidez de la empresa rozó los u$s 2.500 millones al cierre de junio, otro récord histórico, y el ratio de endeudamiento cayó a 1,09 veces, el nivel más bajo de los últimos 11 años.
La pregunta que el comunicado de YPF no responde es cuánto de esa riqueza queda en el país, cuánto se reinvierte en infraestructura pública y cuánto termina en manos de accionistas privados, fondos de inversión o como garantía de los compromisos asumidos con el FMI. En un modelo donde la petrolera estatal opera cada vez más como un vehículo de negocios orientado a la exportación, el beneficio social de los récords queda notablemente opaco.
El Plan 4×4 y la lógica del desguace
Simultáneamente con la presentación de sus resultados, YPF confirmó la venta de su participación del 70% en Metrogas a Edenor por u$s 780 millones. Metrogas es la principal distribuidora de gas natural del país y presta servicio a cerca de 2,25 millones de clientes en la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense. La operación aún debe completar sus condiciones de cierre y obtener las autorizaciones regulatorias correspondientes.
En agosto, la compañía también acordó vender dos grupos de áreas convencionales en Mendoza por alrededor de u$s 400 millones. Una vez cerradas esas operaciones, YPF estima que el 95% de su producción provendrá de Vaca Muerta. Lo que en el discurso oficial se presenta como una «concentración estratégica en el no convencional» es, en los hechos, el desprendimiento sistemático de activos que históricamente prestaron servicios esenciales a la ciudadanía. Vender Metrogas no es eficiencia: es transferir a manos privadas el control de una infraestructura crítica que el Estado debería resguardar.
El denominado Plan 4×4 de la conducción de Horacio Marín apunta a concentrar las inversiones de YPF en el shale y reducir su exposición a activos «no estratégicos». Las inversiones del trimestre totalizaron u$s 1.340 millones, un 16% por encima del segundo trimestre de 2025, con el 77% destinado al negocio no convencional. También se presentó en mayo el proyecto Loma La Lata Oil al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), con una inversión proyectada de u$s 25.000 millones.
Vaca Muerta Sur y la exportación como horizonte único
El proyecto Vaca Muerta Oil Sur (VMOS), el oleoducto que conectará los yacimientos neuquinos con una terminal de exportación en el Atlántico, avanzó un 77% al cierre de junio y se espera que comience a operar a principios de 2027. El flujo de caja libre del trimestre alcanzó u$s 824 millones, el tercer mejor registro histórico, aunque la empresa reconoce que sin el efecto de la adquisición de activos de Equinor en Vaca Muerta, la cifra habría sido de u$s 1.000 millones.
El modelo que se construye con estas inversiones tiene un eje claro: exportar. Un oleoducto de semejante envergadura no se planifica para abastecer el mercado interno. Se planifica para colocar el crudo argentino en el mercado internacional. Eso puede tener sentido en términos de divisas; lo que no tiene sentido es que esas divisas no se usen para reconstruir el Estado, reducir la deuda externa con el FMI o recomponer el salario de los trabajadores. En su lugar, una porción significativa de esos recursos está comprometida a honrar vencimientos con el organismo que monitorea cada paso de la política económica argentina.
El FMI como destinatario silencioso
El Foro Economía y Trabajo advirtió en mayo de 2026 que la deuda total de Argentina con el FMI asciende a u$s 57.100 millones y que los vencimientos de capital e intereses para el período 2026-2030 superan los u$s 13.400 millones. En ese contexto, los récords de YPF no son neutrales: forman parte de un esquema donde la riqueza generada por los recursos estratégicos del país sirve, en buena medida, para sostener los compromisos asumidos con el organismo multilateral por el gobierno de Javier Milei.
La petrolera estatal también aplicó durante el trimestre un esquema transitorio de amortiguación en los precios de naftas y gasoil, reconociendo que no trasladó completamente al surtidor la suba de los valores internacionales. Es un dato que merece atención: la empresa más rentable del país limita el traslado de costos a los consumidores cuando le conviene, pero no cuando se trata de bajar el precio en la estación de servicio.
Lo que los números récord de YPF demuestran es que Argentina tiene recursos. Tiene petróleo, tiene gas, tiene una empresa que puede generar utilidades históricas. Lo que no tiene, bajo este modelo, es una política de soberanía energética que convierta esas ganancias en bienestar social. Tiene, en cambio, una empresa cada vez más parecida a un fondo de inversión que cotiza en Wall Street y rinde cuentas al FMI.
Puntos clave:
- YPF registró en el segundo trimestre de 2026 el EBITDA ajustado más alto de su historia: u$s 2.804 millones, con un margen del 43% sobre los ingresos.
- La utilidad neta fue de u$s 1.205 millones y la ganancia acumulada del primer semestre llegó a u$s 1.614 millones, frente a u$s 48 millones en igual período de 2025.
- YPF vendió su participación del 70% en Metrogas a Edenor por u$s 780 millones, desprendiéndose de la principal distribuidora de gas del país con 2,25 millones de clientes.
- El 77% de las inversiones del trimestre se destinó al negocio no convencional en Vaca Muerta, con proyección de llegar a 250.000 barriles diarios de shale oil hacia fines de 2026.
- Los récords de la petrolera estatal conviven con una deuda con el FMI de u$s 57.100 millones y vencimientos que condicionan la política fiscal hasta 2030.
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Zona Fría: Energía fijará los montos y el recargo lo pagan también los que perdieron el descuento
El Decreto 1266/2026 reglamentó la ley que achicó el mapa del subsidio al gas y dejó en manos de la Secretaría de Energía cuánto descuento recibirá cada hogar. El fondo se sigue financiando con un recargo sobre todo el gas que se consume por redes en el país.
Los hogares que perdieron el descuento automático por Zona Fría seguirán aportando al fondo que lo paga, pero todavía no saben cuánto alivio les queda. El Decreto 1266/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y dejó en manos de la Secretaría de Energía la determinación de las compensaciones y bonificaciones, sin que el cuerpo de la norma fije un monto.
El decreto está fechado el domingo 25 de octubre y lleva las firmas de Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Economía, Luis Caputo. Rige desde su publicación y reglamenta la ley que el Congreso sancionó el 24 de septiembre y que se publicó el 13 de octubre, la que redujo el beneficio automático a la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Según el Gobierno, 1,6 millones de hogares quedaron fuera de ese beneficio automático.
Leé también: Zona Fría: Milei promulgó el recorte al gas y compensa deudas eléctricas
Qué establece el decreto
La norma trae dos anexos. El primero contiene la reglamentación del régimen; el segundo, un nuevo modelo de contrato de fideicomiso entre el Estado nacional y el Banco de la Nación Argentina, que reemplaza al vigente para adecuarlo a la ley. El texto aclaró que no se crea un fondo nuevo: el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas mantiene su continuidad jurídica y patrimonial, con todos sus créditos y obligaciones.
El artículo 4 designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación y la facultó a determinar las compensaciones y bonificaciones, a intervenir en el cálculo de lo que cobrarán las empresas proveedoras y a dictar las normas complementarias que necesite el sistema. El decreto invitó a las proveedoras de gas a adherir al fideicomiso, como condición previa para comercializar dentro del régimen, e invitó a las provincias a sumarse según el Capítulo V del Anexo I. También mantuvo vigente el Decreto 786/02 en todo lo que no contradiga la nueva ley.
La plata va directo a las proveedoras
Según los considerandos, la compensación se calculará sobre el precio del gas y se pagará directamente a las empresas proveedoras. Las distribuidoras y subdistribuidoras quedaron afuera de la administración y la percepción de los fondos: su papel se limita a aplicar la bonificación en la factura y a aportar la información para calcular el subsidio. El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad seguirá a cargo del control técnico y la certificación de esa información.
Un recargo que pagan todos
El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte. Se aplica a la totalidad de los metros cúbicos que se consumen por redes en el país, cualquiera sea su uso final, con dos excepciones: el gas destinado a exportación y el gas natural licuado importado y regasificado. El decreto sumó como agentes de percepción, además de los productores, a los importadores de gas, salvo los de gas natural licuado. La Ley 27.828 faculta además al Poder Ejecutivo, por sí o a través de la autoridad de aplicación, a aumentar o disminuir ese recargo hasta en un 50%.
Eso significa que los usuarios de las zonas que perdieron el beneficio automático siguen financiando un fondo del que ya no reciben el descuento generalizado.
Qué trascendió de los anexos
Los dos anexos se publicaron solo en la edición web del Boletín Oficial y su texto no pudo ser consultado para esta nota, por lo que los siguientes detalles no están confirmados oficialmente. Según trascendió en medios nacionales, el Anexo I establece que el recargo deberá figurar discriminado en las facturas y que las distribuidoras deberán trasladarlo a los usuarios sin obtener ganancias ni registrar pérdidas por ese concepto.
Según esas mismas versiones, el anexo fija también los procedimientos de percepción, control y pago de las compensaciones: la Agencia de Recaudación y Control Aduanero tendría a su cargo la fiscalización y el ingreso del recargo, los agentes de percepción deberían presentar declaraciones juradas mensuales dentro de los primeros cinco días de cada mes y el ente regulador remitiría sus informes a la Secretaría de Energía, que determinaría los montos. La ley, por su parte, fija la vigencia del régimen hasta el 31 de diciembre de 2031.
El decreto de 2021, derogado
El artículo 8 derogó el Decreto 486/21, que había reglamentado la ampliación del régimen aprobada ese año. Ese decreto había designado a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación de la Ley 27.637 y había creado el Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, con un cuadro tarifario equivalente al 50% del pleno para los usuarios que cumplían los criterios de elegibilidad de esa ley. Los considerandos sostienen que esas disposiciones perdieron su objeto y resultan incompatibles con el nuevo marco, porque la Ley 27.828 modificó y derogó en parte aquel régimen.
Fuera de las tres regiones históricas, el alivio pasó a ser una bonificación adicional dentro del régimen de subsidios focalizados, aplicada solo sobre los consumos base. Según la ley, para acceder el hogar debe estar inscripto en ese régimen, ubicarse en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI y cumplir al menos una condición: ingresos netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2 del INDEC, o un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, con pensión de veterano de Malvinas o con Certificado Único de Discapacidad. En este último caso, la ley encomienda a la Secretaría de Energía evaluar de qué forma el certificado implica necesidad de ayuda económica para pagar los servicios energéticos.
Cómo es la inscripción
El cuerpo del decreto no se refiere al trámite de inscripción. El registro del régimen focalizado, el ReSEF, fue creado por el Decreto 943/2025 a partir de la base del antiguo Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Según la Disposición 1/2026 de la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético, quienes ya estaban inscriptos en el RASE no están obligados a volver a anotarse y pueden actualizar sus datos en el sitio oficial de subsidios del Estado nacional o de manera presencial en la ANSES, una vía prevista para quienes no tienen acceso a herramientas digitales.
El decreto definió quién cobra, quién paga y quién controla, pero la cifra que más importa a las familias que perdieron el beneficio automático quedó otra vez en manos de la Secretaría de Energía.
Lo que tenés que saber:
- El Decreto 1266/2026 reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y rige desde hoy.
- La Secretaría de Energía determinará compensaciones y bonificaciones; el cuerpo del decreto no fija montos.
- El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre todo el gas que se consume por redes; según trascendió en medios nacionales, deberá figurar discriminado en la factura.
- Las compensaciones irán directo a las proveedoras; las distribuidoras solo aplican el descuento.
- Fuera de Patagonia, Malargüe y la Puna, el beneficio exige inscripción en los subsidios focalizados; quienes ya figuraban en el RASE no deben reinscribirse.
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