Salud 🩺
Las farmacias deberán informar el resultado de los autotest de Covid al Gobierno
El Ministerio de Salud estableció los mecanismos de notificación que deberán seguirse para que entren en funcionamiento los test de autoevaluación que fueron aprobados la semana pasada por la Anmat.
El Gobierno estableció que en primera instancia las personas deberán reportar a las farmacias el resultado de los test de autoevaluación de coronavirus y estas al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud, en tanto que si se utilizan en instituciones sanitarias serán estas las que deben notificar.
El mecanismo fue fijado mediante la resolución 28/2022 firmada por la ministra de Salud Carla Vizzotti que, además de establecer el procedimiento de notificación, aprobó las condiciones de empaque del producto y habilitó a las jurisdicciones a que puedan ingresar como caso confirmado a aquellas personas que den positivo al autotest.
En tanto que los individuos particulares sólo podrán comprar el autotest en farmacias habilitadas y las droguerías y laboratorios sólo le podrán vender a estas.
En el caso de las instituciones públicas o privadas que compren el autotest deberán designar «un profesional de la salud responsable de informar el destino, uso y reporte de los resultados a las autoridades sanitarias de su jurisdicción».

En referencia al mecanismo de notificación, que está regulado en el anexo 1 de la resolución, el Ministerio estableció que «los resultados del test deben ser reportados de forma individualizada (atento al código de barra de cada empaque) una vez abierto dentro de las 24 horas de realizado, y dentro de los siete días de adquirido cuando no hubiera sido utilizado, ya sea por el usuario individual o por un responsable de reporte en caso de gran volumen de test».
Y continuó: «En el caso de que el producto sea adquirido por un usuario en una farmacia adherida, el reporte de uso siempre se hace a la farmacia en la que se adquirió para lo cual el dispondrá de los siguientes canales alternativos: directamente en el punto de venta (farmacia) de forma presencial o telefónica, una página web y otros que puedan desarrollarse».
En este contexto, serán las farmacias las que deberán notificar «los resultados de los test dispensados al Sistema Nacional de Vigilancia de la Salud (SNVS) a través de los usuarios habilitados, para lo cual se otorgarán los accesos al SISA pertinentes».
La resolución estableció que «si el farmacéutico no recibe el reporte del usuario una vez abierto el empaque dentro de las 24 horas y dentro de los siete días de adquiridos cuando no hubieran sido utilizados, debe informar de esa situación a la autoridad sanitaria jurisdiccional».
En ese caso, la autoridad podrá inhabilitar el punto de venta para la dispensa de test de autoevaluación Covid-19 «si se advierte que la carga en el SNVS no se ha efectivizado».
Los casos positivos serán integrados a la notificación de casos de Covid-19 en el SNVS y se clasificarán como casos probables, los negativos serán clasificados como “negativo, sin clasificar”.
En tanto que los casos de test inválido deberán repetirse para definir el resultado. Así, un caso clasificado como “probable” deberá cumplimentar con las recomendaciones emitidas por la autoridad sanitaria de la jurisdicción vigentes al momento de realizar el test.
Los test de autoevaluación fueron aprobados la semana pasada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) y funcionan a base de una muestra de saliva o hisopado nasal.
Legislativo
Cárcel desde los 14 y criptomonedas desde los 13: la contradicción de un Estado que castiga en lugar de cuidar
El psicólogo Jorge Prado advirtió que la soledad infantil crece mientras la salud mental recibe solo el 1,4% del presupuesto de salud, contra el 10% que fija la ley. Lo dijo en la semana en que el Senado aprobó la reforma que, según su lectura, patologiza el malestar social “para responder a intereses corporativos”.
La ley vigente obliga a destinar el 10% del presupuesto de salud a la salud mental, pero en los hechos solo se ejecuta el 1,4%. La cifra la aportó el psicólogo Jorge Prado, que además alertó sobre una generación de chicos aislados frente a una pantalla mientras el Estado discute cambiar la norma que los protege.
Prado es psicólogo y docente de la Facultad de Psicología de la Universidad de Buenos Aires (UBA), y autor del libro “Una tablet al final del arcoíris”, un trabajo que reúne experiencias clínicas, territoriales y educativas sobre el cuidado de infancias y adolescencias. Sus advertencias llegan en un momento sensible: el Senado aprobó en la madrugada del viernes 30 de octubre la reforma de la Ley Nacional de Salud Mental 26.657, impulsada por el Poder Ejecutivo de Javier Milei, y la giró a la Cámara de Diputados. El proyecto reemplaza el criterio de “riesgo cierto e inminente” para las internaciones involuntarias por el de riesgo grave de daño, con la firma de dos profesionales.
La pantalla como “contrato” entre adultos desbordados y chicos aislados
Según explicó Prado, el libro analiza cómo el juego se desplazó a las redes sociales y qué sufrimientos de época aparecen en ese cambio: consumos digitales, violencia como espectáculo, abuso de diagnósticos y uso de la inteligencia artificial como refugio. El título remite a la metáfora irlandesa del caldero de oro al final del arcoíris: la tecnología condensa la promesa de éxito y pertenencia, pero es un mito, porque al final del arcoíris nunca se llega.
El especialista describió a la tablet como parte de un contrato implícito entre adultos y niños: los cuidadores, desbordados de obligaciones, entregan la pantalla a cambio de tiempo para trabajar o resolver urgencias. Muchos padres la perciben como una opción más segura que la calle frente a los temores de inseguridad. El resultado, advirtió, es una extrema soledad, con horas y horas de chicos aislados.
De “padecimiento subjetivo” a “trastorno mental”: un cambio de términos que no es menor
Para Prado, la diferencia entre ambos conceptos es sutil pero alarmante. La norma vigente habla de “padecimiento subjetivo”, una categoría que contempla el sufrimiento derivado de contextos sociales o económicos, como el desempleo familiar o la violencia. Si la ley pasara a nombrar únicamente “trastornos mentales”, sostuvo, la atención quedaría reducida a quienes tengan un diagnóstico psicopatológico individual.
En su análisis, ese giro responde a la mercantilización de la salud y beneficia a corporaciones farmacéuticas que buscan dar respuestas medicamentosas a sufrimientos que, según planteó, son sociales e institucionales.
Internaciones más flexibles y teleconsulta ante un brote psicótico
Sobre las internaciones involuntarias, Prado recordó que la ley actual las permite ante un “riesgo cierto e inminente” y que ese criterio funciona como un marco de derechos humanos para evitar abusos. Flexibilizarlo a un riesgo “grave”, advirtió, vuelve las internaciones arbitrarias o preventivas.
También cuestionó que, ante la escasez de psiquiatras, la reforma habilite la evaluación virtual de pacientes en brote psicótico por teleconsulta, algo que calificó como un enorme peligro clínico. Todo ocurre, remarcó, en un sistema al que se le exige el 10% del presupuesto de salud pero que ejecuta el 1,4%.
Castigo para los chicos, criptomonedas para los de 13
Frente a episodios de violencia o manipulación digital en escuelas, Prado describió una “desafectización”: la realidad toma tono de ficción en las redes, pero las consecuencias emocionales son reales. La respuesta adulta, según dijo, suele centrarse en el señalamiento punitivo.
El psicólogo marcó una contradicción: se promueve la baja de la edad de imputabilidad a los 14 años bajo amenaza de cárcel y, al mismo tiempo, se aprueban normas para que chicos de 13 años puedan invertir en criptomonedas. El Estado les ofrece herramientas financieras complejas y tentadoras, pero responde con castigo cuando aparecen los problemas, en lugar de financiar dispositivos comunitarios y espacios de escucha.
Lo que tenés que saber:
- La ley de Salud Mental exige destinar el 10% del presupuesto de salud al área, pero según Jorge Prado solo se ejecuta el 1,4%.
- El Senado aprobó el 30 de octubre la reforma de la Ley 26.657 y la giró a Diputados.
- El proyecto cambia el “riesgo cierto e inminente” por un riesgo grave de daño para las internaciones involuntarias.
- Prado advirtió que reemplazar “padecimiento subjetivo” por “trastorno mental” deja afuera el sufrimiento de origen social.
- El psicólogo cuestionó que se baje la edad de imputabilidad a 14 años mientras se habilita a chicos de 13 a invertir en criptomonedas.
-
Comunidad 👥3 díasTragedia en Recoleta: un hombre murió atropellado por un colectivo de la línea 92
-
Misiones5 díasMigraciones descarta el ingreso de Flavio Bolsonaro, pero el jet en Puerto Iguazú sigue sin explicación
-
Actualidad3 díasRío Grande le reclama a Melella $18.000 millones de coparticipación
-
Espectáculos 🎭4 díasBOM, el álbum de Lali y Miranda!: cuándo sale y cuántas canciones tendrá
-
Investigación 🔎5 díasDark Horse: la película sobre Jair Bolsonaro que expone a su hijo Flávio por lavado
-
Política 📢2 díasUn broker en Florida y 150.000 dólares: quién pagó el avión de Flávio Bolsonaro
-
Economía 💲5 díasSturzenegger celebra despidos de 81.000 estatales mientras los salarios del sector perdieron hasta 40,5%
-
Mundo 🌐3 díasConfirmaron la muerte de Agustín Randazzo, el argentino desaparecido tras el choque de trenes en España
