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WhatsApp lanzó una función clave: ahora podés tener dos cuentas en un mismo celular

La aplicación de mensajería sumó una función esperada por millones de usuarios: tener dos líneas activas en un mismo dispositivo. Ya está disponible para Android y apunta a mejorar la organización personal y laboral.

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WhatsApp incorporó una función que permite usar dos cuentas distintas en un solo teléfono, una posibilidad que hasta ahora solo se podía lograr mediante aplicaciones paralelas, trucos del sistema operativo o teléfonos con funciones específicas. La novedad fue anunciada por Meta y ya comenzó a implementarse en dispositivos Android.

La herramienta responde a una necesidad concreta y creciente: la separación entre vida personal y laboral, algo que con el avance del teletrabajo y los emprendimientos digitales se volvió una demanda extendida.

Desde ahora, cualquier persona podrá tener una línea profesional y otra privada en el mismo celular sin necesidad de duplicar dispositivos o configurar cuentas web de manera alternativa.

Qué se necesita para usar dos cuentas

La función está activa, pero tiene algunas condiciones técnicas:

  • Un número de teléfono adicional, que puede estar vinculado a una SIM física o a una eSIM.
  • Acceso a ese número secundario, ya que el sistema exige una verificación por código, como en cualquier activación de cuenta de WhatsApp.

Una vez cumplidos estos requisitos, la configuración es sencilla: desde la propia aplicación, hay que ir al menú de configuración, tocar el ícono de perfil y luego elegir la opción “Agregar cuenta”. Desde allí se realiza el proceso habitual de validación.

Ambas cuentas funcionarán en paralelo, aunque solo una estará activa como principal. Aun así, los mensajes y notificaciones se recibirán en ambas, y se podrá cambiar entre perfiles de manera manual según la necesidad.

¿Para qué sirve tener dos cuentas?

La posibilidad de separar la vida laboral de la personal es el motivo más evidente. Pero hay otros usos posibles:

  • Administrar un emprendimiento sin mezclar contactos privados.
  • Viajar al exterior y usar una SIM local sin perder el acceso al número original.
  • Tutores o padres que quieran gestionar una cuenta secundaria para un menor sin darle acceso completo a un dispositivo.
  • Usuarios que alternan entre números personales y comunitarios, como voluntarios, encargados vecinales o trabajadores temporales.

Si bien no es posible tener ambas cuentas activas en pantalla al mismo tiempo, la nueva herramienta facilita una gestión más eficiente del tiempo, los contactos y las comunicaciones.

Más personalización, más control

Esta actualización marca un nuevo paso de WhatsApp en su intento por adaptarse a estilos de vida más complejos, donde una sola cuenta ya no es suficiente. Con este cambio, Meta busca reforzar la utilidad de su plataforma frente a competidores que hace tiempo permiten este tipo de configuraciones, como Telegram.

El avance también responde a un contexto en el que el uso intensivo del celular multiplica las funciones laborales y personales que se cruzan en un solo dispositivo. Tener dos cuentas de WhatsApp, aunque alternadas, permite reducir el ruido digital y segmentar prioridades.

Judiciales ⚖️

La Corte le puso freno al “escrache virtual” y ordenó a Meta identificar a los autores anónimos

En un fallo unánime, el máximo tribunal ordenó a Facebook e Instagram borrar publicaciones anónimas y revelar la identidad de quienes acusaron de abusador a un estudiante de la UNLP. Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti coincidieron en que ni el activismo de género ni el anonimato habilitan a vulnerar el derecho de defensa.

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La Corte Suprema ordenó a Meta identificar a los autores de un escrache virtual anónimo contra un estudiante de la UNLP.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló contra un «escrache virtual» y ordenó a Facebook e Instagram identificar a los responsables de las cuentas anónimas que acusaron públicamente de abusador a un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP). El fallo, dictado el 23 de septiembre en la causa «C., F. c/ Facebook Argentina SRL s/ hábeas data», lleva las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, cada uno con su propio voto.

Un escrache sin nombre y sin derecho de defensa

El caso se originó cuando cuentas identificadas como «Comisión de Género de la FaHCE» y «comisiondegeneros», en Instagram y Facebook, publicaron el nombre y la fotografía de un estudiante de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, calificándolo de «abusador, manipulador psicológico y machista» y narrando presuntas conductas dentro de una relación de pareja. El joven, que también participaba de espacios activistas, inició una acción de hábeas data para que Meta revelara quién estaba detrás de esas cuentas y para lograr la eliminación de los posteos.

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata había rechazado el pedido en primera instancia. La Corte revirtió esa decisión y ordenó eliminar las URL denunciadas, además de exigirle a Meta que entregue todos los datos disponibles —correo electrónico, direcciones IP, fecha, hora y tipo de dispositivo— para identificar a los administradores de las cuentas.

Qué dijo cada juez

Rosatti sostuvo que la ausencia de datos verificables que permitan al denunciado ejercer su derecho de defensa viola el debido proceso, y que esa garantía no se subsana invocando la libertad de expresión. Rosenkrantz planteó que la relevancia social de un discurso sobre violencia de género no alcanza, por sí sola, para desplazar automáticamente la protección de los derechos personales de quien es acusado. Lorenzetti, por su parte, remarcó que la participación social o política de una persona no la convierte en figura pública con un estándar de protección de la privacidad más bajo.

El fallo sintetizó el criterio central del tribunal: «la existencia de un tema de interés público no habilita a valerse de cualquier modalidad de expresión». Para la Corte, el anonimato en redes sociales goza de protección constitucional, pero esa protección no es absoluta cuando están en juego los derechos de terceros y existe la posibilidad de un reclamo judicial por los daños causados.

Un límite con impacto en las redes

La decisión fija un antecedente relevante sobre los límites del anonimato en denuncias virtuales sin garantías procesales, un fenómeno que se multiplicó en los últimos años en universidades, sindicatos y organizaciones sociales. El tribunal fue claro en diferenciar entre reconocer la gravedad de la violencia de género como problema de interés público y admitir cualquier método de exposición pública sin posibilidad de defensa para el acusado.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte falló en «C., F. c/ Facebook Argentina SRL s/ hábeas data» y revirtió el rechazo de la Cámara Federal de La Plata.
  • Ordenó eliminar las publicaciones y que Meta identifique a los administradores de las cuentas anónimas.
  • Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti coincidieron en que ni la militancia de género ni el anonimato habilitan a vulnerar el derecho de defensa.
  • El tribunal calificó la práctica como «escrache público virtual» y fijó un límite a este tipo de denuncias sin garantías procesales.
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