Judiciales ⚖️
Rechazo al Impuesto a las Ganancias: diplomáticos obtienen un fallo favorable
La sentencia obliga al Gobierno a revertir la medida que afectaba a 400 diplomáticos.
La Justicia Contencioso Administrativa falló a favor de los diplomáticos argentinos que reclamaban contra la obligación de pagar el Impuesto a las Ganancias por el adicional que perciben por prestar servicio en el exterior. Esta sentencia representa un revés significativo para el gobierno de Javier Milei, ya que obliga al Estado a revertir la medida que había implementado.
Reclamación de los diplomáticos
La Asociación Profesional del Servicio Exterior de la Nación (APSEN), junto con la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), habían presentado una acción cautelar a mediados de año para evitar el pago de este impuesto sobre el complemento exterior, argumentando que afectaba gravemente los ingresos de los trabajadores del Servicio Exterior. Según APSEN, la normativa aplicada «resulta claramente confiscatoria e impacta severamente en los ingresos de los trabajadores de rangos más bajos», quienes, con la nueva reglamentación, podrían perder hasta un 20 % de sus ingresos.
Decisión judicial y antecedentes
El juez federal Martín Cormick ya había solicitado en agosto a la Cancillería un informe sobre la situación, en respuesta al reclamo de los gremios y diplomáticos. Finalmente, la Justicia hizo lugar a la petición de APSEN y ATE, obligando al Gobierno a dejar sin efecto la aplicación del impuesto sobre este complemento, que desde 1973 estaba exento para diplomáticos, embajadores, secretarios y agregados.
Desde la última modificación del impuesto, surgió un conflicto que llevó a APSEN a reunirse con los gremios ATE y UPCN para coordinar acciones jurídicas y políticas, ante lo que describieron como una «urgente situación» que amenazaba la funcionalidad y sostenibilidad del servicio exterior.
Consecuencias del fallo
El fallo abarca a unos 400 diplomáticos, quienes hasta ahora se beneficiaban de la exención del impuesto sobre su plus por costo de vida en el exterior. Esta decisión judicial supone una victoria para estos trabajadores, que consideraban la medida impositiva como injusta y perjudicial para su labor en el exterior. Además, expone al Gobierno a una posible revisión de otras políticas fiscales similares que afecten a sectores específicos del Estado.
Judiciales ⚖️
La Corte dejó firme los ocho años de cárcel a Lotocki tras más de una década
El máximo tribunal declaró inadmisible la queja de la defensa y selló la pena por lesiones graves y estafa a Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi, en una causa por cirugías realizadas entre 2008 y 2014.
La Corte Suprema dejó firme este jueves la condena de Aníbal Lotocki a ocho años de prisión y diez de inhabilitación para ejercer la medicina, por lesiones graves a cuatro mujeres y por estafa, más de una década después de las últimas cirugías juzgadas. Con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal declaró inadmisible la queja de la defensa contra la confirmación de la condena, el último recurso pendiente.
Las víctimas son la actriz Silvina Luna, que murió en agosto de 2023, a los 43 años, tras años de complicaciones renales; la modelo Stefanía Xipolitakis; Pamela Sosa y Gabriela Trenchi. El fallo se refiere a las lesiones y a la estafa, y no constituye una condena por la muerte de Luna.
Qué se probó en el juicio
La Justicia dio por probado que Lotocki les aplicó un producto de relleno que contenía microesferas de polimetilmetacrilato (PMMA) en zonas y cantidades no aconsejadas, lo que les provocó granulomas. También determinó que les ocultó información que estaba obligado a darles antes de las intervenciones. Las operaciones analizadas se hicieron entre 2008 y 2014, es decir, la sentencia llegó a quedar firme más de doce años después de la última. En el caso de Trenchi, se tuvo por acreditado además que la intervención no coincidió con lo que la paciente había acordado.
Cómo llegó la condena
En 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°28 lo condenó a cuatro años de prisión y cinco de inhabilitación por lesiones graves, y lo absolvió por estafa. La fiscalía y las querellas apelaron y, en noviembre de 2023, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional sumó la estafa, duplicó la pena a ocho años y elevó la inhabilitación a diez.
En abril de 2025, la Sala II de Casación confirmó ese fallo. La defensa recurrió y, tras la denegación de su recurso extraordinario, presentó la queja que ahora la Corte declaró inadmisible. Fue la cuarta intervención del máximo tribunal en el expediente: las dos primeras se vincularon con cuestiones previas al juicio y la tercera, con la primera condena, cuando ya había rechazado un planteo del médico por falta de sentencia definitiva. La firmeza llegó más de cuatro años después de la primera sentencia.
La situación de Lotocki
Lotocki ya está preso. Permanece detenido por orden del TOC N°17, que lo juzga por la muerte de Rodolfo Cristian Zárate, un paciente de 50 años que murió en abril de 2021 tras un procedimiento en el Centro Médico Conde (CEMECO).
El 8 de septiembre, el juez Jorge Romeo, del TOC N°28, ordenó también su prisión preventiva en esta causa por riesgo de fuga, a pedido del fiscal general Sandro Abraldes y con el respaldo de las querellas. Abraldes advirtió que, cuanto más cerca está una condena firme, mayor es el riesgo de que el acusado intente sustraerse de la Justicia, y recordó que Lotocki incumplió en tres oportunidades la obligación de informar ausencias de más de veinticuatro horas. La decisión implicaba que, aunque recuperara la libertad en el juicio por la muerte de Zárate, debía seguir detenido por esta condena. Ahora, con la sentencia firme, la pena queda en condiciones de ejecutarse.
Qué sigue
Ante el TOC N°17 continúa el juicio por el homicidio simple con dolo eventual de Zárate, en el que también están acusados otros tres médicos y la directora del centro, y por las denuncias de Sandra Domínguez y Yésica Forti.
El miércoles, un día antes de que la Corte cerrara esta causa, ese mismo tribunal sobreseyó a Lotocki por prescripción en otras tres denuncias por lesiones graves, las de Beatriz Berger, Paola Auzmendi y Julieta Cuadros Miranda. Los jueces Pablo Vega, Julián López Casariego y Juan Giudice Bravo tomaron en cuenta el tiempo transcurrido entre los tratamientos y su primera indagatoria. El paso de los años, así, resultó decisivo para unas denuncias y no alcanzó a impedir la condena en otras.
Leé también: Lotocki zafó por prescripción en tres denuncias por lesiones graves
Lo que tenés que saber:
- La Corte dejó firme la condena de Lotocki a ocho años de prisión por lesiones graves y estafa.
- También tiene diez años de inhabilitación para ejercer la medicina.
- Las víctimas son Silvina Luna, Stefanía Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.
- Lotocki ya estaba detenido por la causa de la muerte de Rodolfo Cristian Zárate.
- El juicio por ese homicidio sigue ante el TOC N°17.
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