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Se viene el megatarifazo del gas

El lunes 8, las distribuidoras propondrán las tarifas mensuales del servicio de gas.
En la audiencia virtual se abordarán siete puntos pero el más destacado es que los ajustes tarifarios se harán con una periodicidad mensual.

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El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) cerró la lista de expositores interesados en participar de la audiencia pública virtual que se llevará a cabo el próximo lunes 8 de enero, en la que se escucharán las propuestas de la distribuidoras y transportadoras a fin de actualizar, con una frecuencia mensual, las tarifas del servicio en todo el país.

El plazo para la inscripción de los interesados en exponer en la audiencia pública 104 venció el miércoles a la medianoche y ahora el organismo se encuentra en el proceso de evaluación, teniendo en cuenta que sólo se admitirá un orador por persona jurídica (empresa prestataria, cámara, municipio o asociación de consumidores, entre otros).

La convocatoria a la audiencia se formalizó a través de la resolución 704 del 14 de diciembre de 2023 y se publicó al día siguiente en un suplemento especial del Boletín Oficial, en línea con la decisión del Gobierno de reducir los subsidios a los servicios energéticos y determinar un esquema de actualización tarifaria.

La audiencia comenzará a las 9 del lunes 8 de enero de manera virtual, no será vinculante y en ella se abordarán siete puntos especificados en el artículo 1° de la resolución

Esos puntos son:
➤ La adecuación transitoria de las tarifas del servicio público de transporte de gas natural.
➤ La adecuación transitoria de las tarifas del servicio público de distribución de gas por redes.
➤ El traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución.
➤ La determinación de un índice de actualización mensual para las tarifas del servicio público de transporte de gas natural y del servicio público de distribución de gas por redes.
➤ El tratamiento de la incidencia del costo del flete y/o transporte de Gas Licuado de Petróleo (GLP) respecto de las localidades abastecidas con gas propano/butano indiluido por redes.
➤ El tratamiento de la incidencia del precio del gas en el costo del gas natural no contabilizado (GNNC).
➤ La reversión del Gasoducto Norte.

La nota destacada del temario fue la inclusión del punto que establece que los ajustes tarifarios se harán con una periodicidad mensual.

Al respecto, las compañías prestadoras del servicio de distribución (Gasnor, Litoral Gas, Camuzzi Gas Pampeana, Camuzzi Gas del Sur, Distribuidora de Gas Cuyana, Distribuidora de Gas del Centro, Metrogas, Naturgy BAN y GasNEA), subdistribución (Redengas) y transporte (TGN y TGS) ya presentaron sus propuestas de adecuación tarifaria, que pueden consultarse en el apartado «Material de consulta» de la página web del Enargas.

La decisión busca atacar uno de los focos que explicaron el déficit público durante los últimos años, cuyo impacto en las cuentas del Tesoro durante el gobierno de Alberto Fernández se intentó morigerar con la implementación de una segmentación de acuerdo con el nivel de ingresos de los usuarios.

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Otro alivio judicial para Caputo: la Cámara frenó la causa por los fondos viales

La Cámara Federal sacó de la causa a la diputada Victoria Tolosa Paz y al gobernador Ricardo Quintela y suspendió los pedidos de informes ordenados por Lijo sobre un fideicomiso vial con 73,8% de subejecución. El fallo respaldó el planteo del fiscal Stornelli, en una investigación que apunta al Ministerio de Economía de Luis Caputo.

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Fondos viales: la Cámara dejó afuera a los querellantes y frenó los pedidos de informes a Economía.

La Cámara Federal sacó de la causa a quienes pedían investigar el destino de los fondos de las rutas y dejó sin efecto las medidas de prueba que había ordenado el juez Ariel Lijo. El fallo llegó después de que el fiscal Carlos Stornelli, que había dictaminado desestimar la denuncia, apelara por vía de queja y se quejara de que el magistrado avanzó con pedidos de informes cuando él ya había planteado cerrar el expediente.

Los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña, Bertuzzi y Yadarola, firmaron la resolución el miércoles en la causa por la supuesta malversación del fideicomiso Sistema Vial Integrado (SisVial). La investigación apunta al Ministerio de Economía que conduce Luis “Toto” Caputo, a quien el Poder Judicial volvió a darle un respiro en un expediente incómodo para el Gobierno de Javier Milei.

Qué resolvió la Cámara

Los camaristas revocaron el punto de una resolución de Lijo que había aceptado como querellantes a la diputada nacional Victoria Tolosa Paz y al gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela. Además, dejaron sin efecto las medidas ordenadas el 28 de agosto “al menos hasta tanto lo decidido adquiera firmeza”.

Ese día, Lijo había pedido informes al Ministerio de Economía sobre la gestión del fideicomiso, a Vialidad Nacional sobre distintas obras y rutas nacionales, y a la Auditoría General de la Nación y a la Sindicatura General de la Nación para saber si hubo trabajos de auditoría sobre el fideicomiso vial. Esa información, que podía aportar datos concretos al expediente, queda ahora en suspenso.

El argumento de Stornelli: los fondos se podían invertir

Stornelli sostuvo que el Gobierno gestionó los fondos conforme a las pautas del Decreto 976/2001, que creó el fideicomiso. Según el fiscal, el artículo 21 de esa norma habilita al fiduciario, en este caso el Banco Nación, a invertir los recursos en títulos públicos o plazos fijos. Agregó que un decreto posterior, firmado por Milei en 2025, dejó vía libre para colocar los excedentes en instrumentos públicos.

Sobre esa base pidió la desestimación de la denuncia y reclamó ante la Cámara por la incorporación de los querellantes y por las medidas que dispuso Lijo después de su dictamen. La Cámara le dio la razón en ambos planteos.

Por qué rechazaron a Tolosa Paz y a Quintela

Tras escuchar a las partes durante semanas, Bertuzzi y Yadarola coincidieron en que ni la diputada de Unión por la Patria y ex ministra de Desarrollo Social ni el gobernador riojano reúnen los requisitos para ser parte. Tolosa Paz había invocado su condición de usuaria de las rutas nacionales 3 y 5. Los jueces respondieron que su calidad de legisladora y de usuaria “pueden demostrar un eventual interés en denunciar, pero no una lesión personal”, y que los hechos denunciados no la tienen como particularmente ofendida ni siquiera de manera hipotética.

Quintela, por su parte, había argumentado que varias rutas nacionales atraviesan La Rioja y que la decisión de colocar los fondos del SisVial en inversiones afectó económicamente a la provincia. Para los camaristas, no se advierte de qué modo los actos denunciados pudieron afectar a la provincia de forma “directa, singular y diferenciada”. Agregaron que el hecho de que las rutas crucen el territorio provincial, o de que la provincia haya costeado gastos puntuales en alguna de ellas, no la convierte en particularmente ofendida.

Los fundamentos conocidos del fallo giran en torno a quién puede ser parte de la causa y no despejan si la colocación de los fondos viales en instrumentos financieros fue la decisión correcta.

El origen de la denuncia: una subejecución del 73,8%

La denuncia penal nació de una investigación periodística del diario La Nación, firmada por Hugo Alconada Mon, que señaló que la tasa de subejecución del fideicomiso alcanzó el 73,8% durante la administración libertaria. Según esos datos, se ejecutó el 11,3% de lo recaudado en 2024, el 39% de lo recaudado en 2025 y el 18,5% de los fondos obtenidos entre enero y mayo de 2026.

Los recursos del SisVial tienen afectación específica para obras viales y provienen de una porción del Impuesto a los Combustibles Líquidos. Es decir que el dinero que se cobra a quienes cargan nafta tiene un destino fijado: mantener y mejorar las rutas del país. El vocero presidencial Adrián Ravier reconoció que una parte de esos impuestos la dispone el Ministerio de Economía, y no precisó cuánto corresponde a cada destino.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala I de la Cámara Federal revocó la aceptación de Victoria Tolosa Paz y Ricardo Quintela como querellantes en la causa por el fideicomiso SisVial.
  • Los camaristas dejaron sin efecto las medidas que Lijo ordenó el 28 de agosto, al menos hasta que lo resuelto adquiera firmeza.
  • Stornelli había dictaminado la desestimación de la denuncia y sostuvo que el Decreto 976/2001 permite invertir los fondos en títulos públicos o plazos fijos.
  • Los jueces consideraron que ni la diputada ni el gobernador acreditaron una afectación directa por la forma en que se administraron los fondos.
  • La denuncia se basó en una subejecución del 73,8% del fideicomiso durante la gestión libertaria, según una investigación periodística.
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