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Espert cobró en un pago lo que un argentino promedio gana en 16 años de trabajo

El pago que recibió José Luis Espert de un empresario investigado equivale a casi media vida laboral de un trabajador registrado.

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Lo que tenés que saber

  • Espert admitió haber cobrado USD 200.000 de Federico Machado por una consultoría frustrada.
  • El monto representa 16 años y medio de salario promedio en Argentina.
  • El RIPTE en julio de 2025 fue de $1.510.680 mensuales.
  • El tipo de cambio utilizado para calcular el monto en pesos fue de $1.500 por dólar.
  • La desigualdad expuesta generó fuertes críticas en redes y entre especialistas.

Espert recibió el equivalente a 16 años de sueldo por un trabajo que no realizó

El diputado José Luis Espert reconoció públicamente que cobró 200.000 dólares del empresario Federico «Fred» Machado, actualmente bajo prisión preventiva, por una consultoría que finalmente nunca se concretó. El pago, justificado por Espert como parte de su actividad privada, se vuelve aún más polémico al ser comparado con el ingreso de un trabajador promedio argentino.

Un cálculo que expone la desigualdad

Según datos oficiales del Ministerio de Trabajo, el salario promedio registrado (RIPTE) en julio de 2025 fue de $1.510.680. Aplicando un tipo de cambio financiero estimado en $1.500 por dólar, los USD 200.000 recibidos por Espert se traducen en $300 millones.

Eso equivale a 198 sueldos completos. Es decir, un asalariado promedio necesitaría trabajar durante 16 años y medio para alcanzar esa suma, sin contemplar impuestos, gastos, ni ahorro posible.

Un trabajo que nunca se hizo

La cifra cobrada genera mayor controversia porque, según el propio diputado, la consultoría “no se concretó por la pandemia”.

El hecho reavivó las críticas hacia la clase política y, particularmente, hacia los vínculos financieros del economista libertario. En redes sociales y medios, diversos especialistas cuestionaron el monto:

“Nadie paga 400 mil dólares por una consultoría”, sostuvieron economistas y abogados consultados.

El total mencionado hace referencia al pago total previsto, que incluía un segundo desembolso además del adelanto ya entregado.

Una relación en el centro del escándalo

La suma fue girada por una empresa asociada a Machado, un empresario vinculado a causas por narcotráfico en Estados Unidos y con múltiples causas abiertas en Argentina.

El caso derivó en una investigación judicial con ramificaciones internacionales, y fue uno de los detonantes de una creciente presión política sobre Espert y La Libertad Avanza.

La otra cara del ingreso en Argentina

El contraste entre lo que representa ese monto para un ciudadano promedio y la facilidad con la que se cobró —sin contraprestación ni rendición conocida— resume un fenómeno de desigualdad que excede el caso individual.

La Defensoría del Pueblo y organizaciones sociales señalaron que más de la mitad de los jubilados del país no llegan a cubrir una canasta básica, mientras que muchos trabajadores no alcanzan siquiera el promedio del RIPTE.

Investigación 🔎

Sin acuerdo en la Corte: conjueces definirán si el DNU de Milei puede derogar la Ley de Tierras

El máximo tribunal no alcanzó unanimidad para resolver la causa de la Asociación Civil Árbol de Pie, que impugnó el artículo 154 del DNU 70/23 basándose en el derecho constitucional a la protección del ambiente. Con el sorteo de dos conjueces previsto para las próximas horas, el debate sobre la soberanía territorial enfrenta una nueva etapa de incertidumbre institucional.

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El Argentino Diario-Corte Suprema.
La Corte se fractura: sin unanimidad, los conjueces tendrán la última palabra sobre la derogación de la Ley de Tierras.

La Corte Suprema de Justicia no logró ponerse de acuerdo. Luego del acuerdo de este martes, el máximo tribunal resolvió convocar a dos conjueces para que integren el cuerpo y definan si el artículo 154 del decreto de necesidad y urgencia 70/23 de Javier Milei, que derogó la Ley de Tierras, es constitucional o no. El sorteo de esos conjueces estaba previsto para realizarse en las próximas horas.

La causa que llegó a esta instancia lleva el número FGR 20213/23 y fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, una organización ambiental que cuestionó la derogación de la norma que limitaba la compra de tierras por parte de extranjeros. El argumento central de la presentación se apoyó en el derecho a la protección del ambiente que garantiza la Constitución Nacional.

Un expediente que la Justicia no quiso tocar

La causa de Árbol de Pie acumula un historial de desvíos institucionales que ilustra, con precisión, cuánto incomoda este debate en los tribunales federales. El expediente fue presentado originalmente ante la Justicia Federal de Bariloche, que se negó a tratarlo. Derivado luego a la Cámara Federal de La Plata, esa instancia tampoco lo tramitó. Fue la Corte la que finalmente debió recibirlo en su propio ámbito, y aún así no logró resolverlo con sus propios integrantes.

El contexto inmediato de esta convocatoria es el fallo anterior de la Corte que rechazó por falta de legitimación la presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM), una de las organizaciones que habían cuestionado la derogación de la ley. Tras ese rechazo, el tribunal aclaró que la decisión respondía exclusivamente a una cuestión procesal, que nada impedía analizar otros expedientes sobre la misma temática. El expediente de Árbol de Pie era el siguiente en la línea.

Procesos colectivos y la lógica del agrupamiento

El tratamiento se encuadra dentro del régimen de procesos colectivos, un mecanismo por el cual causas con objetos similares se agrupan para ser resueltas en conjunto o en forma coordinada. Una vez cerrado el capítulo del CECIM, el expediente de Árbol de Pie quedó habilitado para avanzar. Pero la falta de unanimidad entre los ministros del tribunal obstaculizó una resolución directa y derivó en la solución excepcional de incorporar conjueces.

La incorporación de conjueces no es un trámite menor: implica que la Corte, en su composición actual, no logró construir los votos necesarios para resolver la cuestión por sí sola. Se desconoce la naturaleza de los desacuerdos internos, pero la decisión revela fisuras en el cuerpo sobre uno de los debates jurídicos más sensibles de la gestión libertaria: si un decreto de necesidad y urgencia puede derogar una ley que protege la soberanía sobre el territorio.

Qué decía la Ley de Tierras y qué hizo el DNU

La Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, fue sancionada en 2011 durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner. Establecía un límite estricto: los extranjeros no podían ser propietarios de más del 15% de las tierras rurales del país, y cada persona o empresa extranjera no podía superar el 1.000 hectáreas en zonas núcleo equivalente. También prohibía la venta de tierras en zonas de frontera o con recursos estratégicos como el agua.

El artículo 154 del DNU 70/23, firmado por Milei en diciembre de 2023 al inicio de su gestión, derogó esa ley de un plumazo, sin debate parlamentario. El gobierno argumentó que la normativa era un obstáculo para la inversión extranjera y que la soberanía no se juega con restricciones a la propiedad privada. Para las organizaciones sociales, sindicales y ambientales que cuestionaron el decreto, la derogación equivale a poner el territorio nacional a disposición del mercado global sin ningún resguardo.

Ese enfrentamiento de visiones es el fondo político del expediente que ahora resolverán, al menos en parte, dos conjueces cuyas identidades dependerán del sorteo que se realizará en las próximas horas.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema no alcanzó unanimidad para resolver la causa FGR 20213/23 y convocó a dos conjueces; el sorteo se realizaría en las próximas horas.
  • La causa fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie, que impugnó el artículo 154 del DNU 70/23 con base en el derecho constitucional a la protección del ambiente.
  • El expediente había sido rechazado previamente tanto por la Justicia Federal de Bariloche como por la Cámara Federal de La Plata antes de llegar a la Corte.
  • La Corte derogó la causa del CECIM por razones procesales y aclaró que otros expedientes sobre la misma temática podían avanzar por separado.
  • La Ley de Tierras (26.737), derogada por el DNU, limitaba la compra de suelo rural por extranjeros al 15% del total nacional y protegía zonas de frontera y recursos estratégicos.
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