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El Senado convirtió en Ley el proyecto de respuesta integral al VIH

e infecciones de transmisión sexualpropone un abordaje integral desde la salud colectiva y busca brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación.

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El Senado de la Nación aprobó esta noche, por amplia mayoría, y convirtió en ley, el proyecto de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e Infecciones de Transmisión Sexual, que propone un abordaje integral desde la salud colectiva y busca brindar contención e información para derribar prejuicios y situaciones de discriminación.

Senado de la Nación.

La discusión del proyecto, que finalizó pasadas las diez de la noche, fue seguido desde las gradas del recinto de la Cámara alta por decenas de pacientes, que aplaudieron de manera cerrada cada discurso.

El proyecto fue votado por sesenta votos a favor y uno en contra, del jefe del bloque PRO, el misionero Humberto Schiavoni.

La iniciativa, que fue presentada originalmente por la diputada Carolina Gaillard, del Frente de Todos, establece -entre otros puntos- la creación de un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación, con el fin de visibilizar, documentar y erradicar las vulneraciones a los derechos de las personas afectadas.

El proyecto, que cuenta con el apoyo de más de 200 instituciones y organizaciones civiles, plantea un cambio de perspectiva y pone foco en lo social, apuntando a mejorar la calidad de vida y prevenir muertes evitables.

Propone, además, que toda prueba para detectar esas patologías deberá ser voluntaria, gratuita, confidencial y universal, a la vez que promueve la creación de un régimen de jubilación especial, de carácter excepcional para quienes transiten las enfermedades de VIH y hepatitis B o C, así como una pensión no contributiva de carácter vitalicio para quienes se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

De este modo, quienes acrediten al menos diez años desde el diagnóstico de la enfermedad y 20 años de aportes jubilatorios, pueden solicitar la jubilación a partir de los 50 años.

El proyecto también promueve la capacitación, investigación, difusión de campañas masivas y la conformación de una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, otras ITS y Tuberculosis, integrada de forma interministerial e intersectorial por representantes de los organismos estatales, sociedades científicas y organizaciones de la sociedad civil con trabajo en estas patologías.

La integración de esta comisión debe ser determinada por vía reglamentaria y garantizar representación federal y de géneros.

También se propone un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación, con el objetivo de visibilizar, documentar, disuadir y erradicar las vulneraciones a los derechos humanos de las personas afectadas.

Las personas con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o tuberculosis tienen los siguientes derechos laborales:

– Al trabajo y a la permanencia en el mismo sin discriminación, despidos, suspensiones, hostigamientos, reducciones salariales, violencia, ni violación de la confidencialidad, para la población referida en esta ley.

– Se presume, salvo prueba en contrario, que el despido de personas con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o tuberculosis obedece a razones de discriminación.

– A que no sea condicionado el ingreso a fuentes laborales o a la promoción de puestos de trabajo por la realización de pruebas diagnósticas

.- A no ser objeto de pruebas diagnósticas de modo compulsivo.

– A ser beneficiarios de políticas de empleabilidad para personas con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o tuberculosis, impulsando el acceso universal, asistencia integral y no discriminación.

– A la inclusión de las personas con VIH, hepatitis virales, otras ITS y/o tuberculosis en los programas de formación y capacitación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

– A ser beneficiarios de políticas de acciones afirmativas que fomenten la inclusión laboral, tanto en el ámbito público como en el privado, para la población contemplada en esta ley, garantizando la confidencialidad del diagnóstico.

El jefe de la Comisión de Salud, el oficialista tucumano Pablo Yedlin, elogió la actual Ley de VIH y la calificó como “precursora en el mundo y sobre todo en la región”.

“Se diagnostican por año 4.500 casos con una tasa de 11 por cien mil. En tanto que la tasa de mortalidad está en 2,8 por cada cien mil habitantes”, mencionó Yedlin.

Además, indicó que “el treinta por ciento de los pacientes que se diagnostican lo hace en un período tardío de la enfermedad”, y señaló que “el 65 por ciento de los pacientes se atiende en el sector público”.

El vicepresidente de la Comisión, el jujeño Mario Fiad, refirió que “esta ley viene a actualizar la ley vigente y que tiene el adicional de incluir también a las hepatitis virales y a otras infecciones de transmisión sexual desde una perspectiva de los derechos humanos”.

“Creo que estamos llegando tarde, porque no necesitamos de estas leyes para saber que el universo de las personas afectada por estas patologías tienen sus derechos consagrados”, agregó.

Buenos Aires

Celulares fuera del aula: la ley llega a secundarias, pero falta aplicarla

La Legislatura bonaerense extendió a las escuelas secundarias públicas y privadas la limitación del uso de celulares en clase y, en la misma sesión, aprobó la educación emocional y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura. La aplicación depende ahora de la reglamentación.

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El Argentino Diario-Adolescentes miran celular.
Celulares en el aula solo con aval docente: así es la nueva ley para las secundarias bonaerenses.

Los celulares y las pantallas solo podrán utilizarse en las escuelas secundarias de la Provincia de Buenos Aires cuando el docente a cargo lo contemple de forma explícita dentro de una planificación didáctica.

La iniciativa, del diputado Martín Rozas (bloque Unión y Libertad), amplía la ley provincial N° 15.534, que ya regulaba el uso de dispositivos en las escuelas primarias, y alcanza a los establecimientos de gestión pública y privada. La Cámara baja bonaerense la trató en una sesión en la que también se aprobaron la incorporación de la educación emocional y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura.

Qué cambia en las secundarias

El texto busca promover un uso seguro y responsable de los dispositivos digitales, además de informar y concientizar a los alumnos de entre 6 y 17 años sobre los riesgos de la exposición excesiva a las pantallas. Según sostuvieron sus impulsores, la norma apunta a los efectos del uso excesivo sobre la atención y la concentración, y a riesgos como el ciberbullying, la difusión de rumores y la exposición a contenidos violentos.

Cada institución deberá adaptar su acuerdo institucional para definir el resguardo y el uso de los dispositivos fuera del horario pedagógico. La tecnología podrá incorporarse a las actividades cuando exista una finalidad educativa, y la norma plantea recuperar el aula como espacio de interacción y socialización.

Rozas sostuvo que el objetivo es brindar mayor protección a los adolescentes dentro de las instituciones educativas, sin desconocer la importancia de la tecnología en el aprendizaje. “Sabemos muy bien que la tecnología es una herramienta necesaria para el futuro y que es indispensable que los alumnos sepan manejarla. Pero también sabemos que la sobreexposición a las pantallas trae aparejadas situaciones perjudiciales para los adolescentes”, expresó el legislador.

Como antecedente, la prueba PISA 2022, coordinada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), indicó que cerca del 30% de los estudiantes de los países miembros dijo distraerse con dispositivos digitales durante todas o la mayoría de las clases de Matemática.

Educación emocional en todos los niveles

Se aprobaron modificaciones a la Ley Provincial de Educación (N° 13.688) para incorporar formalmente la educación emocional en los niveles inicial, primario y secundario. La propuesta busca sumar herramientas para el reconocimiento, la comprensión y la gestión de las emociones, con el objetivo de fortalecer las habilidades personales y sociales de niños y adolescentes, así como la convivencia en los establecimientos.

“Acá hay una urgencia y nosotros, que somos adultos y que deberíamos facilitarle la vida a los chicos y a las chicas, tenemos que dejar de mirar para otro lado y festejar que se haya votado esta ley para que se ponga en práctica”, expresó la legisladora Luciana Padulo durante el debate.

Ley Ema: convivencia digital segura

Impulsada por la diputada Mayra Mendoza, la Ley Ema crea un marco para garantizar el derecho de los estudiantes del sistema educativo provincial a desenvolverse en entornos virtuales protegidos y seguros. La norma prevé políticas, acciones y herramientas para prevenir y abordar situaciones de violencia en entornos tecnológicos. Además, crea un programa provincial para brindar recursos a las instituciones, fortalecer la convivencia digital y facilitar la intervención ante agresiones, hostigamiento u otras formas de violencia a través de plataformas tecnológicas.

El proyecto lleva el nombre de Ema, una adolescente bonaerense que murió el 24 de agosto de 2024 luego de que imágenes íntimas suyas fueran difundidas sin su consentimiento en el ámbito escolar. Se elaboró junto a su madre, Laura Sánchez, y organizaciones como Faro Digital, Ley Olimpia Argentina y Defensoras Digitales, según se informó cuando Mendoza lo presentó en la Legislatura bonaerense. En Santa Fe, la Cámara de Senadores aprobó este año una norma con el mismo nombre, que la convirtió en la primera provincia con una ley específica contra la violencia digital en las escuelas.

Si vos o alguien de tu entorno atraviesa una situación de angustia, podés comunicarte con el Centro de Asistencia al Suicida al 135 (CABA y Gran Buenos Aires) o al (011) 5275-1135 desde el resto del país.

Del texto a las aulas: lo que falta

La sanción no implica que la regulación empiece a regir de inmediato: según trascendió, la implementación queda sujeta a la publicación de la ley y a las disposiciones que establezca el organismo que designe el Poder Ejecutivo provincial. Aún no se confirmó desde cuándo se aplicará la restricción en las secundarias.

Queda por ver con qué recursos y con qué capacitación docente se pondrán en práctica el programa provincial de convivencia digital y la educación emocional, dos puntos sobre los que, por ahora, no se informaron detalles.

Lo que tenés que saber:

  • La ley extiende a las secundarias públicas y privadas de la Provincia la regulación de celulares que ya existía para primarias (ley N° 15.534).
  • Celulares y pantallas solo podrán usarse si el docente lo prevé de forma explícita en su planificación didáctica.
  • El proyecto es del diputado Martín Rozas, del bloque Unión y Libertad.
  • En la misma sesión se aprobaron la educación emocional (que modifica la ley N° 13.688) y la Ley Ema de Convivencia Digital Segura, impulsada por Mayra Mendoza.
  • La implementación queda sujeta a la publicación de la ley y a las disposiciones del organismo que designe el Ejecutivo provincial.
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