Educación
Freno al ajuste: la Justicia ordena aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara Federal rechazó la apelación del Ejecutivo y exigió la recomposición salarial urgente frente al desfinanciamiento de las casas de altos estudios.
★ La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal asestó un duro revés al Gobierno Nacional al ordenar la aplicación inmediata de la Ley de Financiamiento Universitario (27.795). El tribunal rechazó la apelación presentada por el Poder Ejecutivo y ratificó la vigencia de la norma sancionada por el Congreso de la Nación en septiembre de 2025 por amplia mayoría. En su fallo, la Justicia calificó de poco serios los argumentos oficiales para eludir el cumplimiento de la ley y sentenció que la suspensión de la misma a través de decretos resulta ilegítima.
Recomposición salarial y actualización de becas
La resolución judicial no solo exige el cumplimiento de la normativa presupuestaria, sino que impone obligaciones específicas sobre la deuda acumulada con el sector. El fallo ordena al Ejecutivo ejecutar la recomposición salarial para el personal docente y no docente, retroactiva al periodo comprendido entre diciembre de 2023 y la sanción de la ley. Esta medida busca subsanar la pérdida de poder adquisitivo que motivó tres semanas de paro nacional universitario y dejó a las instituciones en una situación de parálisis operativa.
Asimismo, la Justicia determinó que el Gobierno debe poner en marcha la actualización de las becas estudiantiles a la brevedad. El tribunal subrayó que la voluntad expresada por el Poder Legislativo, tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, no puede ser ignorada por el Ejecutivo mediante maniobras administrativas. La decisión judicial desestima el intento de la Procuración del Tesoro, que el mes pasado apeló la cautelar dictada originalmente en diciembre de 2025.
El conflicto de fondo y el rol del CIN
El origen de esta disputa legal radica en el amparo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ante lo que denunciaron como un desfinanciamiento sistemático del sistema público. Las universidades nacionales advirtieron durante meses sobre la imposibilidad de mantener los estándares mínimos de funcionamiento y de investigación frente a la inflación y el congelamiento de partidas. La resolución de la Cámara llega en un clima de alta tensión social, tras las masivas movilizaciones en defensa de la universidad pública y el reclamo conjunto de rectores, gremios y estudiantes de todo el país.
El fallo ratifica que la autonomía universitaria y su sustento económico poseen protección legal y constitucional que el Ejecutivo no puede vulnerar discrecionalmente. La decisión judicial marca un precedente sobre la validez de los decretos que intentan anular leyes de presupuesto educativo ya votadas, devolviendo la discusión al marco de la institucionalidad y el cumplimiento de las obligaciones del Estado con la educación superior.
Puntos clave
- La Justicia calificó de poco serios los argumentos del Gobierno para no aplicar la ley.
- Se ordenó la recomposición salarial docente y no docente desde diciembre de 2023.
- El fallo declara la ilegitimidad de la suspensión de la ley mediante decreto.
- El Ejecutivo debe actualizar las becas estudiantiles de manera inmediata.
- La resolución responde a un amparo impulsado por el Consejo Interuniversitario Nacional. ★
Educación
Con cautelar firme y multas en puerta, el Gobierno apeló otra vez antes de pagar los salarios docentes
El juez federal Martín Cormick intimó al Ejecutivo a cumplir de manera total con la cautelar firme que ordena aplicar los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, con recomposición salarial docente y actualización de becas. El Gobierno apeló, pero ya acumula derrota judicial sobre derrota judicial desde diciembre de 2025.
El Decreto 759/2025, la herramienta con la que el gobierno de Javier Milei intentó bloquear la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, suma un nuevo rechazo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, intimó al Estado Nacional a cumplir en cinco días con la medida cautelar que declaró inaplicable la suspensión de la ley, advirtiendo que, de no hacerlo, se activarán multas diarias por cada jornada de demora. El Ejecutivo volvió a apelar.
La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 y, tras el veto presidencial, el Parlamento insistió con mayorías de dos tercios, conforme al artículo 83 de la Constitución Nacional. Pese a esa insistencia legislativa, el Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025, mediante el cual condicionó la aplicación de la norma a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas al presupuesto. El CIN (Consejo Interuniversitario Nacional), la Universidad de Buenos Aires y sindicatos docentes presentaron amparos y la causa tramita en el expediente 39.475/2025.
Un mecanismo que choca con la Constitución
En diciembre de 2025, Cormick hizo lugar a la medida cautelar y declaró inaplicable el decreto presidencial en cuanto suspendía la ejecución de la ley. En su fallo, señaló que la insistencia legislativa del Congreso no admitiría otra solución que la efectiva aplicación de la norma sancionada, y calificó la maniobra oficial como contraria al principio de división de poderes. El magistrado precisó, además, que el Ejecutivo había fundado la suspensión en el artículo 5° de la ley 24.629, una norma de jerarquía inferior al mandato constitucional expreso del artículo 83.
El Estado apeló esa resolución, pero en marzo de 2026 la Sala III de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Sergio Fernández y Eduardo Morán, confirmó la cautelar de primera instancia. La Cámara introdujo un argumento de peso: una ley posterior del Congreso puede válidamente desplazar a una norma anterior, incluso en materia presupuestaria, por lo que no era admisible que el Ejecutivo paralizara su aplicación invocando la ley 24.629. Los argumentos de la administración Milei, según el propio fallo, no merecieron consideración alguna por su falta de seriedad.
Recusaciones rechazadas y una cautelar que no se cumple
El gobierno ensayó una última estrategia procesal: intentó apartar al propio Cormick de la causa, recusándolo por su condición de docente en las universidades nacionales de Avellaneda y José C. Paz. También impugnó al juez de Cámara Sergio Fernández por su actividad en la Universidad de Lomas de Zamora. La Corte Suprema, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, rechazó todas las recusaciones en junio de 2026, señalando que la sola condición de profesor universitario no alcanza para apartar a un magistrado de un expediente.
Con las recusaciones descartadas y la cautelar firme, el expediente siguió su curso. En septiembre de 2026, Cormick revisó una presentación del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación y concluyó que no existía cumplimiento total de la medida. Intimó al Estado a acatar la cautelar en cinco días y anticipó que aplicaría multas diarias por cada jornada adicional de demora. El Ejecutivo volvió a apelar ante la Cámara y analiza si pedirá efecto suspensivo al recurso.
Lo que está en juego: salarios y becas bajo presión
La Ley 27.795 exige actualizar los presupuestos universitarios por inflación y recomponer los salarios de docentes y no docentes según el Índice de Precios al Consumidor, además de actualizar las becas estudiantiles. Los artículos 5° y 6° de la norma, los que ordena aplicar la cautelar, son precisamente los que regulan esa recomposición. La Oficina de Presupuesto del Congreso estableció que el costo total de la ley representa el 0,23% del PBI, un dato que el propio Cormick puso sobre la mesa para cuestionar la proporcionalidad del argumento fiscal esgrimido por la Casa Rosada.
El deterioro salarial del sector docente universitario es parte del diagnóstico que el propio decreto 759/2025 reconoció en sus considerandos, lo que fue utilizado por la Justicia como evidencia del peligro en la demora. Mientras la causa continúa hacia su resolución de fondo sobre la constitucionalidad del decreto, el Estado lleva más de diez meses resistiendo el cumplimiento de una ley que el Congreso sancionó dos veces.
Lo que tenés que saber:
- El juez Martín Cormick intimó al gobierno a cumplir en cinco días con la cautelar sobre la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de multas diarias.
- La cautelar, que declara inaplicable el Decreto 759/2025 en cuanto suspende la ley, fue confirmada por la Cámara en marzo de 2026 y es firme.
- La Corte Suprema rechazó en junio de 2026 los intentos del Ejecutivo de recusar al juez Cormick y a magistrados de Cámara por su condición de docentes universitarios.
- La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 e insistida con dos tercios tras el veto de Milei; su costo equivale al 0,23% del PBI según la Oficina de Presupuesto del Congreso.
- El Gobierno apeló la nueva resolución de Cormick ante la Cámara y analiza solicitar efecto suspensivo.
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