Conectate con El Argentino

Educación

Con cautelar firme y multas en puerta, el Gobierno apeló otra vez antes de pagar los salarios docentes

El juez federal Martín Cormick intimó al Ejecutivo a cumplir de manera total con la cautelar firme que ordena aplicar los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, con recomposición salarial docente y actualización de becas. El Gobierno apeló, pero ya acumula derrota judicial sobre derrota judicial desde diciembre de 2025.

Publicado hace

#

El Argentino Diario-UBA-Aumento Salarial-Docentes universitarios.
El juez Cormick intimó al Gobierno a cumplir en cinco días con la cautelar sobre la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de multas diarias.

El Decreto 759/2025, la herramienta con la que el gobierno de Javier Milei intentó bloquear la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente, suma un nuevo rechazo judicial. El juez federal Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, intimó al Estado Nacional a cumplir en cinco días con la medida cautelar que declaró inaplicable la suspensión de la ley, advirtiendo que, de no hacerlo, se activarán multas diarias por cada jornada de demora. El Ejecutivo volvió a apelar.

La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 y, tras el veto presidencial, el Parlamento insistió con mayorías de dos tercios, conforme al artículo 83 de la Constitución Nacional. Pese a esa insistencia legislativa, el Ejecutivo emitió el Decreto 759/2025, mediante el cual condicionó la aplicación de la norma a que el Congreso determinara las fuentes de financiamiento e incorporara las partidas al presupuesto. El CIN (Consejo Interuniversitario Nacional), la Universidad de Buenos Aires y sindicatos docentes presentaron amparos y la causa tramita en el expediente 39.475/2025.

Un mecanismo que choca con la Constitución

En diciembre de 2025, Cormick hizo lugar a la medida cautelar y declaró inaplicable el decreto presidencial en cuanto suspendía la ejecución de la ley. En su fallo, señaló que la insistencia legislativa del Congreso no admitiría otra solución que la efectiva aplicación de la norma sancionada, y calificó la maniobra oficial como contraria al principio de división de poderes. El magistrado precisó, además, que el Ejecutivo había fundado la suspensión en el artículo 5° de la ley 24.629, una norma de jerarquía inferior al mandato constitucional expreso del artículo 83.

El Estado apeló esa resolución, pero en marzo de 2026 la Sala III de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, con voto de los jueces Sergio Fernández y Eduardo Morán, confirmó la cautelar de primera instancia. La Cámara introdujo un argumento de peso: una ley posterior del Congreso puede válidamente desplazar a una norma anterior, incluso en materia presupuestaria, por lo que no era admisible que el Ejecutivo paralizara su aplicación invocando la ley 24.629. Los argumentos de la administración Milei, según el propio fallo, no merecieron consideración alguna por su falta de seriedad.

Recusaciones rechazadas y una cautelar que no se cumple

El gobierno ensayó una última estrategia procesal: intentó apartar al propio Cormick de la causa, recusándolo por su condición de docente en las universidades nacionales de Avellaneda y José C. Paz. También impugnó al juez de Cámara Sergio Fernández por su actividad en la Universidad de Lomas de Zamora. La Corte Suprema, con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, rechazó todas las recusaciones en junio de 2026, señalando que la sola condición de profesor universitario no alcanza para apartar a un magistrado de un expediente.

Con las recusaciones descartadas y la cautelar firme, el expediente siguió su curso. En septiembre de 2026, Cormick revisó una presentación del Ministerio de Capital Humano y la Secretaría de Educación y concluyó que no existía cumplimiento total de la medida. Intimó al Estado a acatar la cautelar en cinco días y anticipó que aplicaría multas diarias por cada jornada adicional de demora. El Ejecutivo volvió a apelar ante la Cámara y analiza si pedirá efecto suspensivo al recurso.

Lo que está en juego: salarios y becas bajo presión

La Ley 27.795 exige actualizar los presupuestos universitarios por inflación y recomponer los salarios de docentes y no docentes según el Índice de Precios al Consumidor, además de actualizar las becas estudiantiles. Los artículos 5° y 6° de la norma, los que ordena aplicar la cautelar, son precisamente los que regulan esa recomposición. La Oficina de Presupuesto del Congreso estableció que el costo total de la ley representa el 0,23% del PBI, un dato que el propio Cormick puso sobre la mesa para cuestionar la proporcionalidad del argumento fiscal esgrimido por la Casa Rosada.

El deterioro salarial del sector docente universitario es parte del diagnóstico que el propio decreto 759/2025 reconoció en sus considerandos, lo que fue utilizado por la Justicia como evidencia del peligro en la demora. Mientras la causa continúa hacia su resolución de fondo sobre la constitucionalidad del decreto, el Estado lleva más de diez meses resistiendo el cumplimiento de una ley que el Congreso sancionó dos veces.

Lo que tenés que saber:

  • El juez Martín Cormick intimó al gobierno a cumplir en cinco días con la cautelar sobre la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de multas diarias.
  • La cautelar, que declara inaplicable el Decreto 759/2025 en cuanto suspende la ley, fue confirmada por la Cámara en marzo de 2026 y es firme.
  • La Corte Suprema rechazó en junio de 2026 los intentos del Ejecutivo de recusar al juez Cormick y a magistrados de Cámara por su condición de docentes universitarios.
  • La Ley 27.795 fue aprobada por el Congreso en agosto de 2025 e insistida con dos tercios tras el veto de Milei; su costo equivale al 0,23% del PBI según la Oficina de Presupuesto del Congreso.
  • El Gobierno apeló la nueva resolución de Cormick ante la Cámara y analiza solicitar efecto suspensivo.

Educación

Escándalo en Ituzaingó: denuncian a alumnos por crear imágenes sexuales falsas de compañeras con IA

Una presentación familiar y otra del director del establecimiento dieron inicio a las actuaciones judiciales. La investigación quedó a cargo de una fiscalía especializada de Morón, mientras las autoridades escolares activaron medidas de cuidado y restringieron la asistencia de los estudiantes señalados.

Publicado hace

#

Una denuncia por la presunta manipulación de fotografías de estudiantes mediante inteligencia artificial puso bajo investigación a cuatro alumnos de entre 15 y 16 años del colegio Thomas Alva Edison, ubicado en el partido bonaerense de Ituzaingó.

De acuerdo con la información difundida por la Agencia Noticias Argentinas (NA), los adolescentes fueron acusados de crear imágenes falsas de sus compañeras desnudas a partir de fotografías reales. El caso también involucra la presunta generación de imágenes de una alumna de siete años que concurre al nivel primario de la misma institución.

El episodio se suma a otro caso de características similares registrado en Lomas de Zamora y abrió actuaciones judiciales para determinar las responsabilidades correspondientes.

Cómo se habría desarrollado el caso en la escuela Thomas Alva Edison

Según las acusaciones, los estudiantes utilizaron fotografías de sus compañeras obtenidas de redes sociales para generar imágenes manipuladas con herramientas de inteligencia artificial. El material resultante habría representado escenas sexuales falsas protagonizadas por menores.

La denuncia también señala que los involucrados presuntamente obtenían dinero a cambio de esas imágenes.

El caso salió a la luz después de que uno de los estudiantes señalados delatara a sus compañeros, según la información publicada. El motivo habría sido un desacuerdo relacionado con el reparto del dinero obtenido mediante la distribución del material.

Las circunstancias denunciadas forman parte de la investigación judicial y deberán ser examinadas por las autoridades competentes.

Una nena de siete años también aparece entre las presuntas víctimas

Uno de los aspectos señalados en la denuncia es la presunta creación de imágenes manipuladas de una niña de siete años, alumna del nivel primario del establecimiento.

Mientras que las demás víctimas mencionadas son adolescentes de edades similares a las de los estudiantes acusados, la inclusión de una niña de menor edad amplía el alcance de los hechos que se investigan.

La información disponible no identifica públicamente a las presuntas víctimas, cuyos datos personales requieren especial protección por tratarse de menores de edad.

Qué se sabe de la causa judicial en Morón

Las actuaciones comenzaron con la denuncia de una familia ante la Comisaría de la Mujer de Ituzaingó. Posteriormente, Rodrigo Herrera, director del colegio Thomas Alva Edison, realizó una presentación vinculada con el caso.

La investigación quedó en manos del Juzgado de Morón y de la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de ese departamento judicial.

La causa está caratulada como producción, distribución y divulgación de material de explotación o abuso sexual infantil, según la información difundida por NA.

La intervención de la fiscalía especializada busca esclarecer los hechos denunciados y determinar las responsabilidades que correspondan dentro del proceso judicial.

Qué medidas tomó el colegio tras conocer la denuncia

Una vez conocido el episodio, las autoridades de la institución activaron un protocolo de actuación y se comunicaron con las familias para reforzar las medidas de cuidado.

Además, los estudiantes involucrados ya no tienen permitido asistir al establecimiento, de acuerdo con la información difundida.

Las medidas escolares se adoptaron mientras avanza la investigación judicial sobre la presunta creación y circulación de imágenes sexuales falsas mediante inteligencia artificial.

Seguir leyendo
El Argentino

El Argentino
El Argentino

Las más leídas

Descubre más desde El Argentino Diario

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo