Política 📢
Reforma laboral: Fernández advirtió contra la quita de derechos
Criticó la oferta salarial empresarial de 4.300 pesos y la calificó como “una vergüenza”.
El ex jefe de Gabinete Aníbal Fernández afirmó que “no hay nada nuevo” en las políticas del actual Gobierno, a las que definió como “las mismas de los ’70 y los ‘90”, y advirtió que se benefician “un puñadito de empresas” mientras los trabajadores están “muertos de hambre”. Las declaraciones se produjeron este jueves en una entrevista con el programa “Sin corbata”, emitido por Splendid AM 990.
Críticas al Consejo del Salario
Fernández cuestionó con dureza la propuesta empresarial presentada en la reunión del Consejo del Salario, que contempló un aumento de 4.300 pesos. Calificó esa oferta como “una vergüenza” y aseguró que el Gobierno “cobija” a los sectores que buscan imponer cifras de ese tipo, permitiéndoles “decir cualquier cosa y hacer cualquier cosa”. La negociación se levantó sin acuerdo.
El dirigente sostuvo que a la administración actual no le interesan “los trabajadores, los viejos, los pibes, las mujeres embarazadas y las personas con discapacidad”.
La Reforma Laboral y los derechos adquiridos
Consultado sobre la Reforma Laboral impulsada por el oficialismo, Fernández sostuvo que las leyes laborales “deberían revisarse”, aunque enfatizó que esa revisión no puede orientarse a “quitarle derechos a los trabajadores”.
Recordó que la Ley de Contrato de Trabajo “es del año 73-74” y que, después de medio siglo, es razonable actualizarla, pero sin retrocesos en materia de protección laboral. También mencionó el debate internacional sobre la reducción de la jornada laboral: “El mundo está hablando ya no de 8 horas sino de 6 horas. La ley de las 8 horas en Argentina, la 11.544, es del año 1929. Casi 100 años tiene, y hoy se habla de una jornada de 6 horas”.
Presidencia
Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei y la Justicia ordenó archivar el expediente
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió sobreseer a los hermanos Milei y a otros nueve imputados. El fallo descartó estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias, y dispuso archivar el expediente una vez que la decisión quede firme.
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió este viernes 23 de octubre sobreseer al presidente Javier Milei y a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en la causa $LIBRA, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas y posibles delitos económicos vinculados con el lanzamiento y la promoción del token.
La resolución, adoptada en consonancia con el criterio de la fiscalía, descartó los delitos de estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias. La decisión también alcanzó a otros nueve imputados, entre ellos el empresario estadounidense Hayden Mark Davis.
El juez Marcelo Martínez de Giorgi dispuso que, una vez que el fallo quede firme, se comunique la resolución y se archive la causa.
Por qué la Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA
El tribunal analizó las conductas investigadas y concluyó que no se reunían elementos suficientes para sostener los delitos atribuidos a los imputados.
En relación con la presunta estafa, la resolución señaló que no se acreditó un engaño relevante en términos penales ni una maniobra fraudulenta preconcebida atribuible a los involucrados.
El fallo consideró que el token $LIBRA operó dentro de un mercado de criptomonedas caracterizado por la especulación y la volatilidad, sin que se garantizaran rentabilidades a quienes invirtieran. También sostuvo que la caída de la cotización, por sí sola, no configura el delito de estafa.
De esta manera, la Justicia descartó la imputación penal por ese delito en el marco de la causa.
Qué resolvió el fallo sobre la publicación de Javier Milei en X
Otro de los puntos examinados fue la difusión del proyecto $LIBRA a través de la cuenta personal del presidente en la red social X.
Sobre el presunto abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles con la función pública, la resolución determinó que esa publicación no constituyó un acto institucional ni implicó la utilización de recursos estatales.
El fallo también mencionó que la Oficina Anticorrupción había descartado violaciones a la Ley de Ética Pública. Además, indicó que no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que vincularan el ejercicio de la función pública con la iniciativa privada.
Esos elementos fueron considerados en el análisis de las posibles responsabilidades penales atribuidas al mandatario.
Karina Milei: qué dijeron los peritajes sobre el presunto tráfico de influencias
En el caso de Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, la investigación examinó la hipótesis de un posible tráfico de influencias relacionado con reuniones con empresarios extranjeros vinculados al proyecto.
Según la resolución, las pruebas reunidas y los peritajes realizados sobre dispositivos electrónicos por la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) no permitieron confirmar la existencia de pagos de dinero o dádivas a cambio de facilitar encuentros con empresarios como Hayden Davis y Julian Peh.
El tribunal también consideró que las referencias publicadas en notas digitales sin firma y otras menciones periodísticas no constituían pruebas objetivas de un intercambio ilícito.
A partir de esos elementos, descartó la imputación por tráfico de influencias contra la funcionaria.
Quiénes son los otros nueve imputados sobreseídos en la causa $LIBRA
La resolución judicial alcanzó a once personas en total. Además de Javier y Karina Milei, el sobreseimiento incluyó a:
- Mauricio Novelli.
- Manuel Terrones Godoy.
- Sergio Morales.
- Hayden Mark Davis.
- Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh.
- María Alicia Rafaele.
- María Pía Novelli.
- Camilo Rodríguez Blanco.
- Orlando Mellino.
La decisión comprende a todos los imputados mencionados en el fallo, luego del análisis judicial de las conductas investigadas y de los elementos incorporados al expediente.
Cuándo se archivará la causa $LIBRA
El juez Marcelo Martínez de Giorgi ordenó que la resolución sea comunicada y que el expediente se archive una vez que el sobreseimiento quede firme.
Esto significa que el archivo dispuesto no debe confundirse con una medida ya ejecutada: el propio fallo establece que ese paso deberá concretarse cuando la decisión alcance firmeza.
La resolución también señaló que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor de las personas sobreseídas.
Con esta decisión, el juzgado descartó las imputaciones penales analizadas en el expediente y estableció el procedimiento para avanzar hacia su archivo definitivo, sujeto a la firmeza de la resolución.
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