Política 📢
El Gobierno se distanció de los dichos del secretario de Culto: «Cada persona decide qué es y lo que quiere hacer de su vida»
Guillermo Francos, aseguró que se trató de una expresó “absolutamente inapropiada”, y explicó que LLA es “un partido liberal, de manera que ser un partido liberal implica poner la libertad en el centro”.
El Gobierno tomó distancia de los dichos del secretario de Culto, Francisco Sánchez, luego de que reclamara la derogación de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, y cuestionara el matrimonio igualitario y el divorcio.
El ministro del Interior, Guillermo Francos, aseguró que se trató de una expresó “absolutamente inapropiada”, y explicó que La Libertad Avanza es “un partido liberal, de manera que ser un partido liberal implica poner la libertad en el centro”.
“Uno puede estar en desacuerdo con algunos temas, no en el tema de la homosexualidad, pero sí en el lenguaje inclusivo que no tiene nada que ver con el género…pero lo que hay que hacer fundamentalmente es respetar la libertad individual. Cada persona decide qué es y lo que quiere hacer de su vida”, explicó en declaraciones televisivas.
En la misma línea, y sin nombrar a Sánchez, Francos subrayó: “Si alguien lo sostiene no es un liberal”.
Para el titular de Interior, se trata de discusiones que la sociedad tiene dadas, por lo que anticipó que “no es intención del gobierno hoy” platear la derogación de las leyes. “No lo tengo entre las propuestas que el gobierno intenta llevar al Congreso”, insistió.
“Cada uno puede tener el pensamiento que quiera, pero de ninguna manera considero la homosexualidad como una enfermedad”, cerró el ministro.
Por su parte, el vocero presidencial, Manuel Adorni, planteó en conferencia de prensa que “los temas que el secretario de culto mencionó no están 2en la agenda” de la administración, y atribuyó sus dichos a declaraciones personales. “Cada uno es libre”, cerró.
Presidencia
Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei y la Justicia ordenó archivar el expediente
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió sobreseer a los hermanos Milei y a otros nueve imputados. El fallo descartó estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias, y dispuso archivar el expediente una vez que la decisión quede firme.
El Juzgado Criminal y Correccional Federal 8 resolvió este viernes 23 de octubre sobreseer al presidente Javier Milei y a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, en la causa $LIBRA, que investigaba una presunta estafa con criptomonedas y posibles delitos económicos vinculados con el lanzamiento y la promoción del token.
La resolución, adoptada en consonancia con el criterio de la fiscalía, descartó los delitos de estafa, abuso de autoridad y tráfico de influencias. La decisión también alcanzó a otros nueve imputados, entre ellos el empresario estadounidense Hayden Mark Davis.
El juez Marcelo Martínez de Giorgi dispuso que, una vez que el fallo quede firme, se comunique la resolución y se archive la causa.
Por qué la Justicia sobreseyó a Javier y Karina Milei en la causa $LIBRA
El tribunal analizó las conductas investigadas y concluyó que no se reunían elementos suficientes para sostener los delitos atribuidos a los imputados.
En relación con la presunta estafa, la resolución señaló que no se acreditó un engaño relevante en términos penales ni una maniobra fraudulenta preconcebida atribuible a los involucrados.
El fallo consideró que el token $LIBRA operó dentro de un mercado de criptomonedas caracterizado por la especulación y la volatilidad, sin que se garantizaran rentabilidades a quienes invirtieran. También sostuvo que la caída de la cotización, por sí sola, no configura el delito de estafa.
De esta manera, la Justicia descartó la imputación penal por ese delito en el marco de la causa.
Qué resolvió el fallo sobre la publicación de Javier Milei en X
Otro de los puntos examinados fue la difusión del proyecto $LIBRA a través de la cuenta personal del presidente en la red social X.
Sobre el presunto abuso de autoridad y las negociaciones incompatibles con la función pública, la resolución determinó que esa publicación no constituyó un acto institucional ni implicó la utilización de recursos estatales.
El fallo también mencionó que la Oficina Anticorrupción había descartado violaciones a la Ley de Ética Pública. Además, indicó que no se encontraron acuerdos confidenciales ni contratos estatales que vincularan el ejercicio de la función pública con la iniciativa privada.
Esos elementos fueron considerados en el análisis de las posibles responsabilidades penales atribuidas al mandatario.
Karina Milei: qué dijeron los peritajes sobre el presunto tráfico de influencias
En el caso de Karina Milei, secretaria general de la Presidencia, la investigación examinó la hipótesis de un posible tráfico de influencias relacionado con reuniones con empresarios extranjeros vinculados al proyecto.
Según la resolución, las pruebas reunidas y los peritajes realizados sobre dispositivos electrónicos por la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) no permitieron confirmar la existencia de pagos de dinero o dádivas a cambio de facilitar encuentros con empresarios como Hayden Davis y Julian Peh.
El tribunal también consideró que las referencias publicadas en notas digitales sin firma y otras menciones periodísticas no constituían pruebas objetivas de un intercambio ilícito.
A partir de esos elementos, descartó la imputación por tráfico de influencias contra la funcionaria.
Quiénes son los otros nueve imputados sobreseídos en la causa $LIBRA
La resolución judicial alcanzó a once personas en total. Además de Javier y Karina Milei, el sobreseimiento incluyó a:
- Mauricio Novelli.
- Manuel Terrones Godoy.
- Sergio Morales.
- Hayden Mark Davis.
- Chyi Haur Peh, conocido como Julian Peh.
- María Alicia Rafaele.
- María Pía Novelli.
- Camilo Rodríguez Blanco.
- Orlando Mellino.
La decisión comprende a todos los imputados mencionados en el fallo, luego del análisis judicial de las conductas investigadas y de los elementos incorporados al expediente.
Cuándo se archivará la causa $LIBRA
El juez Marcelo Martínez de Giorgi ordenó que la resolución sea comunicada y que el expediente se archive una vez que el sobreseimiento quede firme.
Esto significa que el archivo dispuesto no debe confundirse con una medida ya ejecutada: el propio fallo establece que ese paso deberá concretarse cuando la decisión alcance firmeza.
La resolución también señaló que la formación de la causa no afecta el buen nombre y honor de las personas sobreseídas.
Con esta decisión, el juzgado descartó las imputaciones penales analizadas en el expediente y estableció el procedimiento para avanzar hacia su archivo definitivo, sujeto a la firmeza de la resolución.
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