Política 📢
Ahora el Pacto de Mayo ¿será en julio?
Francos también habló de “golpe institucional” y defendió a Milei.
El jefe de Gabinete, Guillermo Francos, celebró la aprobación de la Ley Bases y el Paquete Fiscal en el Senado y anticipó que el Pacto de Mayo finalmente se concretará el próximo 9 de julio en la provincia de Tucumán.
“Si me preguntaran lo haría el 9 de julio en Tucumán, el Día de la Independencia”,sostuvo el ministro coordinador.
“El Pacto de Mayo nació para ser en mayo, pero como advirtió el Presidente, podemos esperar a junio o a julio”, aclaró, y agregó: “Con estas leyes nos hemos independizado de un grupúsculo político que ha generado un impacto en la economía, en la sociedad y en la Argentina durante los últimos años que queremos dejar atrás”.
Por qué en Tucumán
Asimismo, explicó que la elección de la provincia de Tucumán responde a un gesto en retribución al trabajo del gobernador peronista Osvaldo Jaldo, al que destacó por haber colaborado con el oficialismo “a pesar de ser de otro color político”.
Por otra parte, Francos festejó el respaldo de la ley en la que trabaja desde hace meses, y anticipó que el oficialismo insistirá en la Cámara de Diputados con la sanción del Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales.
Que pasara con la ley Bases
“Es una ley que tuvo modificaciones, pero en eso vamos a insistir”, prometió.
El titular de ministros explicó además que los artículos que no sean aprobados serán enviados en futuros proyectos particulares más adelantes, y contó que por la tarde recibirá a los jefes de los bloques de Diputados dialoguistas.
“Es emblemático haber dado una muestra de que una fuerza tan minoritaria en ambas cámaras puede lograr la sanción de una Ley tan importante. Es demostrar que tenemos recursos en ambas cámaras para lograr la transformación de la Argentina”, puntualizó.
El clima de tensión fuera del Congreso
El ministro también se refirió a la represión en las afueras del Congreso, y por supuesto lo atribuyó a la oposición y le quitó responsabilidades a las fuerzas represivas.
“No tengo dudas que hay vinculaciones y movilizaciones que son incitadas por la violencia que genera posiciones intransigentes de sectores del kirchnerismo. Veía la soberbia con la que se expresaban los senadores kirchneristas. Estaba claro que querían demorar la sesión”, afirmó.
Por último, en un mensaje a la oposición planteó que “quienes esperan que se pueda generar un golpe institucional van a tener que esperar sentados porque no va a pasar”, y concluyó: «La vocación y valentía con la que se expresa el Presidente auguran que no va a ser fácil, por más minoría parlamentaria, voltear el Gobierno. Solo advertimos”.
Economía 💲
Zona Fría: Energía fijará los montos y el recargo lo pagan también los que perdieron el descuento
El Decreto 1266/2026 reglamentó la ley que achicó el mapa del subsidio al gas y dejó en manos de la Secretaría de Energía cuánto descuento recibirá cada hogar. El fondo se sigue financiando con un recargo sobre todo el gas que se consume por redes en el país.
Los hogares que perdieron el descuento automático por Zona Fría seguirán aportando al fondo que lo paga, pero todavía no saben cuánto alivio les queda. El Decreto 1266/2026, publicado hoy en el Boletín Oficial, reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y dejó en manos de la Secretaría de Energía la determinación de las compensaciones y bonificaciones, sin que el cuerpo de la norma fije un monto.
El decreto está fechado el domingo 25 de octubre y lleva las firmas de Javier Milei, del jefe de Gabinete, Diego Santilli, y del ministro de Economía, Luis Caputo. Rige desde su publicación y reglamenta la ley que el Congreso sancionó el 24 de septiembre y que se publicó el 13 de octubre, la que redujo el beneficio automático a la Región Patagónica, el departamento mendocino de Malargüe y la Puna. Según el Gobierno, 1,6 millones de hogares quedaron fuera de ese beneficio automático.
Leé también: Zona Fría: Milei promulgó el recorte al gas y compensa deudas eléctricas
Qué establece el decreto
La norma trae dos anexos. El primero contiene la reglamentación del régimen; el segundo, un nuevo modelo de contrato de fideicomiso entre el Estado nacional y el Banco de la Nación Argentina, que reemplaza al vigente para adecuarlo a la ley. El texto aclaró que no se crea un fondo nuevo: el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas mantiene su continuidad jurídica y patrimonial, con todos sus créditos y obligaciones.
El artículo 4 designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación y la facultó a determinar las compensaciones y bonificaciones, a intervenir en el cálculo de lo que cobrarán las empresas proveedoras y a dictar las normas complementarias que necesite el sistema. El decreto invitó a las proveedoras de gas a adherir al fideicomiso, como condición previa para comercializar dentro del régimen, e invitó a las provincias a sumarse según el Capítulo V del Anexo I. También mantuvo vigente el Decreto 786/02 en todo lo que no contradiga la nueva ley.
La plata va directo a las proveedoras
Según los considerandos, la compensación se calculará sobre el precio del gas y se pagará directamente a las empresas proveedoras. Las distribuidoras y subdistribuidoras quedaron afuera de la administración y la percepción de los fondos: su papel se limita a aplicar la bonificación en la factura y a aportar la información para calcular el subsidio. El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad seguirá a cargo del control técnico y la certificación de esa información.
Un recargo que pagan todos
El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre el precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte. Se aplica a la totalidad de los metros cúbicos que se consumen por redes en el país, cualquiera sea su uso final, con dos excepciones: el gas destinado a exportación y el gas natural licuado importado y regasificado. El decreto sumó como agentes de percepción, además de los productores, a los importadores de gas, salvo los de gas natural licuado.
Eso significa que los usuarios de las zonas que perdieron el beneficio automático siguen financiando un fondo del que ya no reciben el descuento generalizado.
El decreto de 2021, derogado
El artículo 8 derogó el Decreto 486/21, que había reglamentado la ampliación del régimen aprobada ese año. Los considerandos sostienen que esas disposiciones perdieron su objeto y resultan incompatibles con el nuevo marco, porque la Ley 27.828 modificó y derogó en parte aquel régimen.
Fuera de las tres regiones históricas, el alivio pasó a ser una bonificación adicional dentro del régimen de subsidios focalizados, aplicada solo sobre los consumos base. Según la ley, para acceder el hogar debe estar inscripto en ese régimen, ubicarse en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V o VI y cumplir al menos una condición: ingresos netos de hasta tres Canastas Básicas Totales para un Hogar 2 del INDEC, o un integrante con Certificado de Vivienda Familiar del ReNaBaP, con pensión de veterano de Malvinas o con Certificado Único de Discapacidad.
El decreto definió quién cobra, quién paga y quién controla, pero la cifra que más importa a las familias que perdieron el beneficio automático quedó otra vez en manos de la Secretaría de Energía.
Lo que tenés que saber:
- El Decreto 1266/2026 reglamentó el Capítulo I de la Ley 27.828 y rige desde hoy.
- La Secretaría de Energía determinará compensaciones y bonificaciones; el cuerpo del decreto no fija montos.
- El fondo se financia con un recargo de hasta 7,5% sobre todo el gas que se consume por redes.
- Las compensaciones irán directo a las proveedoras; las distribuidoras solo aplican el descuento.
- Fuera de Patagonia, Malargüe y la Puna, el beneficio exige inscripción en los subsidios focalizados.
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