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Singapur desplegará policías robot en sus calles

Estos nuevos “agentes” entraron en servicio en un aeropuerto de Changi en abril “para aumentar el número de policías” que realizan patrullas.

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La Policía de Singapur anunció este jueves que «desplegará gradualmente» robots para patrullar las calles de esta ciudad-Estado y centro financiero internacional del Sudeste Asiático, tras más de cinco años de pruebas.

Estos robots entraron en servicio en una terminal del aeropuerto de Changi en abril «para aumentar el número de policías sobre el terreno que realizan patrullas», dijo la Policía de Singapur en un comunicado.

La nota agregó que está previsto «desplegar progresivamente más robots de patrulla para aumentar las operaciones policiales en Singapur», un isla de 5,6 millones de habitantes, informó la agencia de noticias AFP.

El nuevo robot policía de Singapur.

Los robots de patrulla están equipados con cámaras, sensores, altavoces, pantalla, y pueden emitir luces o sirenas.

También tienen una cámara de 360 grados que proporciona imágenes a los policías en una sala de control y que pueden dirigirse al público a través de los altavoces.

Otra cámara montada en un mástil que puede elevarse hasta dos metros proporciona una mejor perspectiva a los policías que estén en la sala de videovigilancia.

Mediante el uso de luces, sirenas y altavoces, los robots pueden, entre otras cosas, «establecer un cordón policial, advertir a los transeúntes durante un incidente» antes de la llegada de los policías, señala la Policía en el comunicado.

Asimismo, los transeúntes pueden presionar un botón ubicado en el frente del robot para contactar directamente a la Policía aeroportuaria y obtener una respuesta inmediata, según medios locales.

CABA

La Cámara de Casación Penal porteña resolvió sobre la portación de un arma de fuego de uso civil

La Sala III del tribunal se pronunció en la causa «B., L. A.» sobre el requerimiento de juicio y los agravantes de pena previstos para la portación de armas de fuego de uso civil.

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El Argentino Diario-Arma de fuego-Pistola-Revolver.
El fallo de la Sala III repasa los agravantes que definen la pena por portación de armas en la Ciudad.

La Sala III de la Cámara de Casación Penal de la Ciudad de Buenos Aires resolvió la causa «B., L. A.», vinculada a la portación de un arma de fuego de uso civil. El fallo, del 19 de agosto de 2026 y registrado bajo el número de causa 4403/2025-1, según consta en el repositorio de jurisprudencia del Poder Judicial de la Ciudad (JURISTECA), abordó el requerimiento de juicio formulado en el expediente y los agravantes de pena previstos para este tipo de delito.

Qué se discutió en el expediente

El tribunal analizó el requerimiento de juicio formulado por la fiscalía contra el imputado, identificado en el expediente como L. A. B., por la tenencia y portación de un arma de fuego de uso civil. La resolución se centró en las circunstancias agravantes que la normativa penal prevé para este delito, un aspecto que suele definir tanto la calificación legal del hecho como la magnitud de la eventual pena.

El delito de portación de armas y sus agravantes

La portación de arma de fuego de uso civil está tipificada en el artículo 189 bis del Código Penal, que prevé un esquema de agravantes según antecedentes penales del portador, la falta de habilitación para portar armas o el contexto en el que se produce la tenencia. Estas circunstancias son las que habitualmente definen si un caso se resuelve como contravención, delito de tenencia simple o portación agravada.

Un fallo que ordena el criterio de la Casación porteña

Las resoluciones de la Cámara de Casación Penal de la Ciudad sobre requerimientos de juicio en causas de portación de armas son relevantes porque fijan el criterio que luego aplican los juzgados de primera instancia al momento de calificar hechos similares, en un fuero que concentra buena parte de los casos de tenencia y portación de armas cometidos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala III de Casación Penal de la Ciudad resolvió la causa «B., L. A.» (4403/2025-1), fallada el 19 de agosto de 2026.
  • El caso trata sobre la portación de un arma de fuego de uso civil y el requerimiento de juicio formulado por la fiscalía.
  • El tribunal analizó los agravantes de pena previstos por el artículo 189 bis del Código Penal.
  • El fallo aporta un criterio de referencia para causas similares en la Justicia porteña.
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