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Las Madres de Plaza de Mayo advirtieron que «esta es la Corte de la proscripción»

«Lo que la mayoría automática de Clarín falló el martes en relación a las elecciones de San Juan y Tucumán anuncia lo que está dispuesta a hacer si Cristina confirmara su candidatura presidencial: inhabilitarla para ejercer cargos políticos», advirtió Carmen Arias.

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La Asociación Madres de Plaza de Mayo advirtió hoy que la Corte Suprema de Justicia de la Nación es la de la «proscripción», después de que ese tribunal suspendiera las elecciones en San Juan y Tucumán que estaban previstas para el domingo, y atribuyó esa resolución al intento de los jueces de «facilitar el regreso de la derecha al gobierno».

Al realizar la marcha N° 2352 en Plaza de Mayo, la referente Carmen Arias señaló que la vicepresidenta Cristina Fernández «tenía razón» en el sentido de que «esta es la Corte Suprema de la proscripción».

«Lo que la mayoría automática de Clarín falló el martes en relación a las elecciones de San Juan y Tucumán anuncia lo que está dispuesta a hacer si Cristina confirmara su candidatura presidencial: inhabilitarla para ejercer cargos políticos», advirtió Arias en su discurso, informó la entidad en un comunicado.

La referente de la asociación planteó que si bien entre las provincias de San Juan y Tucumán estaban habilitados para votar «casi dos millones de ciudadanos», un tribunal «integrado por sólo tres cortesanos impuso su poder y forzó la suspensión de las elecciones prohibiendo a los candidatos, y dejando a un pueblo entero sin posibilidad de elegirlos».

Y llamó a «no olvidar» que los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz «aceptaron ingresar al tribunal sin acuerdo del Senado» por «la ventana que les abrió Mauricio Macri vía DNU» en 2016.

Arias afirmó que «a las Madres no nos sorprende esta decisión judicial, pero nos alarma porque demuestra que la Corte, máxima autoridad del Poder Judicial, está dispuesta a todo con tal de facilitar el regreso de la derecha al gobierno nacional».

«Se trata de una clara intromisión del proceso electoral en curso y un fallo con motivaciones políticas», concluyó.

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La Corte anuló la absolución de Milani por la desaparición del soldado Ledo

El máximo tribunal revocó el fallo absolutorio del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó revisar el caso por el encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo durante la última dictadura.

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Fachada del Palacio de Tribunales, sede de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
La Corte revocó la absolución de Milani y obliga a revisar el encubrimiento de la desaparición del soldado Ledo.

A casi cinco décadas de la desaparición del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán durante la última dictadura, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani y ordenó que la causa sea revisada. El fallo del máximo tribunal, dictado el 29 de septiembre de 2026, reactivó un expediente que parecía cerrado y puso nuevamente en el centro del debate judicial la responsabilidad de los mandos militares en el encubrimiento de crímenes de lesa humanidad.

César Milani, ex jefe del Estado Mayor General del Ejército Argentino durante la presidencia de Cristina Fernández de Kirchner, había sido absuelto en instancias anteriores (el Tribunal Oral Federal de Tucumán en 2019 y la Cámara Federal de Casación Penal en 2021) por su supuesta participación en el encubrimiento de la desaparición forzada de Ledo, ocurrida en 1976. La Corte Suprema, por mayoría, con la integración de conjueces y la disidencia de Carlos Rosenkrantz, revocó esa absolución y devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal, que deberá pronunciarse nuevamente sobre la responsabilidad del ex militar. El fallo lleva las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci, con un voto concurrente del conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas.

El caso Ledo y la cadena de impunidad

Alberto Agapito Ledo era un joven conscripto que desapareció en la madrugada del 17 de junio de 1976 en Monteros, Tucumán, durante el terrorismo de Estado. La causa judicial, que tuvo décadas de tramitación, apuntó al encubrimiento por parte de mandos del Ejército y no solo a los ejecutores directos. Milani, entonces subteniente, llegó a juicio acusado de encubrimiento y falsedad ideológica por el acta que registró a Ledo como desertor. La absolución revocada por la Corte generó cuestionamientos de organismos de derechos humanos y del Ministerio Público Fiscal, que persistió en el caso y llevó el expediente al máximo tribunal.

El Ministerio Público Fiscal destacó que la Corte revisó el razonamiento de las instancias inferiores para absolver a Milani. El máximo tribunal ordenó que la Cámara Federal de Casación Penal dicte una nueva sentencia por quien corresponda. La decisión no condena a Milani ni lo declara responsable, pero obliga a revisar otra vez su responsabilidad en el encubrimiento de la desaparición de Ledo.

Un fallo en la misma semana que el de tierras

La decisión sobre Milani se conoció el 29 de septiembre de 2026, en la misma tanda de fallos en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023. Esa coincidencia temporal concentró la atención sobre el tribunal en una semana de alta actividad judicial, con resoluciones de enorme impacto político e institucional.

El caso Milani llegó a la Corte Suprema por un recurso de queja del fiscal general ante la Casación, Raúl Omar Pleé, que sostuvo el procurador general interino, Eduardo Casal. La reactivación de este expediente de lesa humanidad refuerza el principio de que la responsabilidad de los mandos por crímenes de la dictadura no prescribe y que las absoluciones pueden ser revisadas cuando el razonamiento jurídico que las sustenta resulta defectuoso.

Lo que tenés que saber:

  • La Corte Suprema revocó la absolución del ex jefe del Ejército César Milani el 29 de septiembre de 2026.
  • El caso refiere al encubrimiento de la desaparición forzada del conscripto Alberto Agapito Ledo en Tucumán en 1976.
  • El máximo tribunal devolvió el expediente a la Cámara Federal de Casación Penal para que dicte una nueva sentencia.
  • El Ministerio Público Fiscal impulsó el recurso ante la Corte y destacó el fallo como un avance en la causa de lesa humanidad.
  • El fallo se conoció en la misma semana en que la Corte también se pronunció sobre la Ley de Tierras y el DNU 70/2023.
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