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Espionaje

El juez Auge rechazó enviar la causa de espionaje sobre el Instituto Patria a Comodoro Py

El juez federal de Lomas de Zamora consideró que ese expediente no se puede separar del que investiga maniobras similares contra dirigentes políticos, religiosos, gremiales y periodistas.

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El juez federal de Lomas de Zamora consideró que ese expediente no se puede separar del que investiga maniobras similares contra dirigentes políticos, religiosos, gremiales y periodistas.

El juez federal de Lomas de Zamora, Juan Pablo Auge, rechazó enviar a Comodoro Py la causa por supuesto espionaje ilegal realizado en 2018 desde la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) sobre el Instituto Patria, tras considerar que ese expediente no se puede separar del que investiga maniobras similares contra dirigentes políticos, religiosos, gremiales y periodistas.

Con esta decisión, el magistrado rechazó la inhibitoria que le planteó la jueza Maria Eugenia Capuchetti a instancias de la Cámara Federal porteña, que le había dado la razón al cuestionado extitular de la AFI durante el gobierno de Mauricio Macri, Gustavo Arribas, cuando pidió que ese expediente pasara a tramitar en los tribunales de Retiro, donde el macrismo tiene mayor influencia.

“Corresponde que esta causa y su conexa continúen tramitando en esta jurisdicción, que es la que previno”, sostuvo el juez Auge, quien demás señaló que «no resulta posible determinar un lugar de comisión analizando un solo segmento de los hechos, cuando existe aquí una organización delictiva conformada para cometer, entre otros delitos, gran cantidad de espionajes y seguimientos ilegales”.

Al referirse específicamente al expediente en el que se investiga el espionaje ilegal al Instituto Patria y al domicilio de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, por el que ya están procesados Arribas y su otrora segunda Silvia Majdalani, el juez recordó que en el afán de intentar dar cobertura legal a ese espionaje se utilizó una causa radicada precisamente en Lomas de Zamora.


“La denuncia presentada por la interventora de la AFI (Cristina Caamaño) ante los Tribunales de esta jurisdicción, pone de manifiesto que en el marco de la causa judicial 82441/2017, también en trámite ante este circuito federal, se introdujeron informes relativos a tareas de investigación que no estaban vinculados con su objeto procesal y que en realidad correspondían a acciones de inteligencia prohibidas por la ley 25.520”, detalló el juez.

“De ese modo, esos informes ideológicamente falsos pretendían simular que las acciones de inteligencia ilícitas eran en realidad actividad investigativa regular realizada bajo el amparo de una orden del juez en esas actuaciones. Así, el epicentro de la maniobra con la que se pretendió dar cobertura a las acciones prohibidas desplegadas, resultó una causa judicial de esta jurisdicción y fue aquí donde esos informes ideológicamente falsos fueron presentados y produjeron sus efectos hasta la actualidad”, agregó el magistrado.


El juez también recordó que en el informe utilizado para intentar justificar las tareas de inteligencia, se revelaba que la actividad de la AFI incluyó también a la exgobernadora María Eugenia Vidal, otro elemento que prueba que los eventuales delitos se habrían cometido en múltiples jurisdicciones por lo que no correspondería enviar el expediente a Comodoro Py.

Al referirse al fallo de la sala I de la Cámara Federal porteña que el 21 de agosto dispuso que el caso del instituto Patria debía tramitarse en Comodoro Py, el juez sostuvo que el camarista Mariano Llornes decidió “confundiendo la acumulación de esta causa, como un hecho independiente o autónomo a la causa Nº 14149/2020, la cual en realidad forma parte de un todo, como ha quedado demostrado, unificándose las pesquisas”.

Por último, cabe mencionar que el fallo de Auge fue firmado el 21 de septiembre, mientras que este viernes el incidente quedó radicado ante la sala I de la Cámara Federal de La Plata.

Espionaje

La Cámara Federal blindó a Macri, Arribas y Majdalani: rechazó llevar el espionaje a Casación

Por dos votos contra uno, la Sala I de la Cámara Federal porteña cerró la puerta para que la Cámara de Casación revise el sobreseimiento de los ex jefes de la AFI macrista y del propio ex presidente, acusados de infiltrar ilegalmente los correos electrónicos de políticos, sindicalistas y periodistas. La causa, iniciada a partir de un disco rígido recuperado durante la intervención del organismo, sigue con la amenaza de un recurso directo ante la instancia previa a la Corte Suprema.

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El-Argentino-Silvia Majdalani y Gustavo Arribas
Macri, Arribas y Majdalani blindados: la justicia federal vuelve a frenar la causa de espionaje.

Dos magistrados con historia de fallos favorables al macrismo volvieron a proteger a los ex integrantes de la cúpula de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI). La Sala I de la Cámara Federal rechazó el recurso presentado por los querellantes para que la Cámara de Casación revise la confirmación del sobreseimiento de Gustavo Arribas, Silvia Majdalani y el ex presidente Mauricio Macri en la causa por la supuesta infiltración ilegal en correos electrónicos de dirigentes políticos, sindicales y periodistas. La decisión fue adoptada por mayoría, con el único voto disidente del juez Pablo Bertuzzi, quien consideró que los requisitos para habilitar la instancia superior estaban acreditados.

La causa tiene origen en una denuncia presentada por Cristina Caamaño, ex interventora de la AFI durante el gobierno de Alberto Fernández, quien sostuvo que en el marco de la intervención del organismo se encontró un disco rígido con rastros de haber sido utilizado para almacenar información de inteligencia sobre políticos, periodistas, dirigentes y fuerzas policiales. La información había sido eliminada, aunque no de manera segura, lo que permitió recuperarla y dar sustento a la denuncia. La investigación quedó en manos del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi, quien dictó los sobreseimientos de Macri, Arribas, Majdalani y del ex jefe de Gabinete de la AFI, Dario Biorci.

El argumento de los sobreseimientos: la cadena de custodia como escudo

La Sala I había confirmado los sobreseimientos a principios de septiembre pasado con el voto de los jueces Mariano Llorens y Pablo Yadarola, argumentando que los discos rígidos en cuestión no habían sido preservados con los recaudos mínimos que garanticen su autenticidad e integridad. El argumento era técnico en su forma pero político en sus consecuencias: si la prueba no puede garantizarse, no hay delito que perseguir. «La ausencia de recaudos mínimos de preservación no puede ser suplida por la mera afirmación de que no se detectó adulteración, máxime cuando el propio peritaje reconoció que las modificaciones eran técnicamente posibles», habían sostenido los camaristas al confirmar los sobreseimientos.

Frente a esa decisión, los querellantes, la ex diputada nacional Gabriela Troiano y el ex senador bonaerense Gustavo Traverso, presentaron un recurso para que la Cámara de Casación revisara los sobreseimientos. La respuesta fue el rechazo.

Llorens y Yadarola cierran la puerta; Bertuzzi disiente

El juez Llorens sostuvo que la fundamentación del recurso de Casación resulta insuficiente y que los querellantes «evidencian un intento de reeditar una discusión que ha tenido respuesta fundada por parte de esta Sala». En el mismo sentido se pronunció el juez Pablo Yadarola, quien señaló que los argumentos esgrimidos no configuran «una crítica especial orientada a poner en crisis el razonamiento que sustenta el fallo atacado».

Bertuzzi, en cambio, quedó en minoría. El magistrado consideró que los requisitos para habilitar la revisión de Casación sobre los sobreseimientos de Macri, Arribas, Majdalani, Biorci y dos agentes de identidad reservada estaban efectivamente acreditados. Su disidencia abre un interrogante sobre la solidez del blindaje construido por la mayoría.

Un patrón que se repite: la misma Sala, el mismo resultado

La decisión de la Sala I no es un hecho aislado, sino parte de un patrón que los sectores críticos del Poder Judicial denominan lawfare. Días antes de este fallo, la misma Sala I había rechazado el pedido de los ex querellantes en la causa $Libra para ser reincorporados a esa investigación, con idéntica argumentación: ninguno de los damnificados habría demostrado una aplicación errónea de la ley o una supuesta arbitrariedad que habilite la discusión en Casación. Bertuzzi, Llorens y Yadarola actuaron de manera coordinada también en ese caso.

La causa de espionaje nació en el contexto de la intervención de la AFI ordenada por Alberto Fernández al asumir la presidencia, una decisión que buscó auditar el aparato de inteligencia heredado del macrismo. Lo que encontraron los interventores fue un organismo con prácticas de vigilancia política activa sobre opositores, periodistas y dirigentes sindicales. Que la justicia federal haya optado por concentrar el debate en la cadena de custodia de los soportes informáticos, antes que en la gravedad de los hechos denunciados, habla menos de garantías procesales y más de protección política.

¿Qué sigue?

Con el recurso de Casación rechazado, los apelantes evalúan recurrir directamente a la instancia previa a la Corte Suprema de Justicia, una opción que aún está abierta y que definirán en los próximos días. Si se concreta ese paso, la discusión sobre la validez de la prueba digital y la legalidad de las operaciones de inteligencia de la AFI macrista llegará al tribunal de mayor jerarquía antes de la Corte, con todo lo que eso implica en términos políticos y judiciales.

Lo que tenés que saber:

  • La Sala I de la Cámara Federal rechazó por mayoría el recurso para que Casación revise el sobreseimiento de Macri, Arribas, Majdalani y Biorci en la causa por espionaje ilegal.
  • El único voto disidente fue el del juez Bertuzzi, quien consideró que el recurso debía ser admitido.
  • La causa se originó en el hallazgo de un disco rígido con registros de inteligencia política durante la intervención de la AFI en el gobierno de Alberto Fernández.
  • La misma Sala I también rechazó recientemente el pedido de reincorporación de querellantes en la causa $Libra, con idénticos argumentos.
  • Los querellantes evalúan recurrir directamente a la instancia previa a la Corte Suprema.
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