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Violación grupal en Palermo: rechazan la excarcelación de Thomas Domínguez

Se trata de uno de los seis detenidos. La Justicia entiende que el imputado podría fugarse o entorpecer la investigación.

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La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó la excarcelación de Thomas Fabián Domínguez, uno de los seis detenidos por la violación en grupo de una joven ocurrida en el barrio porteño de Palermo, al considerar, tal como ya lo había hecho el juez de la causa, que existen en su caso peligros de fuga y de entorpecimiento de la investigación, informaron hoy fuentes judiciales.

La decisión fue adoptada por la Sala VII de ese tribunal de alzada, integrada por los camaristas Mariano Scotto y Rodolfo Pociello Argerich, quienes rechazaron la apelación presentada por la defensa de Domínguez y de esta manera avalaron lo que ya había resuelto el 7 de marzo el juez en lo Criminal y Correccional 21, Marcos Fernández, a cargo del expediente.

En el fallo -al que tuvo acceso Télam-, los camaristas mencionan en primera instancia que el máximo de pena previsto para los delitos que le imputan a Domínguez (21) -abuso sexual con acceso carnal agravado por haberse cometido con la intervención de más de dos personas en concurso real con lesiones leves-, «supera holgadamente los ocho años de prisión mientras que el mínimo obsta a que una eventual sanción pueda ser dejada en suspenso».

Además, señalan que «el riesgo de elusión que cabe inferir a partir de la modalidad de ejecución de la pena en expectativa se refuerza al valorar las harto gravosas características de los hechos que se le atribuyen a Domínguez», quien en el expediente está identificado como el joven de remera celeste y con el pelo con «rastas cortas».

En ese sentido, recordaron que al acusado se le atribuye haber participado junto a los otros cinco imputados de un abuso sexual con un «previo acuerdo de voluntades y división de roles» y de haber agredido a un vecino.

Además, los camaristas tuvieron en cuenta que la querella informó que Domínguez y los otros acusados fueron denunciados ante el Ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires, en otra causa, por amenazar a la panadera que los delató llamando a la policía y a quien, según esa denuncia, le dijeron: «Ya sabemos dónde trabajan y vamos a volver hijos de puta. Los vamos a matar a todos».

«Tales extremos conducen razonablemente a inferir (…) el peligro de entorpecimiento en caso de que el imputado recupere la libertad, de suerte tal que debe neutralizarse cualquier conducta hostigadora hacia la víctima –de quien conoce la identidad y el domicilio- y testigos», señala el fallo.

Además, los jueces Scotto y Pociello Argerich tomaron en cuenta los lineamientos de la Convención de Belém do Pará -destinada a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer-, para concluir que «el encierro cautelar aparece como la única forma de garantizar a la damnificada todos los derechos reconocidos en la ley 26.485 de ‘Protección Integral a las Mujeres’ y asegurar los fines del proceso».

«Por ello, siempre que el tiempo que el imputado lleva en detención -desde el 28 de febrero pasado- no se exhibe desproporcionado en función de la magnitud y modalidad de ejecución de la pena en expectativa, corresponde homologar la resolución apelada», concluyeron los camaristas al avalar la detención de Domínguez y rechazar la apelación que habían formulado sus abogados, Jorge Alfonso y Silvina Fernández Rosarno, ésta última quien ya renunció como codefensora del imputado.

En tanto, fuentes judiciales indicaron a Télam que el abogado Oscar Isidro Aguirre, defensor particular de otros dos imputados, Ignacio Retondo (22) y Franco Jesús Lykan (24), presentó en las últimas horas una apelación al auto de procesamiento con prisión preventiva dispuesto el martes pasado para los seis detenidos por el caso, por lo que será esta misma Sala VII de la Cámara la que deberá confirmar o revocar esa decisión del juez de instrucción.

En su resolución del martes, el juez Fernández procesó y dejó presos a Domínguez, Retondo, Lykan, Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24) y Steven Alexis Cuzzoni (20), como presuntos coautores de un abuso sexual agravado por la cantidad de intervinientes (con una pena prevista de entre 8 y 20 años de cárcel) y a dos de ellos (Retondo y Domínguez) además por las lesiones leves provocadas a un testigo.

En la resolución de 89 páginas, el juez sostuvo que todos actuaron con «un plan previo, con acuerdo de voluntades y roles», más allá de que no todos hayan participado activamente del abuso de la víctima, al que describió como un «ataque sexual masivo».

El hecho ocurrió el feriado del pasado 28 de febrero por la tarde, a las 14.45, en la calle Serrano al 1300, en Palermo Soho, donde una pareja de panaderos y otro vecino intervinieron al ver que dentro de un auto Volkswagen Gol estacionado junto a la vereda abusaban en grupo de una chica.

Mientras cuatro de los imputados -Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan-, estuvieron dentro del auto con la víctima, los otros dos -Domínguez y Retondo-, cantaban y tocaban la guitarra en la vereda, aunque «observando y convalidando el ataque sexual», según la resolución del juez.

El juez sostuvo que los acusados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad en el que se encontraba la víctima -tenía alcohol, marihuana y anfetaminas en su organismo-, a partir de lo cual no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual.

La joven violada, de 20 años, reconoció por fotos a quienes, por lo que se enteró luego, abusaron sexualmente de ella.

En su declaración, la víctima dijo que conoció a cinco de los seis detenidos (al restante lo vio en la calle, luego) ese mismo día en el «Ro Tecno Bar», situado en la calle Thames al 1600, al que llegó pasadas las 5 de la mañana junto a un amigo, y que horas más tarde salió con el grupo rumbo a una plaza de la calle Soler, donde compraron cervezas y que luego de tomar de esas latas, no recuerda nada hasta despertarse en el hospital.

Varios videos de cámaras de seguridad de la Policía y de comercios captaron al grupo llegando al mediodía con la chica ya tambaleante y en un evidente estado de intoxicación, a seguir bebiendo en la Plaza Serrano y en un kiosco cercano, donde se ve un primer abuso con manoseos, tras lo cual la llevaron al auto donde se produjo la violación en grupo.

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Subte gratis para jubilados de CABA: quiénes acceden y cómo hacer el trámite

Desde el 2 de noviembre, jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad con domicilio porteño y haberes de hasta 2,5 veces el mínimo pueden ingresar al subte con el DNI, previa alta por formulario web o en las sedes comunales. La Ley 6.817 se sancionó en julio de 2025.

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Desde el lunes 2 de noviembre, los jubilados porteños pueden entrar al subte sin pagar apoyando el DNI en el molinete, sin tarjeta SUBE ni aplicación.

El jefe de Gobierno de la Ciudad, Jorge Macri, anunció la puesta en marcha del sistema y sostuvo que, una vez completada la inscripción, los beneficiarios “se dan de alta, apoyan el DNI en el molinete, viajan”. El beneficio alcanza a jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de las fuerzas de seguridad que vivan en la Ciudad y tengan ingresos de hasta 2,5 veces el haber mínimo.

Quiénes acceden

  • Residir en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Ser jubilado, pensionado o retirado de las Fuerzas Armadas o de las fuerzas de seguridad.
  • Percibir ingresos de hasta 2,5 veces el haber mínimo.

Si se toma como referencia el haber mínimo de noviembre, de $444.158,46 según la Resolución 304/2026 de ANSES, ese tope ronda los $1,11 millones mensuales. Quien solicita el beneficio debe declarar que no recibe otros ingresos de ninguna naturaleza, además de los haberes previsionales que informa.

Cómo hacer el trámite

La solicitud se puede completar de dos maneras: por internet, mediante el formulario del sitio oficial del Gobierno porteño (Boleto gratuito para jubilados, pensionados y retirados), o de forma presencial y sin turno previo en las oficinas de atención a jubilados de las sedes comunales. Se necesita:

  • Datos personales: nombre, dirección, CUIL y teléfono.
  • Una foto del DNI.
  • Una foto del último recibo de haberes.

Una vez aprobada la solicitud, los beneficiarios reciben una notificación por WhatsApp y, desde ese momento, pueden usar el DNI en los validadores de los molinetes Multipago habilitados en las estaciones. Pueden optar por esta modalidad tanto quienes tramitan el beneficio por primera vez como quienes ya lo tenían mediante la tarjeta SUBE o la aplicación Buepp.

Un beneficio que llegó con demoras

La gratuidad está prevista en la Ley 6.817, sancionada por la Legislatura porteña el 17 de julio de 2025, promulgada el 31 de julio y publicada el 1 de agosto. La norma establece que el pase tiene una validez de cinco años a contar desde su otorgamiento y que puede renovarse, por lo que la inscripción no es una gestión de una sola vez.

En agosto de 2026 la Legislatura aprobó el Despacho 0339-26, impulsado por la diputada Graciela Ocaña y trabajado con el Ejecutivo porteño, que modificó la ley para eliminar requisitos digitales y permitir un trámite con DNI y recibo de haberes. El esquema anterior exigía además la constancia de inscripción en ARCA y la certificación negativa de ANSES. El ingreso al subte con el DNI llegó más de quince meses después de la sanción de la ley.

Lo que tenés que saber:

  • Desde el 2 de noviembre se puede ingresar al subte gratis con el DNI.
  • Acceden jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad con domicilio en la Ciudad y hasta 2,5 haberes mínimos.
  • El trámite se hace por formulario web o en las sedes comunales, sin turno, con DNI y último recibo de haberes.
  • Hay que declarar que no se perciben otros ingresos además de los previsionales.
  • El pase tiene validez de cinco años y puede renovarse, según la Ley 6.817.

Analítico: Subte gratis con DNI: requisitos, trámite y qué cambió en la Ley 6.817 para los jubilados porteños

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