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Impuestos

Los clientes de Edenor y Edesur ya pueden ver en sus facturas si mantienen el subsidio estatal

La quita de subsidios comenzará a aplicarse desde noviembre. Los usuarios de ambas distribuidoras ya pueden conocer si mantendrán o no la asistencia del Estado Nacional.

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Las empresas Edenor y Edesur comenzaron a enviar las facturas de este mes con la categoría que cada cliente tendrá a partir de noviembre, cuando empiece a regir la quita de subsidios.

Así, los usuarios de ambas distribuidoras podrán observar si, desde el mes que viene, deben afrontar un costo mayor al momento de pagar el servicio eléctrico.
En las boletas que se están distribuyendo este mes, debajo del total a pagar, aparece un apartado denominado «Información al clientes», en el cual se detalla en qué categoría queda cada cliente.

En ese punto se detalla el monto del subsidio estatal en cada factura y en qué posición se encuentra cada hogar en cuanto a la segmentación de tarifas, en base al decreto 322/22, que autorizó la quita de la asistencia estatal para determinados usuarios.

La segmentación se aplica por categoría de ingresos: el nivel 1 es el de mayores ingresos, el 2 de bajos ingresos y el 3 de ingresos medios.

Los clientes del segmento más alto irán perdiendo subsidios en tres tramos: un 20% entre octubre y noviembre, un 40% entre diciembre y enero de 2023 y el 40% restante entre febrero y marzo, según dispuso el Gobierno.

Estos usuarios podrían sufrir aumentos de hasta 200% cuando deban abonar la tarifa plena.

Los hogares de ingresos medios mantendrán los subsidios pero se les cobrará la tarifa plena si superan un consumo de 400 kilowatts mensuales. En tanto, los de bajos ingresos seguirán contando con la asistencia estatal para el pago del servicio.

Economía 💲

ARCA: las RG 5923 y 5924 formalizan la pausa de embargos a pymes hasta el 30 de junio de 2027

La 5923 prorroga la suspensión de juicios y cautelares; la 5924 amplía el plan de pagos a deudas vencidas hasta el 31 de octubre. El alivio alcanza a mipymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y el sector salud.

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ARCA formalizó la prórroga de la suspensión de embargos a pymes con las Resoluciones Generales 5923/2026 y 5924/2026, publicadas en el Boletín Oficial. La medida extiende hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, el freno a juicios de ejecución fiscal y a la traba de medidas cautelares.

La Resolución General 5923/2026 alcanza a las mipymes de los Tramos 1 y 2 con Certificado MiPyME, a los pequeños contribuyentes, a las entidades sin fines de lucro y al sector salud. El organismo se reservó la posibilidad de actuar ante una grave afectación de los intereses del Fisco, caducidad de instancia o prescripción inminente.

La Resolución General 5924/2026 amplía el plan de facilidades de pago creado por la Resolución General 5875: ahora incluye deudas y multas vencidas hasta el 31 de octubre de 2026. El esquema de alivio había comenzado a fines de diciembre de 2024 y se había extendido hasta el 31 de diciembre de 2026 con la Resolución 1899/2026.

El pedido venía de la UIA y de la CAME. En lo informado hasta ahora no hay quita de deudas.

Leé también: Tras meses de reclamos, oficializan la pausa de embargos a pymes hasta mediados de 2027

Lo que tenés que saber:

  • Las RG 5923 y 5924 formalizan la pausa de embargos hasta el 30 de junio de 2027.
  • Alcanza a mipymes, pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y salud.
  • La 5924 amplía el plan de pagos a deudas vencidas hasta el 31 de octubre.
  • No se informó quita de deudas.
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