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Larreta volvió a subejecutar el presupuesto para urbanizar villas

Desde 2016, cuatro barrios porteños que habían iniciado obras de reurbanización, construcción de viviendas, apertura de calles y nuevos espacios verdes, agua potable, tendido eléctrico, entre otras mejoras, sin embargo, pese a tener presupuesto asignado, yacen paralizadas.

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El-Argentino-Urbanización en CABA

El presupuesto destinado al proceso de reurbanización de villas de la Ciudad de Buenos Aires bajó considerablemente en los últimos dos años, período en el que además dicha cifra no alcanzó a ejecutarse, lo que afectó a los habitantes de esos asentamientos, según un informe difundido este miércoles por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ).

Desde 2016 hay cuatro barrios porteños que iniciaron obras de reurbanización que apuntan a la construcción de viviendas nuevas, la apertura de calles y avenidas, nuevos espacios verdes, dependencias gubernamentales y procesos de remodelación de infraestructura para avanzar con derechos básicos como el acceso a agua potable, un tendido eléctrico habilitado y en condiciones, entre otras cosas.

La villa 20, el Playón de Chacarita y los barrios Padre Carlos Mugica (ex Villa 31 y 31-bis) y Rodrigo Bueno integran este proceso que en 2019 tuvo un presupuesto ejecutado de más 30.000 millones de pesos, mientras que en 2020 esa cifra no alcanzó los 10.000 millones y, hasta el segundo trimestre de este año fue inferior a los 5.000 millones.

El-Argentino-Villa 31 Barrio 31 Barrio Carlos Mujica
Villa 3, Barrio 31, Barrio Carlos Mujica

«El resto de los barrios populares de la Ciudad no cuentan con planes integrales de reurbanización, aunque existen algunos proyectos aislados y de menor alcance en pocos barrios», señaló ACIJ en su informe, en el que advirtió que «quienes viven en villas y asentamientos no pueden seguir esperando».

«Garantizar el derecho a la Ciudad de quienes habitan en las villas es tomarse los derechos en serio», precisó la Asociación y remarco que existen «al menos» diez leyes que obligan al Estado a garantizar los derechos de quienes viven estos barrios, como las número 148, 403, 1.770, 3.343, 5.705, 5.798, 5.799 y 6.129 de la Ciudad y la Ley 27.453 de la Nación.

En el Playón de Chacarita, entre 2016 y 2021 se invirtieron un total de 6.436.472.147 de pesos lo que equivale a 6.177.036 por familia, esto es cuatro veces más que lo que se destinó a cada familia de la villa 31 y 31- bis que fue de 2.737.328 pesos (en total 35.106.233.317 en los cinco años).

En tanto, en el proceso de reurbanización del barrio Rodrigo Bueno entre 2016 y 2021 se ejecutaron 5.588.492.342 pesos, lo que equivale a 5.610.936 por cada hogar, mientras que en la Villa 20, el presupuesto durante ese período fue de 11.481.249.671 pesos; 1.259.461 por familia, lo que ubica a este asentamiento en el lugar en el que menos se invirtió por grupo familiar ya que su población es de casi 28.000 personas.

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Quién es la jueza que tuvo el coraje de decirle “no” a la ley penal juvenil

Laura De Marinis, titular del Juzgado Penal Juvenil N°3 de la Ciudad, sobreseyó a un adolescente de 14 años e invalidó el artículo de la Ley 27.801 que habilita la punibilidad desde esa edad. El fallo, acotado al caso concreto, desató la furia de Jorge Macri, quien amenazó con el juicio político. Una magistrada con trayectoria en la defensa de niñez responde con derecho donde el poder responde con presión.

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El Argentino Diario-La jueza Laura De Marinis del Juzgado Penal Juvenil N.° 3 de la Ciudad de Buenos Aires.
La jueza De Marinis tuvo el coraje de decirlo: bajar la edad de imputabilidad no combate la violencia; persigue a los más vulnerables.

Reducir la edad de imputabilidad a los 14 años es una medida regresiva en materia de derechos de niños y adolescentes. Esa fue la conclusión de la jueza Laura De Marinis al declarar inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801, el nuevo Régimen Penal Juvenil, y sobreseer a un chico de 14 años investigado por una tentativa de robo. El fallo no suspende la ley con carácter general, sino que aplica exclusivamente al caso del menor sobreseydo, una distinción que el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, decidió ignorar en su respuesta política.

De Marinis es titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N°3 de la Ciudad de Buenos Aires, cargo al que llegó en diciembre de 2023 tras superar un concurso del Consejo de la Magistratura. No es una recién llegada al sistema: ingresó a la Justicia en 2006, antes incluso de recibirse de abogada, y acumuló años de experiencia en el Ministerio Público Fiscal, la Defensa y, desde 2017, en la Secretaría Letrada de Intervención Penal Juvenil de la Defensoría General Adjunta porteña. Su trayectoria no es la de una jueza improvisada, sino la de alguien que conoce de cerca la realidad de los adolescentes en conflicto con la ley penal.

Un fallo que tiene sustento en el derecho internacional

La decisión de De Marinis no surge de un capricho ideológico, sino de la aplicación de estándares jurídicos consolidados. La Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Argentina, establece que toda medida que afecte a personas menores de 18 años debe orientarse hacia su interés superior y priorizar la reintegración social. Bajar la edad de imputabilidad sin acompañamiento de políticas estructurales de inclusión, educación y contención social no es una solución; es, en el mejor de los casos, una respuesta simbólica al miedo, y en el peor, una puerta de entrada al sistema carcelario para los sectores más vulnerables de la sociedad.

El proceso penal de un adolescente debe tener una finalidad socioeducativa, no punitiva, sostuvo la propia jueza en una entrevista pública en un canal de streaming, donde también recordó su experiencia como voluntaria en el Hogar de Cristo del barrio 1-11-14 y advirtió que la reforma podía trasladar a los tribunales conflictos que hasta entonces se resolvían en otros ámbitos, incluidos episodios escolares.

Macri responde con amenazas donde debería responder con argumentos

La reacción del jefe de Gobierno porteño fue tan previsible como desproporcionada. Jorge Macri anunció que promoverá el juicio político contra De Marinis, una herramienta de remoción que existe para casos de mal desempeño, delitos en el ejercicio de la función o crímenes comunes. Aplicar esa amenaza contra una jueza que emitió un fallo fundado en derecho constitucional e internacional, acotado a un caso concreto, no es defensa del orden jurídico. Es una señal de alarma sobre la disposición del poder político a presionar a los magistrados que no fallan a su gusto.

El antecedente inmediato que encuadra este escenario está en la provincia de Buenos Aires, donde la jueza Marta Elba Pascual, del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N°2 de Lomas de Zamora, suspendió preventivamente por 60 días la aplicación de la misma ley. La Cámara de Apelación y Garantías de Lomas de Zamora anuló esa medida porque un juez de primera instancia no puede suspender con alcance general una norma nacional en todo el territorio provincial. El fallo de De Marinis, en cambio, no incurre en ese exceso: es una declaración de inconstitucionalidad para el caso particular, el mecanismo constitucionalmente previsto para el control difuso de constitucionalidad en Argentina.

La presión sobre los jueces que protegen derechos

La amenaza de juicio político no llega sola. Una ONG presentó una denuncia penal contra De Marinis, sumándose a la ofensiva. El patrón es conocido: cuando una decisión judicial no complace a los sectores de poder, la respuesta no es el recurso de apelación, sino la presión institucional, mediática y jurídica sobre el magistrado. La independencia judicial no es un privilegio de los jueces, es una garantía de los ciudadanos, y erosionarla mediante amenazas de juicio político por fallos incómodos es una práctica que debería preocupar a todos los sectores, independientemente de sus posiciones sobre la edad de imputabilidad.

De Marinis no es ajena a la polémica. En diciembre de 2023, pocos días después de asumir, intervino en el caso del joven que agredió y dejó en coma a Arturo López, un playero de Monserrat, y dejó sin efecto la prisión domiciliaria que cumplía el agresor, aunque mantuvo el control mediante tobillera electrónica y prohibición de salida del país. Esa decisión fue cuestionada por la familia de la víctima. Pero una cosa es criticar una resolución con argumentos jurídicos, y otra muy distinta es agitar el juicio político cada vez que una jueza aplica el bloque de constitucionalidad federal en favor de los derechos de la niñez.

La baja de imputabilidad no resuelve la violencia, la desplaza

El debate sobre la seguridad no puede reducirse a la edad en que el Estado mete preso a una persona. Los países con menor índice de violencia juvenil no son los que tienen sistemas penales más duros para adolescentes, sino los que invierten en educación, en salud mental, en infraestructura comunitaria y en políticas de contención familiar. La Ley 27.801, promovida en un contexto de demanda punitivista y agitación electoral, no fue acompañada de ninguna de esas inversiones. Solo amplió la capacidad del Estado para encerrar a chicos de 14 años, en su mayoría provenientes de sectores populares y contextos de vulnerabilidad social.

El fallo de De Marinis pone en el centro una pregunta incómoda que la política evita responder: ¿qué hace el Estado con ese chico de 14 años antes de que cometa un delito? Si la respuesta es nada, entonces la baja de imputabilidad no es una política de seguridad. Es una política de castigo diferido sobre los más vulnerables.

Lo que tenés que saber

  • La jueza Laura De Marinis declaró inconstitucional el artículo 1 de la Ley 27.801 y sobreseyó a un adolescente de 14 años en un caso de tentativa de robo. El fallo aplica exclusivamente a ese caso y no suspende la ley con carácter general.
  • De Marinis tiene 20 años de trayectoria en el sistema judicial de la Ciudad, con especialización en justicia juvenil y paso por la Defensoría General porteña.
  • Jorge Macri anunció que promoverá el juicio político de la magistrada, una respuesta que los especialistas consideran desproporcionada frente a un fallo constitucional acotado a un caso puntual.
  • En la provincia de Buenos Aires, la jueza Pascual había intentado suspender la misma ley con alcance general; la Cámara de Lomas de Zamora anuló esa medida por exceso de competencia, un vicio del que el fallo de De Marinis no adolece.
  • La Ley 27.801, que establece la punibilidad desde los 14 años, no estuvo acompañada de ninguna política de contención social, educativa o de salud mental orientada a esa franja etaria.
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